Denunciar por acoso a mi ex pareja: ¿Cuándo se considera que hay acoso a una persona? ¿Cuáles son las consecuencias de una denuncia por acoso? ¿Qué pasa si una ex pareja te está acosando? ¿Cómo puedo denunciar? ¿Está la orden de alejamiento implícita en la denuncia por acoso? German Sánchez Díaz De Isla, abogado experto en Delitos contra la Libertad, responde a todas las preguntas.
¿Cuándo se considera que hay acoso a una persona?
El delito de acoso existe cuando alguien persigue obsesivamente a otra persona con la finalidad de entablar o continuar una relación que la víctima rechaza, o como venganza por lo que el acosador considera una ofensa.
El delito de acoso está regulado en el art. 172.1 ter del Código Penal, donde se castiga al ”que llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida cotidiana:
- 1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
- 2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
- 3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.
- 4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.”
El artículo 172.5 ter CP castiga otra modalidad de acoso cuando este se cometa utilizando la imagen de una persona para realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, provocando en la víctima una situación de hostigamiento o humillación.
A través del delito de acoso lo que se persigue es el acecho o la persecución obsesiva, insistente y no consentida a una persona, siempre que dicha conducta altere el normal desarrollo de su vida cotidiana. Se castigan aquellas conductas que, mediante llamadas reiteradas, vigilancias constantes, encuentros forzados o cualquier otro acto de hostigamiento se menoscabe la libertad y la sensación de seguridad de la víctima.
Para que tenga lugar el acoso es necesario que las conductas del acosador alteren el normal desarrollo de la vida cotidiana de la víctima, lo que supondrá la necesidad de acreditar que el acoso ha afectado a las rutinas y actividades de la víctima o de su entorno.
Consecuencias de una denuncia por acoso
Salvo que el acoso se produzca entre familiares o exparejas, el delito de acoso, salvo que lo denunciemos, no se va a perseguir por la policía, ni va a ser objeto de investigación y enjuiciamiento por un juzgado. La denuncia por lo tanto es imprescindible para que el delito se persiga.
Además de ser un requisito formal ineludible, si somos víctimas de un delito de acoso, es importante que denunciemos cuanto antes los hechos. Con ello conseguiremos dos objetivos:
En primer lugar, evitamos enfrentarnos solos a nuestro problema. La interposición de la denuncia nos empodera y nos dará seguridad, reafirmándonos al no consentir ser objeto de ningún acto que afecta a nuestra libertad, seguridad y dignidad.
En segundo lugar, cuanto antes denunciemos, antes podremos poner fin al acoso. La interposición de la denuncia nos permitirá solicitar la adopción de medidas cautelares que nos aíslen del acosador. Así podremos solicitar una orden de alejamiento por la que se prohíba que el acosador se acerque o comunique con nosotros o con miembros de nuestra familia.
El delito de acoso conlleva penas para el acosado de tres meses a dos años de prisión o multa de seis a veinticuatro meses. En muchos casos el acosador actúa, bien movido por un sentimiento de impunidad, o sin ser consciente de las consecuencias penales de sus actos. Por lo que el hecho de que el acosador sea denunciado, y comience un procedimiento contra él, servirá para que, en algunos casos, cese el acoso.
¿Qué pasa si una ex pareja te está acosando?
La conducta típica del delito de acoso del artículo 171 ter CP no ofrece diferencias cuando el delito es cometido por una expareja o por un tercero. Es decir, los hechos descritos serían constitutivos de un delito de acoso en todo caso, con independencia de quien sea el autor.
Donde sí que existe una diferencia importante es en la perseguibilidad del delito. Como decíamos antes, si nuestra ex pareja nos está acosando, no será necesario que interpongamos una denuncia para que el delito pueda ser investigado y juzgado. El delito es perseguible de oficio con independencia de que hayamos puesto los hechos en conocimiento de la policía o no. Si la policía o la fiscalía tienen conocimiento de los hechos, actuarán sin necesidad de que prestemos nuestro consentimiento.
Otra diferencia que existe para el caso de que sea nuestra expareja quien nos acose, es que aun produciéndose los mismos hechos, cuando el autor sea nuestra expareja, aumentarán las penas a imponer al acosador elevando la pena mínima de tres meses a un año y hasta los dos años. Así mismo se suprime la posibilidad de imponer pena de multa y en su lugar se establece como pena alternativa a prisión la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de sesenta a ciento veinte días.
¿Cómo puedo denunciar a mi ex pareja por acoso?
La denuncia por acoso se puede interponer bien de forma oral o escrita ante la Policía/Guardia Civil, Fiscalía o el propio Juzgado de guardia. En ella deberemos hacer constar nuestros datos de identidad, los del acosador -en el caso de conocerlos- y describir detalladamente todos los actos de acoso que se han producido.
Es importante que antes de interponer la denuncia nos preparemos un pequeño guión, donde de manera cronológica, vayamos repasando todos los actos de acoso que hemos sufrido. Será bueno que desde el principio aportemos toda la prueba documental de que dispongamos, mensajes recibidos en redes sociales, listados de llamadas entrantes, pantallazos de ordenador o teléfono… también que aportemos el nombre de aquellas personas que hayan presenciado los hechos y que estén dispuestas a declarar como testigos.
Por último, decir que como es requisito para la comisión de este delito, que se haya alterado el normal desarrollo de nuestra vida cotidiana, tendremos que probar no solo que han existido actos de hostigamiento hacia nuestra persona, sino que los mismos han afectado a nuestra rutina y vida cotidiana.
¿Está la orden de alejamiento implícita en la denuncia por acoso?
El hecho de que pongamos una denuncia por acoso no supone directamente que se acuerde una orden de alejamiento contra el acosador, sino que será necesario solicitarla expresamente y que se reúnan los requisitos necesarios para su concesión.
Una vez solicitada una orden de alejamiento, será el/la Juez se pronunciarán sobre su concesión, para lo cual tendrá en cuenta que concurran los dos siguientes requisitos:
- 1) Que existan indicios racionales de criminalidad sobre la persona afectada por la medida
- 2) Que concurra una situación objetiva de riesgo para la integridad física o psíquica de la víctima.
En la práctica se resume en la exigencia de haber acreditado, aunque de sea de manera provisional o indiciaria, que una persona determinada ha venido realizando actos de acoso, y que exista un riesgo para nuestra persona, bien porque esos actos de acoso puedan aumentar y se llegue a materializar un ataque directo contra nuestra persona, o bien porque la propia situación de acoso nos está causando un menoscabo psicológico.
Por estos motivos es importante que, como decíamos antes, más allá de nuestra propia declaración ante la policía/juzgado -la cual en sí misma es un medio de prueba- aportemos todas aquellas evidencias que sirva para acreditar inicialmente que se ha cometido un delito y la identificación del presunto responsable. Por estos motivos, desde el principio el abogado juega un papel fundamental en la persecución del delito y en la protección de la víctima, ya que va a ser el profesional que se encargue de asesorar, defender y acompañar a la persona acosada adecuadamente a lo largo de todo el procedimiento.
Buenas tardes..mi experiencia me ha quitado mi portátil personal.
Y no me lo entrega.
Qué puedo hacer
Gracias
Hola soy jenni quiero poner una caución Ami ex el me acosa mucho me dice cosas fuertes ya no lo toleró más depaso el quere volver conmigo yo no quiero el insistiendo cada rato
Qtal buenas tardes tengo un muy grave problema por cobertura acoso y solo. Her escuchado de otras personas en la sociedad q por parte de mi ex pareja madre de mis 4 hijos quiere dañarme por todo el daño q yo le llegue a provocar pero para esto ya llevo 3 años y contando por parte de la sociedad y el cyber acoso tanto q la misma comunidad donde radico me a acusado de golpeador de volador y de asesino y lo peor q no se quien sea la persona q para ellas oellos es un juego aserme esto he llegado a escuchar también q ya llevo mucho aguante q nadie aguanta más de 1 año esto de caber terrorismo acoso he infracción de derechos himumanos sociales y personales .