Cálculo pensión alimenticia: ¿Qué es? ¿Quién está obligado al pago de la pensión de alimentos? Tipos de gastos que repercuten en la pensión alimenticia. Criterios para calcular la pensión alimenticia. ¿Cómo calculo la pensión alimenticia? ¿Cuándo se extingue la obligación de pagar la pensión de alimentos? En esta ocasión la abogada experta en Derecho de Familia, Sara Benjelali González, explica de forma detallada las siguientes preguntas.
¿Qué es la pensión alimenticia?
La pensión de alimentos podemos definirla como la obligación que tienen los padres de alimentar a sus hijos, contribuyendo a su formación, asistencia médica, y sustento, siendo una obligación inherente a la patria potestad. Es una obligación irrenunciable y no transmisible a terceros, que impone la ley de forma mancomunada, que debe de tener un contenido mínimo e indispensable para cubrir las necesidades básicas de subsistencia de los hijos.
Esta obligación no finaliza cuando el hijo es mayor de edad, pues si éste continúa su formación por causa que no le sea imputable, los progenitores siguen teniendo la obligación de dárselos.
Tipos de gastos que repercuten en la pensión alimenticia
La pensión de alimentos debe incluir todo lo indispensable para el mantenimiento, vivienda, asistencia médica, vestido, formación de los hijos.
Los gastos ordinarios están incluidos en la pensión de alimentos y son aquellos que tienen un carácter periódico y previsible, siendo indispensables para el sustento de los hijos: alimentos, ropa y calzado, vivienda y suministros, internet, gastos escolares – libros, matrícula, ampa, uniformes, transporte, etc.- ; gastos médicos cubiertos por la seguridad social, gastos de ocio.
Los gastos extraordinarios no están incluidos en la pensión alimenticia, sino que surgen de forma imprevista, y algunos de ellos son necesarios: dentista, plantillas, psicólogos, gafas, clases de refuerzo recomendadas por los tutores, etc., los progenitores deberán cubrir estas necesidades, generalmente por mitad, pudiendo discutir el presupuesto, pero no la necesidad del gasto.
Hay otro tipo de gastos extraordinarios que no están incluidos en la pensión alimenticia, pero que no se consideran necesarios, aunque pueden ser convenientes, como por ejemplo, perfeccionar un idioma, sacarse el carnet de conducir, viajes fin de curso o colonias no curriculares, etc., debiendo haber acuerdo entre los progenitores para el pago por mitad.
¿Quién está obligado al pago de la pensión de alimentos?
El padre y la madre, de forma mancomunada están obligados a abonar la pensión alimenticia de sus hijos. Esta obligación puede imponerse a sólo uno de los progenitores, si el otro progenitor carece de recursos económicos, como por ejemplo, el progenitor que se ha dedicado al cuidado de los hijos y el hogar, llevando años fuera del mercado laboral y sin ingresos propios.
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Criterios para calcular la pensión alimenticia
La ley determina que la pensión alimenticia ha de ser proporcional, teniendo en cuenta los medios del obligado al pago como a las necesidades de quien es beneficiario de la pensión (hijos).
Los progenitores, teniendo en cuenta los ingresos de cada uno y las necesidades básicas de los hijos, fijarán la pensión de alimentos. Resaltar que los gastos de un menor al inicio del curso escolar, se consideran gastos ordinarios y por lo tanto incluidos en el concepto legal de pensión de alimentos.
¿Cómo calculo la pensión alimenticia?
En el párrafo anterior he explicado cómo se llega al cálculo de la pensión alimenticia. Hemos de tener en cuenta que los alimentos a los hijos se deben desde que se reclaman fehacientemente extrajudicialmente o de no haberse reclamado antes, desde la interposición de la demanda, con independencia que la sentencia se dicté al cabo de diez meses.
¿Cuándo se extingue la obligación de pagar la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos puede extinguirse por varios motivos:
- Mayoría de edad del hijo: La mayoría de edad de por sí no extingue la pensión de alimentos, si el hijo continúa estudiando, aprovechando éste los estudios y se extinguirá cuando el hijo alcance suficiencia económica, es decir, el hijo se incorpora al mercado laboral o porque se acredite que el hijo tiene una conducta de pasividad en la búsqueda de empleo o en sus estudios (hijos ni-ni). En el caso de un hijo discapacitado, la pensión de alimentos no se extingue si éste carece de recursos y posibilidades de obtenerlos, mientras siga conviviendo en el domicilio familiar
- Situación de pobreza absoluta: Cuando un progenitor pasa por una situación económica difícil acreditada, el juez puede suspender temporalmente, aunque lo normal es que fije un mínimo para la atención y cuidado de los hijos. Ahora bien, si el progenitor apenas puede cubrir sus propias necesidades, por estar en situación de pobreza absoluta, cabe que el juez extinga dicha pensión alimenticia
- Fallecimiento del hijo
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