¿Es obligatorio que mi hijo vaya al colegio?

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Con el coronavirus muchas familias se plantean la posibilidad de que sus hijos puedan continuar voluntariamente con las clases online desde casa y evitar contagios en septiembre. ¿Puede quedarse un menor a estudiar en casa cuando empiece el nuevo curso? Es más difícil cuando los progenitores no están de acuerdo en si debería ser obligatorio que su hijo vaya al colegio en septiembre, pero hoy responde la abogada experta en derecho de familia Sara Benjelali González.

El pasado 11 de Junio de 2020 se celebró la Conferencia Sectorial de Educación, cuyo objetivo es coordinar y acordar las pautas para el reinicio de la actividad educativa presencial en septiembre, entre otras cuestiones.

¿Qué Comunidades Autónomas se han adherido a este acuerdo?

Todas las Comunidades Autónomas, a excepción de Madrid y País Vasco, han acordado adoptar la actividad lectiva presencial como principio general para el inicio y desarrollo del curso escolar 2020-2021. Estos acuerdos dan prioridad a las etapas infantil y primaria.

En Cataluña ya abrieron el 1 de junio, con el lema «para no volver a cerrar», si bien la asistencia es voluntaria. Los colegios en Cataluña permanecerán abiertos los meses de julio y agosto, a fin de ponerlos a disposición de Ayuntamientos y otras entidades para actividades lúdicas en el periodo estival. Las guarderías por su lado también han abierto para menores a partir de 1 año, debiendo llevar mascarilla los menores a partir de 5 años pero no los maestros y/o cuidadores.

¿Qué medidas educativas se han adoptado?

El texto es poco concreto pero las medidas adoptadas podrían resumirse en las siguientes:

  • Se deben de adaptar las programaciones didácticas en todas las etapas educativas no obligatorias, a fin de recuperar la enseñanza-aprendizaje perdido durante el confinamiento.
  • Las escuelas deberán elaborar planes de inicio de curso y las administraciones educativas planes de contigencia ante un eventual rebrote de la pandemia.
  • Los centros educativos han de establecer planes de seguimiento y apoyo a los alumnos ante dificultades de aprendizaje o dificultades emocionales.
  • Fomentar el trabajo colaborativo entre docentes y equipos directivos, reforzando los recursos tecnológicos de las escuales y las comptencias digitales de profesores y alumnos.

La realidad es que se traslada la responsabilidad a los centros escolares del protocolo sanitario, sin contar que existen servicios de prevención, riesgo y salud, cualificados para desarrollar dichos protocolos. Tampoco veo coherente que las escuelas y principalmente los profesores deban asumir la responsabilidad ante un eventual rebrote de la pandemia, pues para ello debería coordinarse en colaboración con personal sanitario. Y tampoco se ha contado con la opinión de las familias.

¿Qué medidas sanitarias frente al Covid-19 se han adoptado?

Alumnos de Infantil hasta 4ª de Primaria:

El Ministerio de Educación considera que los niños no son una fuente tan importante de contagio, si bien discrepo pues el primer gran estudio que ha analizado no sólo a pacientes a los que se les ha diagnosticado la enfermedad como a personas de su entorno, da como resultado que los niños y adolescentes tienen tanto riesgo de contraer el Covid-19 como los adultos, lo que aún no se sabe es si son o no vectores de la enfermedad.

Pueden socializar sin mantener la distancia interpersonal de forma estricta, ya que es un grupo de convivencia estable, según el protocolo. Este grupo deberá limitar al máximo el número de contactos con otros grupos del centro educativo. No deberán llevar mascarilla hasta los cinco años (en lo cual discrepo también, pues las mascarillas es lo único que puede protegernos por ahora frente al Covid-19).

Educación infantil

En el caso de la Educación Infantil (0 a 3 años) el profesorado no tendrá que ir con mascarilla, recomendándose solamente que lleven el pelo recogido, eviten los colgantes, pulseras y anillos, así como laven su ropa a diario a alta temperatura, priorizando el uso de juguetes que se puedan desinfectar fácilmente. Lo cual considero es una imprudencia, ya que pueden contagiar a los menores y/o contagiarse ellos mismos.

Alumnos de 5º y 6º de Primaria, Secundaria y Bachillerato

Deberá haber una separación de al menos 1,5 metros entre las mesas y los alumnos, debiéndose asegurar una ventilación adecuada y limpieza. Se priorizarán los espacio libres para la realización de actividades educativas y de ocio.

Uso de mascarilla obligatorio en clase

Para los alumnos de 5º de Primaria el uso de la mascarilla es obligatorio sino se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, pero no será necesaria si están sentados en sus pupitres y éstos mantienen esa distancia.

Nuevos espacios habilitados

Se prevé también habilitar espacios alternativos en el centro educativo, como las bibliotecas, comedores, gimnasio, polideportivos, etc., sin embargo no se concreta cuáles serán los criterios para ubicar a estos alumnos, para lo que habría de pedirse permiso a los ayuntamientos.

Mamparas de protección

Conserjería debe colocar una mampara o cristal para la atención al público.

Transporte escolar

En relación al transporte escolar, se tratará de fomentar el transporte activo, es decir ir en bicicleta o caminando, debiendo los centros escolares fomentar rutas seguras para llegar al colegio. En el autobús escolar será obligatorio el uso de mascarillas a partir de los 6 años.

¿Y si surge un caso de posible Covid-19 en el colegio?

Si un alumno presenta síntomas, se le llevará a un espacio separado en donde se le colocará una mascarilla, contactándose con la familia. Se llamará al centro de salud o teléfono de referencia de la comunida autónoma. En el caso que los síntomas sean graves o presenten dificutad respiratoria, se llamará al 112, que se encargará de la identificación y seguimiento de los contactos, conforme al protocolo de vigilancia y control vigente en la comunidad autónoma que corresponda.

En cada centro educativo, deberá haber un «Equipo Covid-19» formado por la dirección, la secretaria y uno o más miembros del equipo docente, un miembro del servicios de limpieza y otro de representación de las familias y los alumnos, quienes deben garantizar el cumplimiento e implementación del protocolo. Además deben elaborar planes de contingencia, aunque realmente no debería ser de su competencia pero así lo ha establecido el Ministerio de Educación.

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¿Habrá servicio de comedor? ¿Cómo saldrán los niños al patio?

Se establece que podrá utilizarse las aulas para comer. La comida se servirá en carros de bandeja de forma que se mantengan los grupos de convivencia estable (Infantil a 4º de Primaria).

Los menores de 10 años, podrán acudir al comedor en los turnos y espacios que se fijen. Para los mayores de 10 años, la mesas y sillas deberán guardar la distancia interpersonal de 1,5 metros mínimo.

El juego en el patio también estará pautado y dividido por turnos. Si bien a la salida del colegio todos se juntarán porque nada se ha establecido para seguir tratando de minimizar la interacción entre los distintos grupos.

¿Qué medidas educativas se han acordado en Formación Profesional?

Se ha adoptado un Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo 2019-2021, basado en 5 ejes:

  • Renovación del catalógo de títulos de FP, lo que implica nuevas formaciones y actualización de los títulos existentes.
  • Hoja de ruta para la ampliación de la oferta, mejora de la accesibilidad y reconocimiento de competencias básicas y profesionales.
  • Formación del profesorado, a fin de aproximar la innovación de cada uno de los sectores productivos al personal docente.
  • Modificación del a normativa de enseñanzas de FP del sistema educativo a través de la Ley de Ordenación General de la Formación Profesional y Real Decreto por el que se regulen las características básicas del régimen de Formación Profesional Dual.

¿Es obligatorio llevar a mi hijo al colegio?

En España la escolarización no es obligatoria hasta los 6 años. No llevar a un hijo al colegio a partir de los 6 años, puede llevar a sus padres a verse condenados a una pena de prisión de 6 meses a 6 años de prisión.

Dejo apuntado que, en España existen cada vez más familias de homescholers (es una opción educativa, también llamada Educación en Familia, en la que los padres deciden educar a sus hijos fuera de las instituciones educativas, sean públicas o privadas). En España, la legislación vigente establece que la educación debe ejercerse en centros homologados, siendo obligatoria hasta los 16 años, aunque la ley no prohibe de manera explícita el homeschooling, que es una práctica muy regulada en países como Francia, Estados Unidos, Australia, Italia o Irlanda. Dado que la fórmula legal es complicada, es aconsejable informarse a conciencia para no tener problemas pero puede hacerse.

Si no quieres llevar a tu hijo al colegio o estás en desacuerdo con tu expareja sobre ello, echa un vistazo a este otro artículo.

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14 comentarios en “¿Es obligatorio que mi hijo vaya al colegio?”

  1. Buenas tardes Sara, se dice que la educación infantil no es obligatoria, pero escuchado que una vez lo haya matriculado si lo sería, mi hija pasa a 5 de infantil, sabrías decirme algo? Gracias

    1. Hola Lucía, en breve saldrá otra publicación sobre esta cuestión. La escolarización obligatoria en España es a partir de los 6 años hasta los 16 años. Si ambos padres están conformes en que no vaya al colegio, su asistencia tiene carácter voluntario y la administración ante esta situación no puede actuar, puesto que no incumples normativa alguna. Cuestión distinta es que los progenitores estén divorciados y uno quiera llevarlo al centro escolar y el otro no, se ha dictado un Auto por un Juzgado de Familia de León, que espero que esté recurrido, que es el que analizo en el siguiente artículo que saldrá en los próximos días.

      Cualquier duda quedo a tu disposición.

    2. Sara Benjelali Gonzalez

      Hola Lucía,

      No es obligatorio en España, la escolarización de un menor de 6 años. Da igual que lo apuntaras el año pasado, el colegio puede ofrecer esos cursos de preescolar para que los niños vayan adaptándose a las rutinas escolares e inter-relacionen con otros menores, pero son los padres quienes deciden si apuntan a su hijo o no este año, si son menores de 6 años. Reitero que la escolarización obligatoria en España, lo es a partir de los seis años.

      Saludos

      Cualquier duda quedo a tu disposición, pudiendo ponerte en contacto conmigo a través del siguiente link: https://www.emerita.legal/abogado/sara-benjelali-gonzalez-24851

    1. Hola Pilar, en breve saldrá otra publicación sobre esta cuestión. Te contesto lo mismo que otra mamá, la escolarización obligatoria en España es a partir de los 6 años hasta los 16 años. Si ambos padres están conformes en que no vaya al colegio, su asistencia tiene carácter voluntario y la administración ante esta situación no puede actuar, puesto que no incumples normativa alguna. Cuestión distinta es que los progenitores estén divorciados y uno quiera llevarlo al centro escolar y el otro no, se ha dictado un Auto por un Juzgado de Familia de León, que espero que esté recurrido, que es el que analizo en el siguiente artículo que saldrá en los próximos días.

      Cualquier duda quedo a tu disposición, pudiendo ponerte en contacto conmigo a través del siguiente link: https://www.emerita.legal/abogado/sara-benjelali-gonzalez-24851

  2. Artículo muy interesante sobre la obligatoriedad que tienes de llevar a tus hijos al colegio ante la situación que estamos viviendo con el covid. Gracias.

  3. Mi hijo pasa a infantil de 4 años, el curso pasado ya fue al colegio y lo matriculamos para este año pero viendo la situación no queremos llevarlo, yo ahora mismo tampoco estoy trabajando y podría estar con él en casa. En colegio dice que como esta escolarizado tiene que asistir y si no lo hace ellos tienen que informar del absentismo escolar. Que puedo hacer? .

    1. Buenas noches Davi,

      Aunque el colegio diga que informará de absentismo escolar, insisto que la escolarización obligatoria en España lo es de los 6 a los 16 años, por lo que el hecho de matricularlos anteriormente es de carácter voluntario por parte de los padres. Si ambos progenitores estáis conformes, no te preocupes.

      Si precisas mayor asesoramiento, ruego te pongan en contacto conmigo a través del siguiente link: https://www.emerita.legal/abogado/sara-benjelali-gonzalez-24851

      Saludos

  4. Hola , mi hija tiene 5 años y esta matriculada al colegio me llamaron del colegio para amenazar que pasara nota a asistenta social y no llevo a la niña al colegio nosotros vivimos en Madrid Leganes. Me interesa imprimir la ley donde hasta los 6 años no estamos obligados de llevar a a los niños al colegio
    Muchas gracias
    Un saludo

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