Denunciar por violencia de género en el Estado de Alarma

denunciar, violencia, genero

La violencia de género sigue durante el estado de alarma. La denuncia por violencia de género ante la Guardia Civil, Policía Nacional o Juzgado sigue el trámite a pesar del coronavirus por considerarse una tramitación esencial.

Como todos hemos podido comprobar, en el estado actual la convivencia en el ámbito de la pareja y de la familia es mucho más estrecha que hace unos meses, lo que está llevando a muchas mujeres a no poder soportar situaciones que antes eran “más o menos llevaderas”, lo que no implica que debieran asumirse como normales.

El que pasemos la mayor parte del tiempo en el trabajo, estando en casa nada más que lo imprescindible, unido al hecho de que el maltratador también estuviera en su trabajo, algo relevante sobre todo en aquellos casos en que la mujer no trabaja, así como que los niños estuvieran en el colegio, hacia que muchas mujeres no denunciasen por estar inmersas en una rutina a la que, a pesar de existir maltrato, estaban acostumbradas.

No obstante, la situación actual, el hecho de quedarnos todos en casa, de teletrabajar, que los niños no vayan al colegio, incluso que los ingresos económicos se hayan visto reducidos, ha llevado a que esas situaciones sean insostenibles y a que la violencia de género haya aumentado ya que aquellos casos en que antes la situación era “llevadera” para muchas mujeres se ha convertido en insoportables.

Esto hace que muchas mujeres e incluso hombres se planteen que ocurre en el estado de alarma con la violencia de género, porque no solo la víctima se ha preguntado si se va a tramitar su denuncia sino también porque el maltratador ha podido pensar que sus actos iban a quedar impunes.

[toc]

¿Puedo denunciar por violencia de género durante el estado de alarma?

En el estado en que nos encontramos actualmente se puede interponer cualquier tipo de denuncia, si bien, los Juzgados de Instrucción, unicamente, funcionan para aquellos asuntos inaplazables o causas con preso, es decir, procedimientos en los que el acusado está privado de libertad.

No ocurre lo mismo con los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que tramitan todos los asuntos que son de su competencia, es decir, aquellos hechos en los que las víctimas sea una mujer y el autor su pareja, expareja o alguien con quien haya mantenido una relación semejante aún sin convivencia. En estos juzgados se protege la integridad física y psicológica, la libertad sexual, la ambulatoria y la de decisión de la mujer.

Por tanto, puedes y debes interponer denuncia si estas siendo víctima de violencia de género, no olvides que la violencia de género no es solamente física, hay muchos tipos de violencia sobre la mujer, abarcando todos aquellos que atacan a su dignidad como persona.

No pienses que por la situación actual te vas a quedar desprotegida o que el maltrato va a quedar impune, la protección de las victimas de violencia de genero está garantizada actualmente.

Contacta con la abogada

¿Puedo solicitar, en caso de violencia de género, orden de protección?

Efectivamente, puedes solicitarla y se practicará la vista para acordar la misma a la mayor brevedad ya que éstas no han dejado de celebrarse. No obstante, no olvides que para que te acuerden una orden de protección deben darse de indicios de comisión de un delito de violencia de genero y una situación objetiva de riesgo, es decir, que exista una posibilidad más que fundada de que puedas sufrir como víctima un daño o mal futuro por un acto de violencia de género.

Recuerda, la orden de protección es la forma prevista para protegerte ante una situación de maltrato, no lo olvides.

Tengo hijos menores ¿que pasaría con ellos si pido orden de protección por violencia de género?

En la orden de protección no solo se protege a la víctima sino también a los hijos menores de esta, en la orden de protección siempre puedes solicitar medidas civiles, tales como guarda y custodia, ejercicio de la patria potestad, pensión de alimentos y régimen de visitas. Estas medidas tienen vigor 30 días, desde que se dicta la orden, no obstante, al estar los plazos procesales suspendidos, en la actualidad seguirán vigentes hasta que la situación actual cese y se reanuden, algo de lo que el Gobierno informará. En ese momento deberás interponer la correspondiente demanda de separación, divorcio o guarda y custodia, dependiendo si estás o no casada, ya que esas medidas tienen una vigencia temporal y cuando todo vuelva a la normalidad y pasen los 30 días si no has interpuesto la correspondiente demanda dejaran de tener vigencia.

¿Pueden asignarme una casa de acogida sino tengo donde ir por violencia de género?

Efectivamente si se acuerda la orden de protección y es necesario se te asignará una casa de acogida para ti y tus hijos, nunca vas a quedar desprotegida si eres víctima de violencia de género. Las casas de acogida siguen funcionando con las debidas medidas de seguridad. Piensa que lo importante es tus seguridad.

Tengo una orden de protección ¿Qué hago ante un quebrantamiento de una orden de protección?

Los Juzgados también siguen funcionando para los procedimientos por quebrantamiento de orden de protección, para ello sigue llevándose a cabo el seguimiento de todos los dispositivos de control telemático o pulseras, los cuales mantienen su funcionamiento.

Si en tu caso no tienes ninguno de estos dispositivos, te recuerdo que para que el Juzgado conozca de un quebrantamiento de orden de protección, deberás denunciar la misma. No olvides que la policía acudirá en cuanto tenga conocimiento de que esto ha ocurrido por lo que no dudes en llamar a cualquiera de los teléfonos previstos para ello.

Espero haberte servido de ayuda.

¿Quieres contactar con María Ángeles Ten Martín? Solicitar llamada

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *