Acoso en el ejército por parte de superiores, ¿qué puedo hacer?

Acoso de los superiores en el ejército

Acoso de los superiores en el ejército: ¿qué situaciones pueden ser?, ¿cómo conseguir que se abra un expediente disciplinario y cómo demostrar el acoso? Consecuencias. ¿Qué pasa si no se abre expediente disciplinario y únicamente se tramita por la vía penal?. ¿Puedo pedir baja médica? La abogada experta en derecho militar, Gema Gallego Gallego, ofrece información de ayuda a los militares para que conozcan todos sus derechos y sepan qué pueden hacer al respecto.

¿Qué situaciones se consideran acoso de los superiores en el ejército?

Cuando hablamos de acoso de superiores en el ejército nos estamos refiriendo al acoso profesional.

El acoso profesional es la exposición a conductas de violencia psicológica intensas, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo hacia una o más personas, por parte de otra u otras que actúan frente a aquella desde una posición de poder, no necesariamente jerárquica, sino en términos psicológicos. Con el propósito o el efecto de crear un entorno hostil o humillante que perturbe la vida laboral de la víctima.

Dicha violencia se da en el marco de una relación de trabajo, suponiendo tanto un atentado a la dignidad de la persona como un riesgo para su salud.

En este sentido, el Ministerio de Defensa está actuando en base al principio de “tolerancia cero” contra el acoso profesional en las Fuerzas Armadas rechazando todas aquellas conductas constitutivas de acoso profesional en cualquiera de sus formas y modalidades.

A día de hoy, en el ámbito de las Fuerzas Armadas se encuentra en vigor la Resolución 430/07659/2021, de 19 de mayo, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se aprueba el Protocolo de actuación del Ministerio de Defensa frente al acoso profesional.

Algunos ejemplos de comportamientos que podrían ser constitutivos de acoso profesional, teniendo en consideración las circunstancias y su intensidad, son los siguientes:

  • Dejar al militar de forma continuada y durante más de 6 meses sin ocupación efectiva en su puesto de trabajo.
  • Dictar órdenes imposibles de cumplir con los medios que el militar tiene asignados.
  • Que el militar realice tareas inútiles o que no tienen valor productivo.
  • Difundir rumores falsos sobre el trabajo del militar o su vida privada.
  • Insultar o menospreciar repetidamente a un militar.
  • Reprender al militar de manera reiterada e injustificada delante de otras personas.

¿Cómo conseguir que se abra un expediente disciplinario si sufro acoso en el ejército por un superior?

Si consideras que estás sufriendo comportamientos que suponen una situación de acoso laboral en el ejército debes comunicar esa circunstancia al superior jerárquico de la persona presuntamente acosadora.  Para ello debes presentar la oportuna denuncia.

De este modo se procederá a realizar una valoración de los hechos expuestos en la denuncia y la autoridad competente adoptará alguna de las siguientes medidas en el plazo máximo de 30 días naturales desde la recepción de la comunicación del presunto acoso:

  1. Proponer a la autoridad con potestad disciplinaria la incoación de expediente disciplinario por falta muy grave si hay indicios claros o presunción de comportamientos de acoso profesional.
  2. Proponer a la autoridad con potestad disciplinaria la incoación de expediente disciplinario por falta muy grave, si los hechos lo merecen, para las situaciones distintas de las previstas para el acoso de superiores.
  3. Ordenar la apertura del expediente disciplinario por falta grave o leve o la remisión a la autoridad o mando con competencia sancionadora.
  4. Dar cuenta a la Fiscalía Togada de lo actuado si estima que los hechos pueden constituir algún tipo de delito.
  5. Archivar el asunto por ausencia de objeto o insuficiencia de indicios de una posible conducta de acoso profesional, así como por desistimiento de la persona denunciante.

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¿Qué pasa si no se abre expediente disciplinario y solo se tramita el acoso en el ejército de un superior por la vía penal?

Si solo se tramita la situación de acoso de superiores por la vía penal es porque los hechos ocurridos tienen la consideración de delito y no de falta disciplinaria.

Por otro lado, si tu Unidad de destino cuenta con servicio de psicología, puedes solicitar que te realicen una entrevista/valoración a fin de que pueda prestarte el apoyo que necesitas en estos duros momentos.

Gema Gallego Gallego, abogada experta en derecho militar.

Por tanto, no hay inconveniente alguno en que esta situación de acoso sólo se tramite por la vía penal y no por la vía disciplinaria. Puesto que, esto supone que los hechos presentan la suficiente gravedad como para considerarlos como un delito de abuso de autoridad por acoso profesional contemplado en el artículo 48 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar. Y consecuentemente, no como la falta muy grave prevista en el apartado 12 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

¿Cómo demostrar que estoy sufriendo acoso en el ejército por mis superiores?

En un supuesto de acoso laboral militar por parte de tu superior es muy importante la prueba de la que se disponga para poder demostrar esta situación.

Esta prueba podrá consistir en:

  • Documentos que acrediten la situación de acoso profesional
  • Grabaciones
  • Mensajes de aplicaciones de mensajería instantánea como Whatsapp o Telegram
  • Declaraciones de testigos de los hechos.

Es indispensable aportar toda la documentación de la que dispongas puesto que es lo que te servirá para demostrar la situación de acoso por tus superiores que estás sufriendo.

¿Qué consecuencias tiene denunciar que sufro acoso en el ejército por mis superiores?

El hecho de denunciar que sufres acoso en el ejército por tus superiores no puede tener ninguna consecuencia para ti.

Y es que, cualquier militar que considere que es objeto de comportamientos que pudieran constituir acoso profesional debe comunicar esa circunstancia al superior jerárquico de la persona presuntamente acosadora.  Para ello debe presentar la oportuna denuncia.

Sólo en el caso de que tras valorar los hechos expuestos en la denuncia se considere que actuaste de manera maliciosa, que aportaste datos alejados radicalmente de la verdad o que existía ánimo de perjudicar a la otra parte, la autoridad competente llevará a cabo las actuaciones oportunas para exigirte la responsabilidad disciplinaria o penal que corresponda. Ten en cuenta, que denunciar tampoco da prioridad a la hora de solicitar un cambio de destino por acoso laboral.

¿Puedo pedir baja médica si sufro acoso en el ejército por parte de superiores?

Sí, por supuesto que puedes pedir la baja médica si te encuentras sufriendo una situación de acoso laboral militar.

Además, no olvides que cuando cumplimentes el Anexo II de la Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar relativo al parte de solicitud de baja médica para el servicio, tendrás que tachar la casilla correspondiente a que la incapacidad se ha producido como consecuencia de contingencia profesional.

Por otro lado, si tu Unidad de destino cuenta con servicio de psicología, puedes solicitar que te realicen una entrevista/valoración a fin de que pueda prestarte el apoyo que necesitas en estos duros momentos.

En definitiva, si la situación de acoso profesional que estás sufriendo te impide el poder desarrollar tu actividad laboral, no dudes en solicitar el inicio de la oportuna baja médica.

¿Deseas contactar con la abogada experta en Derecho Militar,
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