¿Me pueden despedir por faltas de asistencia?

¿Me pueden despedir por faltas de asistencia?

¿Me pueden despedir por faltas de asistencia?, ¿qué derechos tengo en ese caso?. ¿Qué es una ausencia injustificada o una falta de asistencia?. El abogado experto en derecho laboral, Estanislao De Kostka Fernández Fernández, resuelve las dudas más habituales de los trabajadores en caso de despido.

Introducción: ¿Me pueden despedir por faltas de asistencia?

Obviamente, lo primero que tenemos que hacer es distinguir entre faltas de asistencia justificadas y no justificadas o, si se quiere, entre buena fe y mala fe.

Hasta febrero del año 2020, el Estatuto de los Trabajadores permitía incluso el despido por faltas de asistencia, aunque estas estuvieran justificadas. Sin embargo, dicho artículo ha sido derogado y, por tanto, en principio, un empleado no puede ser despedido por acumulación de faltas de asistencia justificadas. 

Desde entonces, no se puede despedir a un trabajador con ausencias laborales justificadas, por ejemplo, una enfermedad grave.

Excepciones:

No obstante, si las faltas al trabajo del empleado son reiteradamente injustificadas, podrían dar lugar a un despido disciplinario, basado en el incumplimiento de contrato laboral y la vulneración de la confianza. 

Eso sí, el incumplimiento debe tener suficiente gravedad, por lo que el debate es siempre, cuántos días son necesarios ausentarse para que a uno le puedan despedir.

El Estatuto de los Trabajadores señala que: “el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador” y, entre esos incumplimientos, el Estatuto considera “incumplimiento contractual las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo”.

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¿Qué es una ausencia injustificada?

Una ausencia injustificada es toda falta al puesto de trabajo, que no haya sido advertido previamente al empleador con causa que lo justifique. 

En adición, habría que tener en cuenta aquellas situaciones que imposibiliten al empleado acudir al centro de trabajo.

Por ejemplo:

Un accidente, un imprevisto de carácter urgente, o cualquier otra causa que no dependa solo de la voluntad del trabajador, como:

  • Una baja por enfermedad.
  • O una cuarentena con contacto Covid-19.

Debemos tener siempre presente que en España no existe el despido libre y que éste, ha de tener siempre causa. Y, en adición, en este tipo de despidos, la buena fe y la diligencia en el actuar son fundamentales, a la hora de que un Juzgado determine si las faltas al trabajo son o no justificadas.

¿Qué se considera falta de asistencia?

Tras la derogación de la normativa vigente hasta febrero de 2020, ésta ya no recoge datos objetivos sobre qué se considera falta de asistencia injustificada o justificada al centro de trabajo.

No obstante, si podemos afirmar que se considera falta de asistencia al trabajo, la no presentación en el centro de trabajo, para el cumplimiento de las obligaciones contractuales, sin causa justificada y comunicada.

¿Qué tipos de ausencia no se tratan como faltas de asistencia?

Aunque no existe un número cerrado de tipos de ausencias laborales, que no pueden ser consideradas como faltas de asistencia al puesto de trabajo, lo cierto es que el principal criterio podría ser la buena o mala fe con la que se actúa. Así como, la justificación o necesidad imperiosa, que impide presentarse en el puesto de trabajo a la hora fijada.

Qué no computa como falta de asistencia:

No se computarán como faltas de asistencia las ausencias que estén justificadas en el ejercicio del derecho a la huelga; el ejercicio de actividades de representación sindical; un accidente de trabajo impeditivo; la maternidad; un embarazo de riesgo; el horario de lactancia; las enfermedades que son causa de baja laboral, dadas por los servicios de salud, esto es, lo que denominamos incapacidades temporales; o, entre otras, las motivadas por una situación con origen en episodios de violencia de género acreditada, o asistencia a un juicio.

Cambios normativos:

Y, por supuesto, desde la reforma de febrero de 2020, no se consideran ausencias injustificadas, las derivadas de enfermedades graves, por ejemplo el cáncer, que implica un tratamiento médico incapacitante para el ejercicio de las obligaciones laborales. 

Hay grandes debates entre la doctrina, sobre si los acompañantes de un niño con cáncer deben ser integrados en el grupo de ausencia laboral justificada. Aunque las sentencias aún no son del todo claras, ante una situación así, siempre hay que defender que nos encontramos ante una clara causa justificada y lucharlo en los tribunales.

¿Cuántas faltas de asistencia se necesitan para despedirme?

Depende del convenio colectivo de cada sector, pero la normativa y la jurisprudencia también han tratado este asunto.

Si hay convenio colectivo:

Lo primero que debes hacer es comprobar si el Convenio Colectivo que regula tu sector, recoge alguna cláusula sobre este asunto. Por ejemplo, un Convenio podría recoger una cláusula en la que se fija el número de ausencias injustificadas, que pueden llevar a una empresa a despedir a un empleado por esta causa.

Por ejemplo, algunos convenios colectivos recogen cláusulas de este estilo: “se considera causa de despido cuatro ausencias al puesto de trabajo injustificadas en el plazo de un mes o cinco faltas de puntualidades en el pazo de dos meses”.

Si no hay convenio colectivo:

Ante la falta de convenio colectivo, los juzgados y las audiencias provinciales, por ejemplo la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en fecha 14-3-2019, sostuvo que: “en aquellos supuestos en que no exista convenio colectivo aplicable a la relación laboral, o este no contenga previsión en relación con el número de faltas de asistencia que pueden justificar un despido disciplinario, la jurisprudencia viene exigiendo un mínimo de tres” días, para que te puedan despedir de forma procedente

Hay que tener en cuenta que incluso habiendo faltado una vez al trabajo de manera injustificada, cabe el despido alegando que se ha incurrido en una transgresión de la buena fe contractual. Este es el caso en el que la ausencia a un puesto de trabajo genera daños y perjuicios al empleador. Pensemos por ejemplo en un empleado de una central nuclear, que se ausenta y que no avisa.

Estanislao De Kostka Fernandez Fernandez, abogado experto en derecho laboral.

Por último, es importante recordar que como se trata de un despido disciplinario, el trabajador no tiene derecho a indemnización por extinción de la relación laboral, pero sí a finiquito y a prestación por desempleo.

¿Qué hago si mis faltas de asistencia son justificadas?

Sin duda, lo primero que se debe hacer es presentar los documentos acreditativos y justificativos de las ausencias, a los efectos de que el empresario pueda conocer si son justificadas.

Recomendamos siempre comunicaciones fehacientes y seguras, burofax, carta certificada con acuse de recibo o sello de entrada con firma. No recomendamos el uso de redes sociales en las relaciones laborales.

¿Qué hago si mis faltas de asistencia son injustificadas?

La comunicación con el empleador forma parte del principio de confianza mutua, por lo que mejor es comunicar las causas de nuestra inasistencia al trabajo, tratando de alcanzar un acuerdo que permita continuar el contrato a las dos partes.

¿Cómo reclamar el despido por falta de asistencia?

Para reclamar un despido por falta de asistencia al trabajo, lo mejor es ponerse en manos de un experto en derecho laboral, para, en primer lugar, presentar la papeleta de conciliación, en segundo lugar celebrarla y, en tercer lugar, entregar la demanda en los juzgados de lo social que sean competentes. Tras ello juicio y sentencia.

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