Juicio rápido: ¿Qué es y cuáles son los requisitos para optar a este tipo de juicio siendo víctima de violencia de género? ¿Cómo se desarrolla y cuál es su precio? ¿Cuánto tarda en salir la sentencia de un juicio rápido por violencia de género? Eva Sánchez Olmedo, abogada experta en derecho penal de familia, nos responde detalladamente todas las preguntas.
¿Qué es un juicio rápido?
Un juicio rápido es un procedimiento penal que no tiene una gran complejidad, siendo la investigación e instrucción sencilla, y se celebra en un breve periodo de tiempo.
Este tipo de procedimiento, se utiliza exclusivamente para una serie de delitos en los que se dan una serie de características, entre ellas que estemos ante un delito flagrante y que la condena no supere los cinco años de prisión, o condenado a otras penas que no superen los diez años.
El tipo de delitos que se enjuician como juicio rápido son: el hurto, robo, hurto y robo de uso de vehículos, delitos contra la seguridad vial, delitos de daños, delitos contra las personas (amenazas, lesiones, coacciones, violencia de género…), salud pública y los delitos flagrantes relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
Contra la sentencia del Juzgado de lo Penal, ambas partes podrán interponer Recurso de Apelación en el plazo de cinco días. La tramitación de estos recursos de apelación, tiene carácter preferente.
Eva Sánchez Olmedo, abogada experta en derecho penal de familia.
La ventaja de los juicios rápidos, además de su celeridad, es que en el caso de reconocer íntegramente los hechos en el juzgado de Instrucción o en el de violencia sobre la mujer, se llega a un acuerdo respecto a la condena y se rebaja un tercio de la misma en Sentencia. Y ese mismo día ya es firme y se inicia el cumplimiento de la condena.
Normalmente, los juicios rápidos se celebran en el juzgado que está de guardia en ese momento, pero en algunas ocasiones si se trata de un delito de violencia de género, directamente se celebra en el juzgado de violencia sobre la mujer.
¿Cuáles son los requisitos para optar a un juicio rápido siendo víctima de violencia de género?
Los requisitos para que se celebre un juicio rápido por violencia de género son:
- El procedimiento se inicia con el atestado policial, por llamada de la víctima a la policía guardia civil o, denuncia o llamada de un vecino… El atestado contiene toda o casi toda la información de los hechos ocurridos y los datos, del acusado y testigos.
- El delito tiene que ser castigado con una pena máxima de cinco años de privación de libertad o cualquier otro delito que no supere los diez años de condena no privativa de libertad.
- Tiene que estar establecido dicho delito en el art. 795.2ª de la LECrim.
- El investigado debe ser detenido y puesto a disposición judicial del Juzgado de Guardia o citado directamente en el mismo.
- Los hechos deben ser punibles y la instrucción debe ser sencilla, sin una gran complejidad.
- En ningún caso, puede haberse acordado el secreto de las actuaciones del procedimiento.
¿Cómo se desarrolla este tipo de juicio?
Como mencionamos anteriormente, el juicio rápido se caracteriza por su celeridad. Por lo que, tras la interposición de la denuncia, en el menor tiempo posible, es detenido el denunciado y puesto a disposición judicial (máximo tiempo de detención 72 horas) o citado directamente en el juzgado. La víctima y testigos que constan en el atestado policial, también son citados el mismo día en el juzgado para la celebración del juicio rápido.
En los casos de violencia de género, se sigue el protocolo establecido, y el denunciado es detenido siempre, salvo en los casos que en que no se le encuentre y entonces no se puede celebrar el juicio rápido y se practican solo las declaraciones de la víctima y testigos, y se celebra una comparecencia especial respecto a la orden de protección si ha sido solicitada.
En el juzgado, se llevan a cabo las declaraciones de la víctima, investigado, testigos y en el caso de los juicios rápidos por violencia de género, si se hubiera solicitado la orden de protección se celebra en ese momento e igualmente, en el caso de existir hijos menores en común, se solicitan las medidas civiles provisionales.
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A partir de este momento hay dos posibilidades:
1. El investigado reconoce los hechos y se llega a un acuerdo respecto a la condena
Lo que supondría, la rebaja de un tercio de la misma en Sentencia y ese mismo día, la Sentencia sería firme. El juicio rápido terminaría aquí. El investigado detenido, queda en libertad.
Ejemplo: Antonio reconoce que ha pegado a su mujer, la defensa ha hablado con el fiscal y la acusación particular y han llegado al acuerdo de que sea acusado por un delito de violencia de género a la pena de 12 meses de prisión y prohibición de acercamiento y comunicación de 9 meses.
Antonio se beneficiaría de la rebaja del tercio de la condena al haber llegado al acuerdo, por lo que finalmente, en Sentencia sería condenado a la pena de 8 meses de prisión y 6 meses de prohibición de acercamiento y comunicación.
2. El investigado no reconoce los hechos
Por ello, se da traslado a las partes (ministerio fiscal, acusación particular y defensa) para que manifiesten si consideran que se han practicado todas las diligencias, esto es, que no haya que practicar ninguna diligencia más durante la instrucción. En el caso, de considerar que es necesaria algún tipo de prueba nueva, se solicitará la transformación del juicio rápido en diligencias previas, y se alargará el procedimiento en el tiempo.
Si no hay que practicar ningún tipo de diligencia, se continúa el procedimiento por los trámites del Juicio rápido. Las partes solicitan la apertura del juicio oral o el sobreseimiento y posteriormente, en caso de no sobreseerse, se da traslado de nuevo para que formulen acusación y defensa. Quedando pendiente la celebración del Juicio Oral en el Juzgado de lo penal, señalando como máximo en el plazo de 15 días la fecha del Juicio al que acudirán todas las partes y testigos. Y el investigado detenido, quedaría en libertad.
¿Cuál es el precio de un juicio rápido por violencia de género?
Para fijar un precio por el juicio rápido de violencia de género se tiene en cuenta la complejidad del procedimiento, número de testigos, si se celebra la comparecencia respecto a la orden de protección, si se solicitan medidas civiles en el caso de existir hijos menores en común…
También puede variar, si se llega a una conformidad (acuerdo) en el propio juzgado de instrucción, o si finalmente se celebra la vista del juicio oral en el juzgado de lo penal.
Igualmente, el precio puede variar en función de la parte a la que se defienda.
Los honorarios del letrado suelen estar alrededor de los 800 y los 2300 euros.
¿Cuánto tarda en salir la sentencia de un juicio rápido por violencia de género?
En el caso de llegar a una conformidad en el propio juzgado de instrucción o en el juzgado de violencia sobre la mujer, el mismo día se va el condenado y la perjudicada con la sentencia (siendo firme e iniciándose el cumplimiento de la condena por el penado). Y si, finalmente, se celebra la vista del juicio oral en el juzgado de lo penal, deberá dictarse sentencia dentro de los tres días siguientes a la celebración de la vista.
Contra la sentencia del Juzgado de lo Penal, ambas partes podrán interponer Recurso de Apelación en el plazo de cinco días. La tramitación de estos recursos de apelación, tiene carácter preferente.
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