Cambiar régimen de visitas: ¿Se puede cambiar el régimen de visitas? ¿Cuáles son las consecuencias de cambiar el régimen de visitas? ¿Puede negarse la otra parte a cambiar el régimen de visitas? ¿Cómo puedo cambiar el régimen de visitas? ¿Qué repercusiones podría tener que alguno de los progenitores tuviese otro hijo? A continuación, Iria Platero Seoane, abogada experta en Derecho de Familia, responde a estas y más preguntas que son tendencia en internet.
¿Se puede cambiar el régimen de visitas?
El régimen de visitas puede cambiarse siempre que alguno de los progenitores tenga un cambio de circunstancias permanente y relevante en relación a las circunstancias que existían cuando se estableció el régimen de visitas, que deberá ser acreditado aportando la documentación que demuestre dicho cambio.
Ejemplo
Si uno de los progenitores pasa a tener una jornada laboral flexible, pudiendo escoger horarios en cierta medida, estaríamos ante un cambio permanente y relevante, puesto que dicha circunstancia le permitiría adaptarse mejor a los horarios de su hijo o estar más tiempo con él, lo que quedaría acreditado aportando el nuevo contrato laboral.
Consecuencias de cambiar el régimen de visitas
El cambio del régimen de visitas tiene por principal consecuencia la ampliación o reducción del tiempo que se pasa en compañía de los hijos. También puede llevar aparejadas como consecuencias la modificación de otros extremos como un aumento o reducción de la prestación de alimentos, en función del régimen acordado.
¿Puede negarse la otra parte a cambiar el régimen de visitas?
Sí, la otra parte puede negarse a cambiar el régimen de visitas, en este caso, habría que acudir a la vía judicial no consensuada. En primer lugar, si la otra parte está de acuerdo en modificar el régimen de visitas, ambos progenitores pueden actuar mediante el mismo abogado y procurador, sin tener que pasar por la celebración del juicio.
Si por el contrario no es posible llegar a acuerdo con la otra parte porque ésta se niega al cambio de régimen de visitas, será necesario interponer una demanda frente al otro progenitor mediante abogado y procurador.
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Requisitos para cambiar el régimen de visitas
Para cambiar el régimen de visitas o solicitar su cambio en primer lugar tiene que producirse una modificación “sobrevenida” en las circunstancias personales, laborales, familiares o de cualquier otra índole de alguno de los progenitores que sea lo suficientemente relevante y permanente en el tiempo.
Ejemplo
Si tengo que cambiar de ciudad o provincia por motivos laborales, esta sería una circunstancia permanente en el tiempo y con la suficiente relevancia como para solicitar una modificación del régimen de visitas establecido. Todo cambio de circunstancias debe ser acreditado de forma fehaciente, en este ejemplo tendría que aportarse el contrato laboral donde figure que el puesto de trabajo será desarrollado en la localidad que corresponda.
Debe tenerse en cuenta que la modificación tiene que ser favorable al interés superior del menor, es decir, no puede pretenderse una modificación del régimen de visitas que sólo favorezca a alguno de los progenitores y perjudique al menor porque no será ratificado o concedido por el Ministerio Fiscal ni por el Juez, que decidirán en base a criterios como las necesidades afectivas del menor y la estabilidad de este.
¿Cómo puedo cambiar el régimen de visitas?
Puede cambiarlo llegando a acuerdo con el otro progenitor, donde serían ambos los que establecerían las condiciones y consecuencias de la modificación, siempre en consonancia con el interés superior del menor , o si el otro progenitor se niega tendría que interponer demanda contra él y pasaría a ser el juez quién decidiría las consecuencias y modificaciones, en base a lo que las dos partes hayan manifestado en la demanda y contestación, siempre teniendo en cuenta el previo preceptivo informe del Ministerio Fiscal.
¿Qué repercusiones podría tener que alguno de los progenitores tuviese otro hijo?
En este caso también podría darse un cambio en el régimen de visitas.
Ejemplo
Si uno de los progenitores tiene otro hijo podría solicitarse la modificación del régimen de visitas para que el menor pueda pasar más tiempo con su hermanastro.
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