¿Qué debo hacer si me han despedido de forma improcedente? ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido? ¿Qué hay que hacer para reclamar un despido? ¿Cuándo tengo derecho a indemnización si me han despedido? ¿Qué puedo hacer si se me ha pasado el plazo para reclamar un despido? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Derecho del Trabajo, José Ramón Millán Cidón, te da la respuesta y ofrece su asistencia.
¿Qué debo hacer si me han despedido de forma improcedente?
Si te han despedido o te acaban de informar que van a dar por terminado tu contrato de trabajo, antes de nada, vamos a ponernos en situación. No es que sea precisamente un tema agradable, pero, lamentablemente, no muchos pueden decir que “de este agua no beberé”. Un viernes cualquiera -y digo un viernes porque es el día de la semana en que suelen pasar estas cosas- el jefe te llama para ir a su despacho. ¿Qué querrá?. Ya es casi la hora de salir. Efectivamente, al poco rato sales…con una carta de despido en la mano. Tranquilo, no eres el primero ni serás el último. Además, en el fondo, ya venías sospechando algo desde un tiempo atrás. En este artículo te voy a contar qué debes hacer si te encuentras en esta tesitura.
Primero, lo básico. Leer bien la carta de despido. Te dirán que tienes que firmar una copia. No suele haber problema en hacerlo, pero fíjate en que tu copia es igual a la que se queda la empresa. Por si acaso, firma escribiendo a mano un “no conforme” o similar.
Luego, lo más importante. Tú mismo seguramente tengas una idea de si lo que te han hecho es justo o no. Puede que la empresa te haya acusado falsamente de algo. O que lo haya exagerado. También puede que te despidan alegando unas causas económicas que no te terminan de cuadrar. Ante la mínima duda, piensa que posiblemente estemos ante un despido improcedente. Si es así, no le des muchas más vueltas, por lo que te cuento a continuación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
Si te preguntas cuánto tiempo tienes para reclamar ante un despido es que has llegado a la tercera parte, la urgente. Cuando la persona trabajadora es despedida sólo tiene veinte días hábiles para reclamar. No es mucho. Piensa que en Francia el plazo es de 45 días y en Italia se eleva a los 120 días. Bélgica, con sólo diez días, es la que tiene el plazo más corto.
Dentro de lo malo, el hecho de que sean días hábiles, significa que no se cuentan los sábados, ni los domingos ni los días festivos. Este plazo empieza a contar desde que se produce el despido, normalmente desde la fecha de entrega de la carta. Pero también puede ser que el despido se haya realizado de forma verbal, o que se haya realizado de forma tácita -trabajador que se encuentra su empresa cerrada, por ejemplo-. En esos supuestos también rige el plazo de los veinte días hábiles.
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¿Qué hay que hacer para reclamar un despido?
En tan corto plazo hay mucho que hacer:
- Lo primero es presentar lo que se llama una papeleta de conciliación ante el servicio de conciliaciones que sea el competente en cada Comunidad Autónoma. Serás citado para asistir a un acto de conciliación.
- Si el intento de conciliación no acabó en acuerdo, tendrás que demandar a la empresa ante el Juzgado de lo Social. Y todo eso dentro de los veinte días, de los que solamente se puede descontar el tiempo que transcurre entre la presentación de la papeleta y el acto de conciliación.
Teóricamente todo este proceso lo puede hacer el trabajador por sí mismo. En la práctica no suele ser así. Lo lógico -sucede el 99% de las veces- es que sea un abogado o el que te asesore y realice esas gestiones. Muchos acuden al abogado cuando ya casi está “sonando la campana”. Mal hecho. Cuanto antes acudas al abogado, mejor podrá realizar su trabajo.
¿Cuándo tengo derecho a indemnización si me han despedido?
Cuando uno es despedido por un motivo disciplinario, en principio, no tiene derecho a indemnización.
Si se trata de un despido por causas objetivas, la empresa debe pagar veinte días de salario por cada año de servicio del trabajador. Estos despidos por causas objetivas son los que últimamente se denominan despidos por causas Etop, que es el acrónico de causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
Si tras la reclamación el despido resulta ser improcedente, el trabajador tiene derecho a una indemnización de treinta y tres días de salario por año de servicio. Aunque la empresa puede optar por readmitir al trabajador. En este caso, menos frecuente en la práctica, no se pagaría indemnización.
El despido será improcedente en los siguientes supuestos:
- Cuando no quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario.
- También cuando los hechos no tuviesen gravedad suficiente.
- Si se incumplen los requisitos de forma -por ejemplo, por hacerse verbalmente-.
- En el caso de despido objetivo, si la empresa no demuestra la concurrencia y legalidad de las causas alegadas.
¿Qué puedo hacer si se me ha pasado el plazo para reclamar un despido?
Lamentablemente, nada. En cuanto a la posibilidad de obtener la indemnización por despido improcedente, al pasarse el plazo no se puede reclamar por el despido como tal. Sí se podría interponer otro tipo de demanda, como puede ser para reclamar salarios pendientes o la ya mencionada indemnización por causas objetivas. El plazo para este otro tipo de reclamaciones es de un año.
Normativa de referencia: Estatuto de los trabajadores.
NOTA
La principal intención de este breve artículo es la de poner de manifiesto la urgencia de los plazos para reclamar ante un despido improcedente, así como una breve pincelada sobre lo que esto significa en la práctica y en términos generales. Se han tenido que obviar buena parte de las cuestiones relativas a la forma del despido, su calificación, despidos nulos, cálculo de la indemnización, etc.
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