¿Cuál es la diferencia entre la baja voluntaria y el abandono del puesto de trabajo?, ¿tengo derecho a paro si curso la baja voluntaria?, ¿cuáles son las consecuencias del abandono del puesto de trabajo? Javier Monge Abad experto en Derecho del Trabajo, nos lo cuenta todo sobre esta cuestión.
Introducción
La baja voluntaria y el abandono del trabajo son dos formas de dar por finalizada una relación laboral por voluntad del trabajador, sin embargo, la forma de realizarlo y las consecuencias que se producen en uno y otro caso son diferentes.
¿Qué es una baja voluntaria?
En el caso de la baja voluntaria el trabajador comunica de forma expresa a la empresa, habitualmente por medio de una carta de baja voluntaria, su intención de dar por finalizada la relación laboral y solicita la extinción de su contrato.
Estamos, por tanto, ante una decisión adoptada por el trabajador que, para ser válida, debe ser libre y sin que exista coacción o amenaza de ningún tipo.
¿Cuándo se puede solicitar la baja voluntaria?
La solicitud de baja voluntaria no requiere que el trabajador dé explicación del motivo por el que se solicita la misma y es posible su uso en cualquier tipo de contrato de trabajo.
Tal como dispone el artículo 49 d) del Estatuto de los Trabajadores, en la solicitud de baja voluntaria debe mediar un preaviso entre el momento en el que se comunica la decisión del trabajador de causar baja en la empresa y la fecha en la que la misma tendrá efectos.
El tiempo de preaviso vendrá establecido por el convenio colectivo aplicable a la relación laboral o en su defecto por la costumbre del lugar. Si el trabajador incumple el plazo de preaviso establecido la empresa podrá descontarle del salario los días de preaviso incumplidos.
El consejo hacia los trabajadores sería que en caso de querer causar baja voluntaria en la empresa, se comunique la misma mediante la entrega de una carta de baja voluntaria respetando los plazos de preaviso que marque el convenio colectivo para evitar de este modo penalizaciones.
Javier Monge Abad, experto en Derecho del trabajo.
Contacta con el abogado
¿Qué pasa si me arrepiento tras presentar la carta de baja voluntaria?
Hay que destacar que el trabajador tiene derecho a retractarse y volverse atrás en su decisión de causar baja voluntaria en la empresa hasta antes del momento en que vaya a producir efectos la misma.
Por eso, aún habiendo entregado la carta de baja voluntaria a la empresa, si el trabajador se arrepiente antes de que llegue el día en que se vaya a causar baja, el contrato continuará en vigor sin que la empresa pueda negarse a ello.
Consecuencias para el trabajador ante una baja voluntaria
La principal consecuencia de la baja voluntaria es la finalización de la relación laboral por extinción del contrato de trabajo.
¿Tengo derecho a cobrar una indemnización?
El trabajador no tendrá derecho a percibir de la empresa indemnización de ningún tipo, pero sí a que se le abone todo el tiempo trabajado hasta el momento de la finalización de su contrato de trabajo así como la parte proporcional de pagas extras pendientes de cobro y los días de vacaciones no disfrutados en el momento de la extinción del contrato.
¿Puedo solicitar el paro tras cursar una baja voluntaria?
La baja voluntaria no da derecho al cobro de la prestación por desempleo ya que la finalización del contrato de trabajo por decisión del trabajador no se considera una situación legal de desempleo.
No obstante, el tiempo cotizado por desempleo durante esta relación laboral no se pierde.
Se podrá cobrar la prestación por desempleo acumulada por dicho contrato si con posterioridad el trabajador tiene otra relación laboral y esta finaliza por causa que sí constituya una situación legal de desempleo:
- Despido
- Fin de contrato por alcanzar la duración pactada
- Etc.
¿Qué consecuencias tiene para el trabajador el abandono del puesto de trabajo?
¿En qué se diferencia la baja voluntaria del abandono del puesto de trabajo?
A diferencia de las bajas voluntarias, en las que el trabajador suele comunicar a la empresa su intención mediante la entrega de una carta de baja voluntaria, en el caso del abandono del puesto de trabajo no hay una comunicación expresa por parte del trabajador a la empresa de su deseo de dar por finalizada la relación laboral.
simplemente el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo mostrando de este modo su voluntad de rescindir el contrato de trabajo.
¿En caso de abandono del puesto de trabajo puedo reclamar una indemnización?
Las consecuencias serán las mismas que en el supuesto de la baja voluntaria, esto es, el trabajador no tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato de trabajo pero sí a que se le abonen los salarios pendientes, la parte proporcional de pagas extras no cobradas y las vacaciones no disfrutadas.
¿Puedo solicitar el paro?
Al igual que en el supuesto de la baja voluntaria el trabajador no tendrá derecho a la prestación por desempleo.
¿Cómo se determina la voluntad del trabajador de cursar la baja de la empresa?
Ahora bien, la falta de una comunicación expresa por parte del trabajador puede dar lugar a que se generen dudas respecto de cual es la verdadera voluntad del trabajador, ya que la ausencia temporal del trabajador a su puesto de trabajo no puede considerarse de forma automática como una solicitud de baja voluntaria por parte del mismo.
Por ello, para poder considerar dicha conducta como una manifestación del trabajador de querer causar baja en la empresa, deberá venir reforzada por otras evidencias externas de las que pueda deducirse de forma clara que la voluntad del trabajador es la de causar baja voluntaria en la empresa.
¿Cómo tiene que proceder la empresa si existen dudas respecto a la intención del trabajador?
Desde la perspectiva de la empresa, en caso de duda respecto de cual es la voluntad del trabajador, se debería actuar de forma cautelosa y asegurarse bien de la intención del trabajador de causar baja voluntaria en la empresa.
En caso de duda, y de no existir justificación para dicha ausencia, proceder a sancionar dicha conducta conforme a lo regulado en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido disciplinario en caso de “las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o impuntualidad al trabajo”.
Hay que tener en cuenta que el convenio colectivo puede establecer un régimen sancionador distinto para este tipo de conductas, en cuyo caso prevalecerá lo establecido en el convenio colectivo a lo señalado en el Estatuto de los Trabajadores.
¿En qué casos no existe abandono del puesto de trabajo?
Como se ha indicado anteriormente, la ausencia del trabajador a su puesto de trabajo no produce de forma automática la extinción del contrato, ya que dependerá de que exista una verdadera voluntad por parte del trabajador de dar por finalizado su contrato de trabajo.
Supuestos en los que no existe abandono del puesto de trabajo
En consecuencia, existen determinados supuestos en los que la ausencia del trabajador a su puesto de trabajo no puede considerarse como abandono del mismo como sería el caso de los siguientes ejemplos:
1. No reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo tras el alta médica motivado por un retraso en la comunicación al trabajador de dicha alta.
2. Impedimento por parte de la empresa al trabajador del acceso al centro de trabajo o de la prestación de sus servicios.
3. Cuando el trabajador no puede acudir al puesto de trabajo por causa de fuerza mayor.
4. Error involuntario por parte del trabajador al no acudir a su puesto de trabajo al creer que estaba en periodo de vacaciones o excedencia.
5. Negativa del trabajador a reincorporarse a su puesto de trabajo tras la decisión unilateral de la empresa de dejar sin efecto un despido previamente comunicado al trabajador. En este supuesto el trabajador puede negarse a reincorporarse al puesto de trabajo hasta que haya una decisión judicial respecto del despido.
Lo anterior son diferentes ejemplos de los innumerables supuestos que se pueden producir, siendo lo determinante para que podamos hablar de abandono de puesto de trabajo que la voluntad del trabajador sea la de dar por finalizada la relación laboral.
¿En qué casos existe abandono del puesto de trabajo?
Al hilo de lo expuesto en el punto anterior, la empresa debe ser cautelosa a la hora de interpretar que la ausencia del trabajador a su puesto de trabajo viene motivada por la voluntad del mismo de finalizar su contrato de trabajo, por lo que habrá que estar a cada caso en concreto para poder determinar la existencia o no de dicha voluntad.
¿Qué conductas son determinantes a la hora de establecer la voluntad del trabajador de abandonar su puesto de trabajo?
No obstante, los tribunales, de forma mayoritaria, han venido interpretando ciertas conductas por parte del trabajador como determinantes de la expresión del mismo de su voluntad de dar por finalizado su contrato de trabajo. A mero ejemplo podemos hablar de los siguientes supuestos:
- Cuando el trabajador no acude a su puesto de trabajo e inicia una nueva relación laboral con otra empresa.
- La no reincorporación tras haber sido sancionado con la suspensión de empleo y sueldo.
- Cuando tras un proceso de despido la empresa opta por la readmisión pero es el trabajador el que no se reincorpora tras ser requerido para ello.
- Cuando el trabajador no se reincorpora tras haber finalizado un periodo de excedencia.
- La no reincorporación por parte del trabajador tras finalizar el periodo de incapacidad temporal.
¿Qué pasa si me despiden por abandono del puesto de trabajo y no estoy de acuerdo?
Como ya se ha señalado, lo determinante es la voluntad del trabajador tras la conducta de ausentarse de su puesto de trabajo, por lo que muchas veces este tipo de situaciones termina en conflictos laborales al no coincidir la interpretación que la empresa hace de la voluntad del trabajador al ausentarse de su puesto de trabajo con la verdadera intencionalidad del trabajador.
Recomendaciones para los trabajadores
Consecuentemente con todo lo expuesto, el consejo hacia los trabajadores sería que en caso de querer causar baja voluntaria en la empresa, se comunique la misma mediante la entrega de una carta de baja voluntaria respetando los plazos de preaviso que marque el convenio colectivo para evitar de este modo penalizaciones.
Recomendaciones para las empresas
En el caso de las empresas el consejo es que actúen de forma cautelosa y, en caso de duda respecto de la intencionalidad del trabajador, nunca proceder a cursar una baja voluntaria.
Si se considera que no existe justificación para la ausencia del puesto de trabajo proceder a iniciar un procedimiento sancionador o despido disciplinario ajustándose a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, en el artículo 54 del estatuto de los trabajadores.
¿Quieres contactar con el experto Javier Monge Abad? Solicitar llamada.
Descubre todas las publicaciones del autor aquí.
Más información sobre la baja voluntaria aquí.