Calcular la indemnización por accidente laboral: ¿En qué consiste la indemnización por accidente laboral? ¿Cuáles son las indemnizaciones a las que puedes tener derecho? ¿Qué tener en cuenta en su cálculo? ¿Cómo calcularla? Plazo. Arys, despacho experto en Derecho del Seguro, resuelve todas las dudas referidas a este tema.
¿En qué consiste la indemnización por accidente laboral?
Consiste en la compensación económica que tiene derecho a percibir un trabajador por los daños que el accidente de trabajo o la enfermedad profesional le ha ocasionado.
¿Cuáles son las indemnizaciones a las que puedes tener derecho?
Indemnización por la omisión de las medidas de seguridad:
Si el accidente se produjo en su totalidad o en parte por una omisión de medidas de seguridad por parte de la empresa, podremos reclamar una indemnización la cual está basada en el baremo recogido en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre.
El artículo 14.2 de la Ley de Prevención de riesgos laborales establece que «el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo».
Por ejemplo, habrá responsabilidad empresarial cuando no se haya facilitado y/o realizado la formación correspondiente de prevención de riesgos laborales, o un ejemplo más actual que no se hayan suministrado los equipos de protección individual obligatorios.
Además de recargo de prestaciones, referidas a la obligación empresarial de aumentar o complementar la prestación de incapacidad temporal o incapacidad permanente derivado de un incumplimiento de la prevención de riesgos laborales que ha tenido la consecuencia del accidente laboral o enfermedad profesional. Dicho recargo será el resultado de incrementar la prestación en un 30% o 50% en función de la gravedad del incumplimiento empresarial.
Otra posible opción es reclamar la indemnización a la mutua cuando las condiciones de seguridad no eran las adecuadas.
Indemnización por incapacidad
Indemnización por incapacidad:
En caso de incapacidad laboral temporal, tendrá derecho a cobrar una prestación del 75% de la base reguladora de su salario. Esta prestación puede llegar a ser del 100% si así se establece el Convenio Colectivo de aplicación.
Si el accidente ocasiona una incapacidad permanente parcial se puede reclamar una indemnización de 24 veces su salario mensual.
El trabajador podrá reclamar una pensión del 55% de su salario mensual para el caso de sufrir una incapacidad permanente total.
Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes:
Si, además y como consecuencia del accidente de trabajo, sufre secuelas permanentes pero que no le incapaciten para el desempeño de sus funciones laborales, será indemnizado por “lesiones permanentes no invalidantes”, según el baremo de aplicación. Si esas secuelas que sufre el trabajador tras el accidente laboral suponen una incapacidad laboral permanente, será indemnizado según el grado que se determine: parcial, total o absoluta.
Se podrá percibir para el caso de que el accidente produzca unas secuelas que le ocasionen un perjuicio estético o funcional, pero que no le incapaciten para el desempeño de su trabajo.
Indemnización por seguro de convenio:
Este tipo de indemnización se da en los trabajos especialmente peligrosos, dando lugar a que el Convenio Colectivo recoja la obligación de contratar un seguro que cubre los daños que pueda sufrir el trabajador en caso de accidente laboral.
Esta indemnización se percibe por ejemplo para el caso de trabajar en la construcción.
No existe en la legislación laboral un plazo específico para reclamar los daños y perjuicios causados por un accidente laboral sufrido por un trabajador como consecuencia de la negligencia o incumplimiento por parte del empresario, resultando de aplicación el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores que establece el plazo de un año para reclamar.
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¿Qué tener en cuenta en el cálculo de la indemnización por accidente laboral?
En cuanto al cálculo y cuantía de la indemnización a reclamar en caso de responsabilidad, no hay ningún baremo en la legislación laboral donde se establezca el cálculo exacto de la indemnización a la cual se tiene derecho, y ha sido la jurisprudencia la que ha considerado adecuado que se utilice por analogía el baremo relativo a accidentes de tráfico recogido en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre incrementando su cuantía en un porcentaje que la jurisprudencia ha venido fijando en torno a un 30%.
Hay que tener en cuenta que al trabajador le pueden corresponder varias indemnizaciones tales como en el ámbito laboral, civil e incluso penal, por lo que es necesario de un experto en la materia para defender sus derechos y conseguir que paguen por la totalidad de los daños que el trabajador haya tenido.
¿Cómo calcular la indemnización por accidente laboral?
La compensación económica a recibir por el trabajador será la suma de todos los daños y perjuicios que le hayan provocado el accidente laboral al trabajador, tanto materiales como personales. Así lo establece el propio artículo 156 de la Ley de la Seguridad Social , el accidente laboral o de trabajo es la lesión corporal (enfermedad, traumatismo, herida, abrasión, etc) que sufre un trabajador a consecuencia del trabajo por cuenta ajena que realiza, siempre y cuando esa lesión sea consecuencia directa del trabajo que desempeña.
- Gastos patrimoniales: donde se engloba el daño emergente tales como gastos de asistencia sanitaria, rehabilitación, farmacéutica, desplazamiento, gastos de defunción… Lucro cesante consistente en la pérdida de una ganancia legítima.
- Gastos no patrimoniales: siendo éstas las limitaciones funcionales como los impedimentos para realizar determinados actos de la vida cotidiana. La lesión en concreto también puede provocar daño estético y/o daño moral.
Plazo para reclamar la indemnización por accidente laboral
No existe en la legislación laboral un plazo específico para reclamar los daños y perjuicios causados por un accidente laboral sufrido por un trabajador como consecuencia de la negligencia o incumplimiento por parte del empresario, resultando de aplicación el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores que establece el plazo de un año para reclamar.
De manera más específica, los plazos para reclamar las indemnizaciones son los siguientes:
- Si hay que reclamar una indemnización a la empresa por daños y perjuicios, se dispone de un año de plazo desde la estabilización de las lesiones que haya padecido el trabajador.
- En caso de estar en una situación de Incapacidad Permanente, el plazo será de un año desde la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Si es derivado de un delito contra los trabajadores,regulado en el artículo 316 del Código Penal, el plazo para reclamar es de cinco años.
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