Suspender régimen de visitas por denuncia falsa por malos tratos: ¿cuál es la diferencia entre un proceso penal y civil?, ¿puedo seguir viendo a mis hijos si mi ex presentó una denuncia falsa por malos tratos?, ¿qué criterios se tienen en cuenta para suspender el régimen de visitas por una denuncia falsa por malos tratos? Todo lo que necesitas saber sobre este tema lo encuentras en nuestro blog, explicado por la abogada experta en Derecho de familia, Gemma Gonzalez Calvo.
Introducción: ¿se puede suspender el régimen de visitas por una denuncia falsa por malos tratos?
Efectivamente, ante una denuncia por malos tratos el juez puede acordar la suspensión del régimen de visitas, estancias y comunicaciones de los hijos menores de edad con el progenitor denunciado.
Para la suspensión del régimen de visitas, no se tiene en cuenta si la denuncia es falsa o no, porque eso sólo podrá saberse tras concluir la tramitación del proceso penal.
Esa suspensión del régimen de visitas se debe acordar en una resolución judicial llamada “Auto”, y puede ser solicitada por la parte denunciante, por el Ministerio Fiscal, o incluso adoptada por el juez de oficio (sin que nadie la solicite). Se acuerda para proteger el interés superior del menor.
La suspensión del régimen de visitas puede adoptarse en un proceso penal o en un proceso civil:
- Si se adopta en un proceso penal, su solicitud reviste el nombre de MEDIDAS CIVILES (se puede pedir guarda y custodia, patria potestad, régimen de visitas, pensión de alimentos y uso de la vivienda), y se piden de forma conjunta con las MEDIDAS PENALES (como por ejemplo el alejamiento, la derivación al punto de encuentro..).
- Si se lleva a cabo en un proceso civil, puede tramitarse como un expediente de ejercicio inadecuado de patria potestad, o como unas medidas urgentes del artículo 158 del Código Civil, entre otras vías.
Tanto si la suspensión de las visitas se acuerda en un proceso penal, como si es en uno civil, reviste forma de AUTO, que es susceptible de formular recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, invocándose para ello el interés superior del menor.
Si, tras la finalización del proceso penal se demuestra que la denuncia era falsa, se dejará sin efecto esa suspensión de régimen de visitas. No obstante, aunque exista condena penal, también puede dejarse sin efecto la suspensión del régimen de visitas, en interés del menor.
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Nuestro ordenamiento jurídico, a día de hoy, no prevé la posibilidad de recuperar el tiempo que pierde un progenitor con los hijos, ante una denuncia falsa por malos tratos. No obstante, los profesionales del derecho de familia trabajamos para abrir la vía que pueda compensar, en cierto modo, estos perjuicios.
Gemma Gonzalez Calvo, abogada experta en Derecho de familia
¿Puedo seguir viendo a mis hijos si mi ex presentó una denuncia falsa por malos tratos?
Actualmente, puedo seguir viendo a mis hijos si mi ex presentó una denuncia falsa por malos tratos, salvo que se acuerde la suspensión del régimen de visitas, como hemos explicado anteriormente.
No obstante, tras la reforma legal que llevó a cabo la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, dicha situación va a verse modificada. Estos cambios entran en vigor a partir del 3 de septiembre de 2021.
El nuevo artículo 94 del Código Civil prevé, que en caso de haber una denuncia por malos tratos, el contacto entre padre e hijos sea automáticamente suspendido, en los siguientes términos:
«No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos«, y añade que «tampoco procederá cuando la autoridad judicial advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género».
La redacción del artículo parece desconocer que no todas las denuncias acaban con una condena, que no todas las condenas por malos tratos corresponden a una actuación suficientemente grave como para suspender el régimen de visitas entre padre e hijos, e incluso que existen denuncias por malos tratos falsas. Y por ello, se añade que:
“La autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial».
Mi ex me ha puesto una denuncia falsa por malos tratos, ¿desde qué momento queda suspendido el régimen de visitas?
Actualmente, ante una denuncia falsa por malos tratos, el régimen de visitas únicamente quedaría suspendido si se solicita por la parte denunciante, por el ministerio Fiscal, o si lo estima para el interés superior del menor, el propio juez, de oficio.
A partir del 3 de septiembre de 2021, con la entrada en vigor de la reforma legal, como normal general, ante una denuncia por malos tratos, el régimen de visitas quedaría automáticamente suspendido, desde que se realiza el primer trámite en sede judicial. Aunque, en virtud del interés superior del menor, podría mantenerse.
¿Hasta cuándo se puede suspender el régimen de visitas por una denuncia falsa por malos tratos?
Hasta que se termine el proceso penal al que dio lugar la denuncia. O hasta que el juez lo estime pertinente, para le interés superior del menor.
¿Qué criterios se tienen en cuenta para suspender el régimen de visitas por una denuncia falsa por malos tratos?
El criterio primordial es el interés superior del menor. Además se pueden valorar otros aspectos como la relación padre e hijos, los apoyos familiares, informes psicosociales….
Si voy al calabozo por una denuncia falsa por malos tratos, ¿pierdo la guarda y custodia de mi hijos?
La custodia no se pierde púnicamente por ir al calabozo ante una denuncia por malos tratos.
Si mi ex me denuncia por malos tratos y se suspende el régimen de visitas, ¿se está vulnerando el principio de presunción de inocencia?
Si se suspende el régimen de visitas ante una denuncia por malos tratos, no se está vulnerando el principio de presunción de inocencia. Se está salvaguardando el interés superior del menor, y con ese objetivo se llevó a cabo la reforma del código civil, en el marco del pacto de estado por la violencia de género.
Se ha suspendido el régimen de visitas porque mi ex me ha denunciado en falso por malos tratos, ¿puedo recuperar el tiempo que estuve sin ver a mis hijos?
Nuestro ordenamiento jurídico, a día de hoy, no prevé la posibilidad de recuperar el tiempo que pierde un progenitor con los hijos, ante una denuncia falsa por malos tratos. No obstante, los profesionales del derecho de familia trabajamos para abrir la vía que pueda compensar, en cierto modo, estos perjuicios.
¿Cómo puedo reclamar el tiempo de visitas perdido por una denuncia falsa de malos tratos?
Tendrías que presentar una demanda, ante un juzgado civil (no de familia específicamente), en reclamación de daños y perjuicios y solicitar la compensación de ese tiempo perdido.
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