¿Te preguntas cuáles son los requisitos para determinar que una denuncia es falsa?, ¿qué debo hacer si he sido denunciado por una falsa agresión y cuál es la pena por este delito? ¿La cumpliré aún no habiéndola cometido? ¿Puedo demandar a la persona que me ha denunciado por una agresión falsa? y ¿cómo poner una denuncia por difamación? A continuación, el abogado Carlos Torreño Lerma, experto en delitos contra la salud e integridad corporal nos da las respuestas a estas preguntas.
Requisitos para determinar que una denuncia es falsa
El delito de denuncia falsa, viene regulado y penado en el artículo 456 del Código Penal y viene a castigar cualquier actuación realizada por el denunciante ante una autoridad policial o judicial en la que se imputa a una persona un delito a sabiendas de su falsedad.
Los requisitos para determinar que una denuncia es falsa vienen marcados por la jurisprudencia y, a grandes rasgos, son:
- Intención delictiva por parte del denunciante o dolo.
- Que los hechos que se denuncian falsamente, si fueren ciertos, fueren constitutivos de delito.
- Que la imputación interesada sea falsa: en este caso, la falsa agresión, supondría la determinación de unas lesiones inexistentes.
- Que la notitia criminis, esto es la denuncia o querella, se traslade ante una Autoridad.
Hemos de estar al caso concreto para verificar las particularidades de cada uno de los asuntos porque los factores y condicionantes son magnánimos para determinar la trazabilidad de una falsa agresión.
Carlos Torreño Lerma, abogado experto en delitos contra la salud e integridad corporal.
¿Qué hacer si he sido denunciado por una falsa agresión?
Primero que nada, es necesario mantener la calma y no dejarnos llevar por la visceralidad propia de la subjetividad del momento. Cuidado porque la difamación en “la barra de un bar” puede ser sencillo pero no en un procedimiento judicial. Fuera de escenificaciones (no nos engañemos, un Juzgado siempre impone), una falsa agresión no va a necesitar un solo acto procesal sino que se va a requerir el mantenimiento de esa difamación en la denuncia, instrucción y enjuiciamiento, no siendo nada sencillo.
El teléfono móvil puede ser un buen aliado porque, en definitiva, el denunciante tiene que acreditar el nexo causal entre el hecho dañoso (la lesión) y la imputación objetiva de las mismas a un sujeto. Por tanto, es interesante que hagamos acopio del acervo probatorio que tengamos en la mano: llamadas en el momento de la supuesta agresión, localizaciones, mensajería instantánea y cualquier herramienta probatoria.
Y, por descontado, hemos de acudir a un profesional con todas las pruebas objetivas que puedan deducir la mendacidad del testimonio del contrario.
¿Cuál es la pena por una agresión? ¿La cumpliré aún no habiéndola cometido?
La pena por una agresión es tremendamente variable porque dependerá de la gravedad de las lesiones que se han denunciado: no es lo mismo un enrojecimiento que una rotura de un miembro, una pérdida dental o cualquier otro tipo de actuación dañosa.
El tipo básico lo encontramos en el artículo 147 del Código Penal que podrá ser de 1 a 3 meses si es un delito leve (art. 147.2 CP) o de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses en caso de lesiones que requieran tratamiento médico o quirúrgico (art. 147.1 CP).
Contacta con el abogado
En cuanto a la segunda pregunta, difícil contestación se antoja. Va a depender de muchos factores:
- La “habilidad” engañosa del contrario: Hollywood ha perdido muy buenos actores en los Juzgados y Tribunales. No todo el mundo tiene la misma capacidad de mentir por lo que es un factor importante a la hora de tener presente la estrategia de defensa.
- Las pruebas que tenga y tengamos.
- La habilidad del abogado: los abogados penalistas tenemos bastante ojo clínico, por lo que engañarnos es difícil (tengamos presente que estamos todos los días trabajando y lidiando con estas situaciones). Por tanto, será importante que contemos con un abogado hábil en el interrogatorio del denunciante mendaz para poder desenmascararlo.
- Las lesiones: La verosimilitud de unas lesiones leves no es la misma que las de unas lesiones graves.
En conclusión, hemos de estar al caso concreto para verificar las particularidades de cada uno de los asuntos porque los factores y condicionantes son magnánimos para determinar la trazabilidad de una falsa agresión.
¿Puedo demandar a la persona que me ha denunciado por una agresión falsa?
Una denuncia falsa, siempre que puedan probarse la mendacidad de los hechos, es susceptible de la verificación por medio de la vía penal, por medio de denuncia o querella, en los términos que hemos referido. De igual modo, se podría perseguir por medio civil si bien el cauce idóneo, a nuestro juicio, es el cauce penal.
¿Cómo poner una denuncia por difamación?
Para interponer una denuncia por difamación no tenemos ningún tipo de especialidad al respecto de otros delitos: la denuncia se puede interponer en el Juzgado de Guardia o bien ante cualquiera de las oficinas de recepción de denuncias de los agentes policiales del lugar de comisión del delito o del lugar de residencia del denunciante.
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