¿Sabes cómo reclamar una indemnización por caída en un centro comercial o en una tienda?, ¿a quién se reclama esta indemnización?, ¿cuál es el plazo para reclamar una indemnización por caída en un centro comercial?, todas las dudas relevantes sobre esta temática las resuelve en el artículo de hoy el abogado especialista en Derecho del Seguro, Carlos Jacinto Rial Suárez.
Introducción: ¿En qué consiste la responsabilidad extracontractual en el código civil?
La responsabilidad extracontractual es por definición la que se genera por un tercero con el que no tengo ningún contrato que me vincule, pues sino seria contractual. Los daños que generan este tipo de responsabilidad son los mas comunes y abarcan la mayoría de los accidentes, tanto de trafico, como por caídas en la vía publica o edificios, así como las generadas por negligencias medicas de los servicios públicos de salud etc…
¿Cuándo se puede reclamar una indemnización por caída en un centro comercial o en una tienda?
Lo primero que ha de producirse tras la caída es un daño personal, entiéndase por esto una lesión que requiera un tratamiento medico o un daño a algún objeto que se vea afectado en la caída, como suelen ser teléfonos móviles o relojes.
Lo segundo es que hay que demostrar la causa de la caída. No toda caída en un centro comercial genera un derecho a una indemnización, puesto que hay lo que la jurisprudencia ha venido en llamar “riesgos de la vida diaria” que son los que debe soportar cualquier persona cuando decide entrar en un centro comercial.
Caída en un centro comercial: ejemplo
Ejemplo de esto es que estando en un Centro comercial, pase corriendo un niño y tenga un tropiezo cayendo contra mi persona, tirándome al suelo y generándome un daño. En este caso aunque la caída se produce dentro del establecimiento, no es el centro comercial quien debe indemnizarnos el daño.
Para que una caída en un centro comercial, genere un derecho a reclamar indemnización esta tiene que producirse porque por parte del centro comercial, se ha realizado alguna acción negligente o se han dejado de realizar alguna acción para evitar un daño o el riesgo de que este se produzca, el ejemplo mas común es el de las caídas a consecuencia del suelo mojado, cuando la caida es porque se ha fregado el suelo y no se ha secado, ni señalizado advirtiendo del suelo húmedo a los usuarios, en este caso se considera culpa del establecimiento.
Sin embargo las caídas por agua de lluvia a la entrada de los centros comerciales no suelen ser culpa del establecimiento porque se consideran “riesgos de la vida diaria” , pues se supone que la persona que viene de la calle ya conoce la existencia de la lluvia y debe extremar la precaución al entrar en un centro comercial.
Si soy cliente de un Centro comercial, el plazo para reclamar es de solo un año. Este plazo no obstante no se cuenta desde el dia en que me he caido, sino desde el dia que tengo conocimiento de los daños sufridos, que en el caso de las lesiones, se considera que esto tiene lugar desde el dia en que me dan el alta medica por curación.
Carlos Jacinto Rial Suárez, abogado especialista en Derecho del Seguro
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¿ Qué hacer para reclamar una indemnización en caso de sufrir un caída en un centro comercial?
Lo esencial para poder reclamar las lesiones sufridas por caída en centro comercial es demostrar cual ha sido la causa de la caída, con lo cual es importante recabar datos de testigos que hayan visto la caída, fotografiar el lugar y presentar una reclamación por escrito ante atención al cliente, siempre que nuestras lesiones permitan hacerlo. En caso de lesiones graves es importante que se llame una ambulancia para que den fe de donde nos recogen y del estado en que nos encontramos a su llegada al centro comercial.
¿Qué se puede reclamar en concepto de indemnización por una caída en una tienda?
Todo el daño personal, moral o material que sea demostrable. La reclamación tiene que estar encaminada a resarcir los dolores y padecimientos sufridos a consecuencia de la caída, asi como las posibles secuelas. Lo mas habitual es utilizar el Baremo de lesiones que se aplica en los accidentes de trafico, aunque no es obligatorio en estos casos.
¿A quién se reclama esta indemnización?
Inicialmente debe dirigirse al establecimiento donde se ha producido la caída, quien a su vez debe dar parte a su compañía de seguros, que será la finalmente intente llegar a un acuerdo para indemnizarnos o decida rechazar el siniestro. En caso de rechazo tendrá que valorarse la causa de la negativa a indemnizar, para en su caso reclamar judicialmente lo que nos corresponda.
¿Qué documentación tengo que presentar para reclamar una indemnización por caída en un centro comercial?
En el caso de las lesiones todos los informes médicos desde el inicio hasta que nos den el alta por curación, con o sin secuelas. En el caso de daños materiales copia de las facturas o presupuestos de los objetos dañados, conservando siempre estos en nuestro poder por si fuera necesario hacer una valoración pericial en caso de que no nos quieran pagar lo que se reclama.
¿Cuál es el plazo para reclamar una indemnización por caída en un centro comercial?
Si soy cliente de un Centro comercial, el plazo para reclamar es de solo un año. Este plazo no obstante no se cuenta desde el dia en que me he caido, sino desde el dia que tengo conocimiento de los daños sufridos, que en el caso de las lesiones, se considera que esto tiene lugar desde el dia en que me dan el alta medica por curación.
¿Cómo calcular el importe de una indemnización tras sufrir una caída en un centro comercial?
Como antes he mencionado no hay método ni tabla obligatoria, para calcular la indemnización diaria por los daños y perjuicios sufridos, por cada dia que estamos en proceso de curación, ni tampoco para valorar económicamente las secuelas que puedan quedarnos.
De modo orientativo se admite el Baremo de los accidentes de tráfico, pero esto el mínimo que se puede reclamar, de modo que si se demuestra que el perjuicio sufrido por las lesiones es superior al que se obtiene de la aplicación de las tablas del Baremo, se puede reclamar una cantidad mayor, justificándolo adecuadamente.
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