Despido improcedente: ¿Qué es un? ¿Cuáles son las causas de que ocurra? ¿Cómo está regulado por la ley? ¿Qué consecuencias tiene para el trabajador? ¿Puede alguien ser readmitido tras ser despedido de manera improcedente? En esta ocasión Valentín Jesús Aguilar Villuendas experto en Derecho del trabajo, nos ofrece toda la información necesaria sobre el despido improcedente.
¿Qué es un despido improcedente?
El despido se considera improcedente cuando el juzgado declara que el empresario ha extinguido unilateralmente la relación laboral sin causa que lo justifique y/o sin cumplir algunos requisitos formales establecidos legalmente.
Por ejemplo: no entrega de carta de despido o falta de celebración de período de consultas en un despido colectivo.
¿Cuáles son las causas de un despido improcedente?
El empresario puede justificar el despido atendiendo a las causas establecidas en el Estatuto de los Trabajadores para los despidos objetivos o, en su caso, despido disciplinario. El primero, viene como consecuencia de las propias circunstancias económicas, organizativas o de producción de la empresa que suponen que se prescinda de personal. El segundo, viene como consecuencia de incumplimientos laborales efectuados por el propio trabajador despedido.
Por tanto, si el despido no está basado en alguna de estas causas se considerará como improcedente.
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¿Cómo está regulado por la ley un despido improcedente?
El despido improcedente se encuentra regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, en el cual, se establecen unos requisitos legales que condicionan al empresario para la decisión de extinguir unilateralmente la relación laboral.
¿Qué consecuencias tiene si me despiden de manera improcedente?
Declarada judicialmente la improcedencia del despido el empresario dispone de un plazo de 5 días para optar entre indemnizar o reincorporar al trabajador.
En caso de optar por la indemnización sería la cantidad equivalente a treinta y tres días de salario hasta un máximo de 24 mensualidades, en contratos celebrados desde el 12 de febrero de 2012. Si el contrato se celebró antes del 12 de febrero de 2012, le corresponderían 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades hasta dicha fecha. La opción de la indemnización determina el fin de la relación laboral desde el cese efectivo en el trabajo.
Si el empleador no manifiesta su decisión, se entiende que opta por la readmisión, excepto cuando se trate de un representante legal de los trabajadores o delegado sindical donde será el propio trabajador el que decida entre ambas opciones.
¿Puedo ser readmitido tras un despido improcedente?
Sí, tal y como se ha señalado en el apartado anterior, el empresario puede optar por readmitir al trabajador en las mismas condiciones laborales que tenía antes de su despido. En este caso, la readmisión conlleva el pago de los salarios de tramitación, sin la indemnización correspondiente al despido al no hacerse efectivo el despido, y los correspondientes pagos a la seguridad social.
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