¿La hernia inguinal cuenta como accidente laboral?

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La hernia inguinal cuenta como accidente laboral: ¿la operación cuenta en la baja laboral? ¿Puedo pedir indemnización por tiempo de postoperatorio?¿Cuánto tiempo de recuperación me cubre la mutua? ¿Puedo pedir una incapacidad? ¿Se puede trabajar con una hernia inguinal? ¿Se indemnizan las secuelas de la hernia por la mutua? En esta ocasión el despacho de abogados Arys, especialista en Derecho del Seguro resuelve estas dudas.

Hernia inguinal: ¿La operación cuenta en la baja laboral?

Si la hernia inguinal produce molestias recurrentes sobre todo en aquellos trabajos mecánicos en los que además se debe cargar con peso o realizar posturas forzadas, este motivo puede ser causa de una baja laboral justificada por la limitación y molestias que produce. 

Si la lesión se ha producido debido a una situación en el trabajo podrá ser considerada accidente laboral o enfermedad profesional, siempre que se establezca el nexo correspondiente entre el esfuerzo en el trabajo y la lesión.

Se debe tener en cuenta en qué tipo de incapacidad temporal se encuentra la persona que se opera de esta patología. 

Si la intervención quirúrgica se deriva de una circunstancia personal del propio trabajador, será una baja por contingencias comunes.

Si por el contrario la hernia inguinal es consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional será considerado como baja por contingencias profesionales. De la calificación que se de  la baja va a depender tanto  la cuantía que se vaya a cobrar como de los aspectos relativos a la gestión de la baja. 

Si la baja es como resultado de un accidente laboral o enfermedad profesional el trabajador cobrará el 75% de su base reguladora desde el día siguiente a la baja.

En caso de que la baja sea por contingencias comunes, el trabajador deberá tener cotizados al menos 180 días en los últimos 5 años anteriores para poder cobrar, mientras que el caso de situaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales no se exige ese período de carencia.

¿La hernia inguinal cuenta como accidente laboral?

Las hernias, las várices y las lumbalgias son consideradas ahora como accidentes de trabajo. Tradicionalmente no eran consideradas como accidentes de trabajo porque estaban excluidas del Listado de Enfermedades Profesionales. Ahora, el nuevo Decreto incluye las várices, las hernias de disco y las hernias inguinales en la cobertura del seguro profesional.

Hernia inguinal ¿Cuánto tiempo de recuperación me cubre la mutua? 

Si es la Mutua quien asume el trámite de la incapacidad temporal, será la encargada de expedir el parte de baja e incluso prorrogarlo.

Para el caso de que la operación de la hernia inguinal sea por contingencias profesionales, el pago corresponde el primer día al empresario puesto que es cuando el trabajador tuvo el accidente y se da por trabajado. 

A partir del segundo día corresponde a la Mutua. En estos casos, se suele dar lo que se conoce por “pago delegado”, donde la empresa abona la nómina al trabajador y luego la empresa recibe el dinero por parte de la Mutua o de la Seguridad Social.

Si por el contrario estamos ante  una contingenciaenfermedad común, no se cobra nada de los días primero al tercero, haciéndose responsable del pago la propia empresa desde el cuarto día hasta el décimo quinto, a partir del décimo sexto día corresponde a la Mutua a la Seguridad Social hasta el final de la baja.

Hernia inguinal: ¿puedo pedir indemnización por tiempo de postoperatorio?

Solo cuando una hernia inguinal de un accidente de trabajo producido como consecuencia de la omisión por parte del empresario de las medidas de seguridad y salud, se podrá tener derecho a una indemnización de daños  y perjuicios. Y solo en ese supuesto el tiempo de postoperatorio podrá ser incluido en la indemnización solicitada.

Con respecto al pago de la indemnización corresponde que se satisfagan por la entidad gestora o mutua colaboradora con la Seguridad Social que esté obligada a realizar el pago de las prestaciones por incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Despacho de abogados ARYS, especialista en Derecho del Seguro.

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Efectos secundarios operación hernia inguinal ¿puedo pedir una incapacidad?

El tiempo máximo de baja son 365 días, aunque excepcionalmente se puede prorrogar otros 180 días sobre todo si se prevé que durante este tiempo se puede producir la recuperación total.

Si agotado el tiempo máximo de la baja el trabajador no está en condiciones de recibir el alta, deberá comenzar los trámites para solicitar una Incapacidad Permanente.

La situación de Incapacidad Permanente (IP) tendrá lugar una  vez  haya finalizado el tiempo máximo de incapacidad temporal, y si se considera necesario, se pasará a la situación de incapacidad permanente.

A su vez, la Incapacidad Permanente se divide en diferentes grados, siendo éstos la parcial, total, absoluta o gran invalidez:

1.  Incapacidad Permanente Parcial (IPP):

Aquella que ocasiona al trabajador una disminución que no sea  inferior al 33% en su rendimiento habitual para la profesión que realiza, pero sin obstaculizar la realización de las tareas fundamentales de la misma. La prestación económica por IPP se recibe en un pago único, equivalente a veinticuatro mensualidades de la base reguladora, siendo compatible con el salario que reciba por su profesión habitual.

2.  Incapacidad Permanente Total (IPT):

Inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual, lo que conlleva que si el trabajador tiene reconocida la IPT, únicamente podrá dedicarse a otra actividad laboral que sea distinta a la de su profesión habitual. La prestación económica que recibirá el trabajador consiste en una pensión mensual del 55% de la base reguladora, siendo compatible con el salario que reciba por desempeñar un trabajo distinto al que venía ejerciendo habitualmente.

3.  Incapacidad Permanente Absoluta (IPA):

Inhabilita al trabajador para desempeñar cualquier profesión u oficio. También es conocida como “invalidez absoluta”. Su prestación económica consiste en una pensión mensual del 100% de su base reguladora.

4.      Gran Invalidez:

Se contempla cuando el trabajador padece una lesión o una enfermedad la cual le impide realizar cualquier tipo de actividad o trabajo y por ello necesita a otra persona que lo asista para realizar los actos más esenciales de su vida cotidiana, es por ello que la Gran Invalidez es considerado como máximo grado de una incapacidad laboral. Su prestación económica consiste en una pensión mensual correspondiente al 100% de su base reguladora. A mayores, el trabajador recibe un complemento por gran invalidez, siendo éste el resultado de sumar el 45% de la base mínima de cotización que estuviera vigente en el momento del reconocimiento de la gran invalidez y el 30% de su última nómina que hubiera percibido, correspondiente a la contingencia de la que derive la situación de incapacidad permanente.

¿Se puede trabajar con una hernia inguinal? 

Deberán ser los médicos especialistas los encargados de establecer si el trabajador está en condiciones o no de trabajar  e integrarlo adecuadamente en el proceso de recuperación.

Secuelas de la hernia inguinal ¿se indemnizan por la mutua?

Es posible que después del período de baja médica haya unas secuelas de las que la persona no se pueda recuperar.

En muchos casos estas secuelas dan lugar a una Incapacidad Permanente, pero en otro muchos casos da lugar a lo que se conoce como LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES (LPNI), las cuales  repercuten de forma permanente en su integridad física, sin llegar a alterar de manera significativa la actividad profesional del afectado.

Con este tipo de indemnización se trata de compensar económicamente al trabajador o trabajadora por las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, causadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Con respecto al pago de la indemnización le corresponde que se satisfagan por la entidad gestora o mutua colaboradora con la Seguridad Social que esté obligada a realizar el pago de las prestaciones por incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

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3 comentarios en “¿La hernia inguinal cuenta como accidente laboral?”

  1. Buenas, por favor, comprobad que eso de que las varices, hernias y lumbalgias se encuentra dentro de la legislación española y no de la legislación argentina. Un saludo, gracias.

  2. Ácausa se un acidente de tráfico fui golpeado por atrás y me hizo chocar con que Hiba delante me produjo una hernia inguinal a causa del cinturón que sujeta la parte baja de la pelvis ,tengo que llevar bragero mando por la cirujana ,cubre el seguro ? Gracias

  3. Hola mi pregunta es que yo estoy operado de las varices y de 2 operaciones de hernias enguinales y de las varices deseo saber si puedo solicitar la incapacidad y que grado gracias

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