Homologación de profesiones sanitarias

Homologación de profesiones sanitarias

Homologación de profesiones sanitarias: ¿Qué es un profesional sanitario? ¿Qué ley regula las profesiones sanitarias? ¿Cómo se puede conseguir la homologación de una profesión sanitaria? Requisitos para obtener la homologación de una profesión sanitaria y tipos de profesiones sanitarias. A continuación, el abogado experto en Responsabilidad Médico-Sanitaria, Rafael Lucero Recio, resuelve todas la dudas relacionadas con las negligencias médicas en hospitales privados.

¿Qué es un profesional sanitario?

Un profesional sanitario es un profesional de la salud con los conocimientos y habilidades necesarias para desarrollar actividades de tratamiento o cuidado de individuos en el área de salud. Se organizan por medio de colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos. Hablamos de médicos, enfermeros, odontólogos, psicólogos, ópticos optometristas, etc.

Tipos de profesiones sanitarias

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias distingue en su artículo 3 dos grandes grupos para la clasificación de los profesionales del área sanitaria de formación profesional:

  • Profesionales sanitarios licenciados universitarios): médicos, farmacéuticos, Odontólogos, Veterinarios y Especialistas en Ciencias de la Salud.
  • Profesionales sanitarios diplomados universitarios): enfermeras y enfermeros, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, podólogos, ópticos y optometristas, logopedas, profesionales de la nutrición humana y dietética y todos aquellos titulados oficiales como especialistas en Ciencias de la Salud.

Aparte, la Ley habla de profesionales del área sanitaria de formación profesional, los cuales se estructuran en los siguientes grupos:

  • De grado superior: quienes ostentan los títulos de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología. En Dietética, Documentación Sanitaria, Higiene Bucodental, Imagen para el Diagnóstico. O en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Ortoprotésica, Prótesis Dentales, Radioterapia, Salud Ambiental y Audioprótesis.
  • De grado medio: quienes ostentan los títulos de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería y en Farmacia.

¿Qué ley regula las profesiones sanitarias?

La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias regula los aspectos básicos de las profesiones sanitarias.

De acuerdo con el artículo 8º de la misma ley, para ejercer una profesión sanitaria en España es fundamental:

  1. Disponer del correspondiente título oficial español o reconocimiento u homologación de un título extranjero.
  2. Estar colegiado
  3. No estar suspendido o inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
  4. Disponer de cobertura de responsabilidad civil profesional.

El ejercicio profesional debe realizarse siempre en un centro sanitario autorizado por la Comunidad Autónoma en la que se ubique.

¿Cómo se regula la homologación de títulos extranjeros de profesiones sanitarias?

La homologación de los títulos extranjeros de profesiones sanitarias viene regulada por el Real Decreto 967/2014. En este texto se regula el procedimiento para solicitar la homologación de todos aquellos títulos que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada en España, que son un total de 36 profesiones. Mediante este Real Decreto también se regula el procedimiento para la declaración de equivalencia y determinados aspectos sobre la convalidación.

Por otro lado, el Real Decreto 459/2010, del 16 de abril, viene a regular las condiciones para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea. Es decir, este texto regula el procedimiento para solicitar el reconocimiento de los títulos de especialidades de los médicos.

¿Cómo se puede conseguir la homologación de una profesión sanitaria?

Todos los títulos profesionales obtenidos en el extranjero, fuera de la Unión Europea, requieren, según la legislación española para el ejercicio de las profesiones reguladas la homologación del título.

La homologación de títulos universitarios en la rama sanitaria es una opción buscada por muchos médicos y enfermeros extranjeros que buscan mudarse a España y aquí empezar a ejercer.

Es importante tener en cuenta que si el profesional obtuvo su licenciatura hace más de 6 años, deberá acreditar que tiene experiencia profesional o bien que ha estado formándose durante al menos 3 años dentro de los últimos 5 años. Este requisito sirve para probar que el profesional se ha estado actualizando en su profesión a pesar de haber obtenido su título hace más de 6 años.

La resolución puede ser directa o bien condicionada a la realización de formación complementaria o bien a la superación de una prueba.

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Homologación del Título de Medicina y de la Especialidad

Para poder empezar a laborar en España es fundamental tener el Título de Medicina General homologado. Con el Título de Medicina General homologado ya es posible acceder a algunos puestos de trabajo en España, como pueden ser los trabajos en residencias de la tercera edad, donde existe muchísima oferta, algunos tipos de trabajo en clínicas privadas, etc. Sin embargo, para trabajar en la sanidad pública, es decir, en Hospitales Públicos y Centros de Salud, será necesario homologar el Título de Especialista.

La segunda fase del procedimiento consiste en homologar el Título de Especialista, un trámite más largo y complejo, que puede extenderse durante varios años.

Homologación del título de Enfermería

Respecto a la profesión de Enfermería, todos las enfermeras y enfermeros con títulos de grado superior o posgrado obtenido en instituciones extranjeras (universidades, institutos superiores, etc.) necesitan habilitación legal para el ejercicio profesional en España.

En el proceso de homologación del Título de Enfermería se valora si los estudios cursados en el extranjero son equivalentes a los españoles, en duración y en contenido. La solicitud se presenta en el Ministerio de Universidades y el trámite demora aproximadamente dos años y medio si se presenta directamente en Madrid (si se presenta en otro lugar tarda varios meses más).

En este caso se tiene en cuenta el número de horas del programa, así como la experiencia posterior.

Homologación del título de Fisioterapeuta

Para ejercer la profesión de Fisioterapeuta en España es necesario tener el título homologado. Es una profesión regulada, por lo que para su ejercicio es obligatoria la colegiación. La resolución de la solicitud puede ser condicionada a la realización de un período de formación complementaria o bien a la superación de una prueba de aptitud. 

Homologación del título de Odontología

Al ser una de las 36 profesiones reguladas, también es posible obtener la homologación para ejercer la profesión de Dentista en España, cuya colegiación también es obligatoria. La resolución en estos casos suele estar condicionada a la superación de una serie de asignaturas. 

Homologación del título de Psicología

Solo es posible homologar el Máster en Psicología Sanitaria, pues el título de graduado o licenciado per se no habilita para ejercer la profesión regulada de Psicólogo General Sanitario. Sin embargo, para poder acceder a este máster y cursarlo en España, es necesario conseguir la declaración de equivalencia del grado en Psicología, lo cual acredita los estudios a nivel académico, pero no a nivel profesional, o bien otra opción es la convalidación parcial en una universidad española, la opción más recomendada.

Requisitos para obtener la homologación de una profesión sanitaria

Los requisitos para obtener la homologación de una profesión sanitaria dependen del título que se quiere homologar.

En general, en el proceso de homologación se valora si los estudios cursados en el extranjero son equivalentes a los españoles, en duración y en contenido. Asimismo, es importante aportar el título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición, la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS.

Además, hay que aportar documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería y acreditar la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada.

Requisitos para homologar los títulos de medicina y enfermería

Tanto en la homologación del título de medicina como en la homologación del título de enfermería es necesario acreditar que ha trabajado al menos 3 de los últimos 5 años en esa profesión, en el caso de que ya hayan transcurrido más de 6 años desde que obtuvo la Licenciatura.

Dependiendo de la Profesión Regulada, puede ser necesaria la presentación de otros documentos en cumplimiento de la normativa vigente para cada profesión.

Requisitos para homologar el título de especialista

Con respecto a la homologación del título de especialista, los requisitos son bastante más complejos. Como anteriormente referido, es fundamental contar con la resolución de homologación del título de medicina y con otros certificados que acrediten que el título obtenido es oficial, que el administrado se encuentra autorizado para ejercer en el territorio del país que ha expedido el título, etc.

Toda la documentación extranjera debe estar correctamente legalizada y con la apostilla de la Haya para tener validez en España.

Homologaciones exprés

El Ministerio de Sanidad contempla una vía ‘exprés’ para resolver el problema enquistado de las homologaciones de títulos de Medicina extranjeros.

Efectivamente, el Gobierno ha dictado instrucciones, comprometiéndose a acelerar todas las fases del procedimiento de homologación de títulos de las especialidades más deficitarias, como Familia, Anestesiología, Psiquiatría, Radiodiagnóstico y Medicina del Trabajo.  Además, ha sumado más personal a la unidad encargada de este proceso.

Estas homologaciones exprés han sido fruto de un informe elaborado por la Universidad de Las Palmas sobre las ramas del sector con mayor déficit de personal y tienen como objetivo solventar el problema del tiempo de tramitación de las homologaciones, que hasta la fecha han estado tardando bastante.

Para esta vía exprés, el procedimiento es exactamente el mismo, es decir, no existen procedimientos diferentes al ya establecido, que viene regulado por un RD, concretamente el artículo 9.2 del RD 967/2014 de 21 de noviembre.

¿Se puede ejercer una profesión sanitaria sin estar homologada?

La respuesta es que no. Es fundamental contar con la homologación del título para poder ejercer la profesión sanitaria en España o de otra forma estaremos incurriendo en intrusismo. El delito de intrusismo profesional se entiende como aquel delito que se comete por aquella persona que ejerce una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España.

El proceso de Homologación de títulos puede ser largo y complejo, por eso es fundamental contar con asesoría para poder ahorrar tiempo. Desde Vorlegal, te podemos ayudar a la hora de conseguir toda la documentación necesaria, verificamos que la documentación está completa y reúne todos los requisitos antes de proceder a presentarla, para evitar demoras innecesarias. Te asesoramos sobre todos los requisitos necesarios que tiene que reunir la documentación y además realizamos en tu nombre la solicitud directamente en las oficinas del Ministerio de Sanidad en Madrid, lo cual acorta los plazos.

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