¿Qué hacer para reclamar la indemnización al seguro de vida por una gran invalidez?

reclamar indemnizacion seguro vida gran invalidez

¿En qué casos se reconoce una gran invalidez?, ¿cuáles son mis derechos si se me reconoce y tengo un seguro de vida?, ¿cómo puedo reclamar una indemnización por gran invalidez?. Una vez reconocida la gran invalidez, ¿qué documentación tengo que presentar al seguro de vida?. ¿Qué proceso tengo que seguir para reclamar al seguro de vida y qué plazo hay?. Todo lo relacionado a este tema lo explica en nuestro blog el despacho de abogados Arys, expertos en Derecho del seguro.

¿En qué casos se reconoce una gran invalidez?

La Gran Invalidez se reconoce en aquellos casos en los que, además de no poder desarrollar ningún tipo de trabajo, la persona no puede llevar a cabo las actividades más básicas de su vida personal, como vestirse o comer, y necesita de una tercera persona. 

Es el mayor grado de incapacidad que existe. El incapacitado cobra el 100% de la base reguladora (como en la Incapacidad Permanente Absoluta) incrementado con un complemento que varía en función de la base reguladora del trabajador. este complemento no puede ser menor al 45% de la base reguladora de de la incapacidad permanente absoluta.

Para que a un trabajador se le reconozca una Gran Invalidez hay que distinguir dos supuestos: 

  • Que sea derivada de un accidente (laboral o no) o enfermedad profesional: no se requiere ningún tipo de cotización previa.
  • O bien de enfermedad común. Para menores de 31 años: deben tener una cotización mínima del tercio entre el día que cumplieron 16 años y la edad actual.

Ejemplo:

Mayores de 31 años, varios requisitos: 

  1. Tener cotizada una cuarta parte del tiempo transcurrido entre los 20 años y la edad actual.
  2. Además, que una quinta parte de ese tiempo se haya cotizado dentro de los 10 años anteriores a la solicitud de Gran Invalidez.

¿Cuáles son mis derechos si me reconocen una gran invalidez y tengo un seguro de vida?

Las personas que tienen una Gran Invalidez deben revisar su póliza de seguro de vida para verificar si lo tienen cubierto. 

Cuando se encuentra entre las coberturas objeto de seguro, se podrá reclamar la indemnización pactada en el contrato. 

Es importante destacar que en algunas pólizas la gran invalidez no aparece recogida de forma expresa, si bien ha de entenderse que procede la indemnización fijada para la incapacidad permanente absoluta, puesto que no deja de ser equivalente a esa prestación incrementada con un complemento basado en las necesidades derivadas de necesitar la ayuda de tercera persona. 

Cuando la Gran Invalidez sea consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, con independencia de los seguros de vida que pueda tener el incapacitado, habrá de asegurarse de si en base al Convenio Colectivo aplicable, tiene derecho a una indemnización. 

El plazo para reclamar al seguro de vida por una Gran Invalidez es de 5 años. Se trata de un plazo de prescripción. Este es un dato importante porque significa que ese plazo de 5 años puede ser interrumpido y, por tanto, verse incrementado.

Despacho de abogados Arys, expertos en Derecho del seguro.
CONTACTO

Contacta con el despacho:

Me han reconocido una gran invalidez, ¿qué documentación tengo que presentar al seguro de vida?

En el momento en que te reconocen una Gran Invalidez debes comunicarlo a la compañía aseguradora con la que tengo contratado mi seguro de vida,  de forma que quede constancia, tanto de la reclamación como de la documentación que aportas. Puedes hacerlo por correo certificado, mail, fax…

En cuanto a la documentación que debes hacer llegar a la compañía, la más importante es la resolución del INSS en la que te declaran Gran Inválido. 

Es posible que la compañía aseguradora requiera para que se le aporte historia clínica de las dolencias que determinan la situación de Gran Invalidez, en cuyo caso habrá de ser enviada. 

¿Qué proceso tengo que seguir para reclamar al seguro de vida por una gran invalidez?

El primer paso es poner en conocimiento de la compañía aseguradora la declaración de Gran Invalidez del asegurado, debiendo hacerse de manera fehaciente, es decir, de forma que quede constancia para el propio asegurado. Es válido por ejemplo cualquier medio escrito. 

Una vez hecho esto la aseguradora cuenta con un periodo de 40 días para dar respuesta. Puede rechazarlo, en cuyo caso debes consultar con un abogado. 

Puede requerir al asegurado para que aporte historia clínica a fin de determinar las causas de la Gran Invalidez: esto suele ocurrir en dos supuestos distintos: 

  • Que el seguro únicamente cubra la Gran Invalidez derivada de accidente o enfermedad profesional y la aseguradora pretenda verificar si existía alguna patología previa que pudiera incidir en la calificación de Gran Invalidez y así aminorar la indemnización establecida en la póliza
  • O bien, que el seguro cubra también la Gran Invalidez como consecuencia de una enfermedad común y la aseguradora quiera conocer si esa enfermedad existía antes de la contratación de la póliza y si, por tanto, le corresponde abonar la indemnización del Seguro de Vida. 

Plazo para reclamar al seguro de vida por una gran invalidez

El plazo para reclamar al seguro de vida por una Gran Invalidez es de 5 años. Se trata de un plazo de prescripción. Este es un dato importante porque significa que ese plazo de 5 años puede ser interrumpido y, por tanto, verse incrementado.

 De modo genérico, cada comunicación de la que exista constancia por escrito, haría que ese plazo de 5 años volviese a empezar a contar. 

Ejemplo: 

Resolución de Gran Invalidez del asegurado: 4 de enero de 2016

Solicitud al Seguro de Vida de la indemnización : 3 de marzo de 2016

Comunicación del compañía rechazando la cobertura: 17 de junio de 2016

Sería a partir de ese 17 de junio de 2016 desde cuando habrá que empezar a  contar los 5 años para perder la posibilidad de reclamar la indemnización. 

¿Deseas ponerte en contacto con los abogados del Despacho Arys, experto en Seguros? Solicitar llamada.

Quizá también te interese:

Infomación relacionada al tema aquí.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *