¿Cómo se tramita un despido cuando mi empresa está en concurso de acreedores?, ¿qué es un ERE concursal?, ¿a cuántos trabajadores se pueden despedir en un ERE?, ¿qué hago si mi empresa está en concurso de acreedores y me debe dinero? Estanislao De Kostka Fernández, experto en Derecho laboral, nos ofrece toda la información que necesitas saber en caso de que tu empresa se encuentre en concurso de acreedores.
Introducción
Para entender qué posibles repercusiones tendrá la declaración de concurso de la empresa deudora, parece de vital importancia esclarecer que es el concurso de acreedores y el porqué de su origen.
El concurso de acreedores es un tipo de procedimiento judicial, que emana de una situación de insolvencia por parte de la empresa, esto es, que la empresa no dispone de liquidez suficiente para poder hacer frente a créditos que ostenta. Por lo que debe entrar en concurso, para satisfacer todos los créditos pueda, concluyendo en el peor de los casos con la disolución de la mercantil.
El estado de insolvencia de la empresa puede ser actual o inminente, la primera se da cuando no puede cumplir sus obligaciones exigibles, y la inminente surge cuando el deudor prevé que no podrá cumplir de manera regular o puntual sus obligaciones exigibles.
Hay que diferenciar también, entre los dos tipos de concurso recogidos en la Ley Concursal, el concurso necesario y el voluntario.
El concurso necesario es aquel que es instado por alguno de los acreedores, al ver que no le son satisfechos sus créditos. En cambio, el concurso voluntario es aquel que lo solicita el propio deudor, al ver que no podrá cumplir con sus obligaciones. En el concurso voluntario, el deudor dispone de un plazo de 2 meses desde que conoció la situación de insolvencia, para notificar el concurso; de no cumplir el plazo estipulado por la Ley Concursal, podría incurrir el/los administrador/es en responsabilidad y tener que hacer frente a las deudas con su patrimonio.
Así las cosas, que la empresa entre en concurso supone, dependiendo del tipo de concurso, que las facultades de administración estén intervenidas por el administrador concursal, o bien que el administrador se encargue de la gestión y administración de una situación de concurso de acreedores de la empresa.
Una vez esclarecido lo anterior, cabe destacar que la repercusión que tendrá la declaración de concurso será la competencia de órgano juzgador. Este será el Juzgado de lo Mercantil y que los créditos se satisfarán por orden de preferencia, lo que puede suponer que la empresa no tenga liquidez para afrontar el pago de los salarios. Esto originará una reclamación posterior ante el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), para que el trabajador pueda reclamar parte de las cantidades que le son debidas.
¿Cómo se tramita un despido cuando la empresa está en concurso de acreedores?
Por el hecho de que la sociedad deudora se encuentre en concurso, no quiere decir que extingan los contratos de trabajo. No obstante, con el transcurso del procedimiento, si podemos encontrarnos con causas de despido. El más frecuente, el despido colectivo, debido a que no se puede realizar los pagos a ninguno de los trabajadores.
Dicho esto, si el procedimiento de despido fuese tramitado previamente a la declaración de concurso, la autoridad laboral que conociere del asunto, lo remitirá al Juez del Concurso, el cual ostenta la competencia objetiva según la Ley Concursal.
Una vez remitido el despido a la autoridad competente, el administrador concursal deberá redactar un informe, donde recoja la viabilidad de las extinciones de los contratos, las modificaciones de medidas etc. Posteriormente, se abrirá un período de consultas, donde el juez convocará al concursado, a los representantes de los trabajadores y al administrador concursal donde se debatirá sobre los extremos de la decisión, y siempre intentando llegar a la solución más viable, valorando las posibilidades de pago e indemnizaciones.
¿Qué es un ERE concursal?
Un ERE o expediente de regulación de empleo, es una modalidad de despido colectivo por causas objetivas; contiene las mismas características que un ERE convencional, en cuanto a indemnizaciones, informes, viabilidad, pero con ciertas salvedades. Cuando la empresa deudora se encuentre en concurso, las cuestiones relativas a los trabajadores serán conocidas por el Juzgado de lo Mercantil.
Hasta que no se tramite el ERE, el cual normalmente será negociado por el Administrador Concursal, los trabajadores no se encuentran en situación de despido. Por esto no tendrán derecho a desempleo, aunque sí se mantiene la cobertura de la Seguridad Social.
Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, supone que no tiene liquidez para poder hacer frente a los pagos u obligaciones que esta tuviera. Lo que deriva en que no podrá realizar tampoco los pagos de los salarios a los trabajadores.
Estanislao de Kostka, experto en Derecho laboral
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¿A cuántos trabajadores se pueden despedir en un ERE?
En caso de ERE, o comúnmente conocido despido colectivo por causas objetivas, el número de trabajadores que se podrán despedir, variará en función del número de trabajadores que tenga la empresa.
El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores establece que, este tipo de despido se da cuando, en un período de 90 días, se ven afectados al menos:
a) 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores.
b) El 10% del número de trabajadores, en empresas con entre 100 y 300 trabajadores.
c) 30 trabajadores, en empresas con más de trescientos trabajadores.
¿Qué indemnización me corresponde con un ERE?
La Ley establece un mínimo de indemnización para estos casos. El cual será de no menos de 20 días por año trabajado y con un máximo de 12 mensualidades.
Desde el punto de vista práctico, el empresario suele negociar una indemnización superior a la mínima que estipula la Ley. Esto con el fin de evitar una posible impugnación judicial del ERE; esto conlleva a que las indemnizaciones se encuentren entre los 20 días mínimos que establecidos por la ley y los 33 del despido improcedente.
¿Qué hago si mi empresa está en concurso de acreedores y me debe dinero?
Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, supone que no tiene liquidez para poder hacer frente a los pagos u obligaciones que esta tuviera. Lo que deriva en que no podrá realizar tampoco los pagos de los salarios a los trabajadores. No obstante, esto no es tan taxativo como parece.
Pues bien, se satisfarán los créditos por orden, primero los privilegiados (privilegio especial y general), después los ordinarios y, por último, los subordinados. Los salarios de los trabajadores, sin tener ninguna particularidad que los conviertan el algún tipo privilegiado, suelen encuadrarse en los tres últimos tipos, por lo que, es probable que la empresa concursada no pueda satisfacer esos créditos, pero aquí es donde entra en acción el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
El FOGASA afrontará el pago pero con un tope que no superará el doble del salario mínimo interprofesional. Dicho importe será de 20 días por año trabajado; por lo que habrá que realizar una reclamación ante el FOGASA.
Mi empresa me ha despedido y no me ha pagado la nómina, ¿qué hago?
En el caso de que se haya cursado el despido del trabajador, se deberá presentar papeleta de conciliación ante Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Aquí se intentará llegar a un acuerdo en cuanto al tipo de despido y cantidades que se deben al trabajador. Una vez presentada la papeleta y celebrado el acto de conciliación, si no se llega a un acuerdo, se deberá presentar la oportuna demanda ante el Juzgado competente, en reclamación de un despido improcedente y del abono de las cantidades que correspondieren.
Estoy despedido y pendiente de juicio, ¿me afecta que la empresa esté en concurso de acreedores?
En este caso, si se ha demandado a la empresa previamente, se tendrá que ampliar la demanda contra el administrador concursal, demandándole a él también; de no ser así se suspenderá el juicio para que sea demandado.
También, por parte del trabajador, se deberá de informar de aquellas cantidades que se está reclamando al administrador concursal al declararse el concurso. Para lo que se dispone de un plazo de 30 días, si es un concurso ordinario, y de 15 días si es abreviado. Y, en adicción, se deberá poner en conocimiento del juez del concurso, las deudas que se están reclamando.
Le he ganado el juicio a mi empresa pero ahora está en concurso de acreedores, ¿me afecta?
Siguiendo lo establecido en las líneas anteriores, si se diera el supuesto de ver estimadas todas las pretensiones del trabajador, y de producirse el impago por parte de la empresa concursada, práctica bastante frecuente, se deberá solicitar al administrador concursal un certificado, para así poder acudir al FOGASA a solicitar el pago.
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