¿A qué edad puede un niño incumplir el régimen de visitas y negarse a ir con su padre?

¿A qué edad puede un niño incumplir el régimen de visitas?, ¿puede mi hijo negarse a ir con su padre?, ¿cuáles son las consecuencias de incumplir el régimen de visitas? Gemma González Calvo abogada especializada en Derecho de familia, nos cuenta todo lo que tenemos que saber al respecto.

¿A qué edad puede un niño decidir no ver a su padre?

La regla general es que el hijo menor de edad no puede negarse a ver a su padre, salvo causa justificada que aconseje que el menor no vea al padre. Es decir, salvo situaciones excepcionales, solo podrá negarse el hijo a ver a su padre una vez cumpla los 18 años, alcanzando la mayoría de edad.

¿A qué edad puede decidir mi hijo con quién quiere vivir?

No obstante, hay ocasiones en las que el cumplimiento de las visitas plantea problemas y en esos casos hay que tener en cuenta que a partir de los 12 años de edad la Ley contempla que los hijos deben obligatoriamente ser escuchados por el Juez. Más aún, pueden ser escuchados antes de esa edad si fueran lo suficientemente maduros. 

Su opinión no es decisiva hasta la mayoría de edad.

No obstante, su opinión suele ser tenida en cuenta en la adolescencia dado que por su edad ya suelen ser más independientes y tienen planes con los amigos. Es recomendable acordar entre los padres y los hijos como llevar a cabo esos contactos. 

¿Puede mi hijo incumplir el régimen de visitas?

El obligado al cumplimiento del régimen de visitas fijado es el progenitor que tiene al hijo bajo su custodia. Los juzgados no amparan las negativas injustificadas de los menores con independencia de su edad.

También puede ocurrir que llegada la adolescencia los hijos de 14 años en adelante quieran más independencia. Es decir, pasar menos tiempo con la familia y más con los amigos. Eso puede suponer que se nieguen a la imposición de un régimen estricto. Resulta harto complicado hacer cumplir a un adolescente con unas visitas que no quiere. Puede incluso resultar contraproducente y revertir en una peor relación entre padres e hijos.

Gemma González Calvo, experta en Derecho de familia

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¿En qué consiste el régimen de visitas?

El régimen de visitas tiene como finalidad que los hijos, mantengan un contacto regular con ambos progenitores. El régimen de visitas habitual es fines de semana alternos y una o dos tardes de visita intersemanal. Pero también hay regímenes de visitas más amplios que suponen que aquel de los padres que no tenga la custodia exclusiva pueda entregar al niño en el colegio el lunes por la mañana. 

Que exista una guardia y custodia compartida no significa no haya un régimen de visitas para el aquel que no tiene ese periodo los niños con él. 

¿Cómo se establece el régimen de visitas?

Tanto en los casos de divorcio, como cuando se trata de padres que no han contraído matrimonio, siempre que hay hijos menores de edad, este régimen de visitas se fija a través de una Sentencia. Ya sea:

1. A través de un procedimiento de mutuo acuerdo

En el que los padres acuerdan las distintas medidas que afectan a los menores en un convenio regulador

2. A través de un procedimiento contencioso

En el que es el juez quien fija esas medidas en la Sentencia. 

¿Puede uno de los progenitores incumplir el régimen de visitas?

Pero puede pasar que las necesidades de los hijos cambien o las visitas se vuelvan incompatibles, por ejemplo, con un nuevo horario laboral de los padres.

En ese caso, los padres pueden acordar cuál será el nuevo régimen de visitas a través de un nuevo convenio regulador.

¿Y si no puedo llegar a un acuerdo con mi ex para poder modificar el régimen de visitas?

Al igual, si no hubiera posibilidad de acuerdo, se puede solicitar una modificación del régimen de visitas al Juzgado a través de un procedimiento de modificación de medidas. 

¿Puedo determinar con mi ex cómo va a ser el régimen de visitas a través de un acuerdo verbal?

En ningún caso, se aconseja que el acuerdo en relación a las visitas de los hijos sea verbal, pues no podrá exigirse al Juez que obligue a los progenitores al cumplimiento de un acuerdo verbal entre ellos. 

¿Qué puedo hacer tras incumplir el régimen de visitas con los hijos?

Cuando no se cumple el régimen de visitas, el progenitor afectado puede acudir a un procedimiento de ejecución de Sentencia. A través de este procedimiento el Juez verifica que efectivamente existe ese incumplimiento y toma medidas al respecto. 

¿Qué medidas puedo tomar contra mi ex por incumplir el régimen de visitas reiteradamente?

Si se trata de un incumplimiento reiterado, se podrán imponer multas mensuales hasta que se cumpla la Sentencia.

También se podrá solicitar al Juzgado que los intercambios se realicen a través de un Punto de Encuentro Familiar, de manera que los técnicos que allí trabajan, elaboran unos informes sobre las entregas y recogidas que remiten al Juzgado.

De esta forma se hace un seguimiento del cumplimiento del régimen de visitas. 

Mi ex no me deja ver a mis hijos, ¿qué hago?

Cuando uno de los progenitores alarga esta situación en el tiempo, impidiendo de forma radical el contacto del otro progenitor con los hijos, se podrá incluso llegar a modificar la custodia de los hijos.  

Para tomar esta decisión, el Juez tendrá primordialmente en cuenta el interés superior del menor, pues puede ocurrir que las consecuencias de un cambio de custodia, sean más perjudiciales para los hijos, que el incumplimiento de las visitas en sí. Por ejemplo, cuando los progenitores residen en países distintos.

¿Cuáles son las consecuencias de incumplir el régimen de visitas?

Añadir que desde el año 2015 el incumplimiento del régimen de visitas no tiene repercusión penal.

Pero sí la tendrá el incumplimiento de una resolución clara y terminante acordada por un Juez que requiere a un progenitor a cumplir con el régimen de visitas. Ello podría suponer un delito de desobediencia grave. 

¿Tengo que obligar a mi hijo a cumplir el régimen de visitas?

También puede ocurrir que llegada la adolescencia los hijos de 14 años en adelante quieran más independencia. Es decir, pasar menos tiempo con la familia y más con los amigos.

Eso puede suponer que se nieguen a la imposición de un régimen estricto. Resulta harto complicado hacer cumplir a un adolescente con unas visitas que no quiere. Puede incluso resultar contraproducente y revertir en una peor relación entre padres e hijos.

Este tipo de conflictos pueden desembocar en la fijación de un régimen de visitas flexible. En estos casos, como decíamos al inicio, a partir de los 12 años, los hijos tienen derecho a ser escuchados por el Juez. Si bien su opinión es importante, no es decisiva.

Mi hijo no quiere verme, ¿tengo que seguir pagando la pensión de alimentos?

Como veremos más adelante, la negativa reiterada de un hijo a relacionarse con su padre, puede ser causa de extinción de la pensión de alimentos cuando el hijo es mayor de edad.

Incumplir el régimen de visitas: ¿qué pasa si no se puede cumplir con el régimen de visitas por el coronavirus?

Incluso aunque no sea posible desarrollar el régimen de visitas por estar en una cuarentena a causa de la COVID-19, no existe un derecho expreso a la recuperación o compensación de días o estancias perdidas con otros días o estancias futuras. Es decir, no existe una obligación del Juez de acordar la recuperación de visitas que no se han podido realizar. 

¿Puedo recuperar los días de visitas no disfrutados con mi hijo a consecuencia del coronavirus?

Es por ello que, por ejemplo, si los hijos han de quedarse en cuarentena y no pueden cumplir las visitas con el otro progenitor, ha de primar el interés de los menores.

Siempre que los padres estén de acuerdo, podrán pactar la recuperación de las visitas que no se hayan podido realizar o intentar esa recuperación basándose en el interés del menor.

¿Qué es la pensión alimenticia?

La pensión de alimentos es la obligación que se impone a los progenitores para asegurar la subsistencia de un hijo económicamente dependiente. 

¿Cómo se fija la pensión alimenticia de los hijos en los casos de custodia exclusiva?

Cuando hay una custodia exclusiva, la pensión alimenticia se fija a cargo del progenitor que no tiene la custodia. En los casos de custodia compartida, esta pensión también puede fijarse y cuando exista una diferencia sustancial entre los ingresos de ambos progenitores. 

¿Puedo dejar de pagar la pensión alimenticia cuando mi hijo cumpla la mayoría de edad?

El fin de pago de la pensión de alimentos, no va ligado a la mayoría de edad, pues lo normal hoy día, es que aunque los hijos cumplan 18 años, continúen siendo económicamente dependientes. 

¿Cuándo puedo dejar de pagar la pensión alimenticia?

Los ejemplos más significativos de cuándo puede finalizar la obligación de pago de la pensión alimenticia son:

  • Cuando los hijos tienen formación suficiente para ejercer una profesión
  • Si los hijos manifiestan una total dejadez para estudiar o trabajar.
  • Cuando exista una causa de desheredación

El rechazo expreso del hijo mayor de edad a relacionarse con el progenitor que abona la pensión, también es causa de extinción de la pensión alimenticia. 

¿Qué pasa si se paga la pensión de alimentos tarde?

La resolución que fije la pensión de alimentos establecerá cuándo se ha de pagar por ella ya sea tras alcanzar un acuerdo entre los padres como si se ha fijado por un Juez.

Por ello, pagar la pensión de alimentos fuera de la fecha acordada supone el incumplimiento de una resolución judicial y puede dar lugar a un procedimiento de ejecución.

¿Cómo me pueden obligar a pagar la pensión de alimentos?

Esta ejecución supone que el Juez obligará al incumplidor a abonar la pensión alimenticia en los términos pactados y para ello, se podrán embargar los bienes del deudor.

¿Cuánto dinero me pueden embargar si no pago la pensión alimenticia?

La pensión de alimentos es una obligación especialmente protegida al punto que no existe cuantía mínima inembargable.

¿Quién tiene que pagar los gastos de abogado y procurador?

Además, de abonar la deuda pendiente, el incumplidor deberá de abonar los gastos de abogado y procurador del progenitor que se haya visto obligado a solicitar del Juez el pago de la pensión. 

¿Qué otras cuestiones se tienen en cuenta cuando se establece la pensión alimenticia?

La resolución que fije la pensión de alimentos, también establecerá otras cuestiones relacionadas con la pensión como, por ejemplo, la base de actualización de la misma para que la cantidad que se abona no pierda valor con el paso de los años.

Normalmente se usa el IPC como índice de referencia para revalorizar la pensión cada año.

¿Se puede modificar la pensión de alimentos?

Una variación sustancial tanto en los ingresos de los progenitores como en las necesidades del hijo que recibe la pensión de alimentos puede ser causa de una modificación de la pensión alimenticia. 

¿Cuáles son los requisitos que debo reunir para poder modificar la pensión de alimentos?

Pero esa variación alegada debe mantenerse en el tiempo. Es decir, no debe ser temporal ni forzada por quien solicita esa modificación de medidas. 

Por ejemplo, acabar de quedarse en el paro se puede entender como temporal y solicitar la baja en la empresa se puede entender como voluntaria a fin de disminuir la pensión de alimentos que se abona. En ambos casos sería muy problable que  no se estimase una modificación de medidas.

Por último, ha de tratarse de un cambio en el conjunto de circunstancias existentes cuando se fijó la pensión de alimentos que se pretende modificar.

No sirven de pretexto para modificar la pensión de alimentos, circunstancias que ya se tuvieron en cuenta anteriormente. 

¿Necesito el acuerdo de mi ex para poder modificar el convenio regulador?

Esta modificación, se puede hacer de mutuo acuerdo, presentando ambos progenitores (o uno con el consentimiento del otro) un nuevo convenio regulador en el Juzgado.

Si no hay acuerdo entre los padres, será un Juez quien lo decida a través de una Sentencia. 

¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar la pensión de alimentos de mi hijos?

Tanto la crisis económica mundial que vivimos hace tan solo unos años, como la crisis económica derivada de la pandemia en la que aún nos encontramos, ha generado situaciones en las que los padres, ya no pueden hacer frente al pago de la pensión de alimentos que se había fijado. 

¿Qué es el mínimo vital de subsistencia?

Si la nueva situación del pagador es muy precaria, la pensión de alimentos puede fijarse en lo que se conoce como el mínimo vital para la subsistencia. Esta cuantía oscila normalmente entre los 100 y los 200 euros, dependiendo del lugar de residencia.

Solo en las circunstancias más extremas, y de forma excepcional, la pensión alimenticia se podrá fijar por debajo de las anteriores cantidades.

¿Se puede suspender el pago de la pensión de alimentos?

La obligación de alimentos es una obligación básica e ineludible, pero con criterio restrictivo y temporal, se puede suspender la obligación del pago de la pensión.

Esto ocurrirá únicamente cuando el obligado al pago carece acreditada y absolutamente de medios económicos para prestarlos, o cuando su prestación puede poner en riesgo su propia supervivencia económica. 

¿Tengo que seguir pagando la pensión alimenticia en período de vacaciones?

La cuantía mensual de pensión alimenticia se fija con carácter prorrateado. Normalmente en doce pagas. Es decir, aunque durante las vacaciones, el hijo esté un mes completo con el progenitor obligado al pago, ello no supone que ese mes la pensión no se tenga que abonar.  

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