Disolución de bienes gananciales

Disolución de bienes gananciales

Disolución de bienes gananciales: ¿Qué es la sociedad de gananciales? ¿Cómo se disuelve la sociedad de gananciales? ¿Cuánto cuesta disolver la sociedad de gananciales? Consecuencias de la disolución de la sociedad de gananciales. A estas y más cuestiones da respuesta Marcos Baños Flores, abogado experto en derecho de familia.

¿Qué es la sociedad de gananciales?

Es preciso saber que mediante la sociedad de gananciales los cónyuges hacen comunes los bienes adquiridos durante el matrimonio, excepto los adquiridos a título gratuito (herencia o donación) que serán privativos de cada uno de ellos. La disolución de la sociedad de gananciales supondrá la terminación del régimen económico matrimonial de gananciales.

La disolución tendrá lugar por distintos motivos establecidos legalmente en los arts. 1392 y 1393 del código Civil. Así, tendrá lugar por muerte o declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio decretado judicialmente. La sociedad de gananciales también quedará disuelta por la declaración judicial de la nulidad del matrimonio.

Junto a esos casos existen otros en los que, a diferencia de los anteriores, el matrimonio subsiste. Así tendrá lugar la terminación o disolución de la sociedad de gananciales cuando se acuerde la separación legal de los cónyuges o cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto.

Disolución de gananciales por separación matrimonial

En el primero de los casos, la separación legal, aunque cada vez es menor la presencia en los tribunales de justicia de demandas de separación matrimonial porque en la mayoría de los casos los cónyuges optan por el divorcio, es posible la disolución de la sociedad de gananciales al decretar el juez la separación de los cónyuges. La separación supone que los cónyuges, que siguen casados, pueden vivir separados y cesa la presunción de convivencia matrimonial.

Pero también es posible que los cónyuges acuerden disolver la sociedad de gananciales sin necesidad de separarse legalmente. Se trata de un pacto en el que los cónyuges acuerdan poner fin a la sociedad de gananciales para dar comienzo a un régimen matrimonial distinto. Para que tenga eficacia jurídica la disolución de gananciales en este caso es preciso que dicho pacto se haga ante notario a través de un documento denominado capitulaciones matrimoniales.

Disolución de bienes por actos que pongan en peligro el patrimonio ganancial

Finalmente la ley permite a cualquiera de los cónyuges acudir a los tribunales para solicitar la disolución de la sociedad de gananciales cuando el patrimonio ganancial está en peligro por la realización de determinados actos realizados por el otro cónyuge, por declaración judicial de medidas de apoyo patrimonial (antigua incapacitación judicial), condenado por abandono de familia o haber sido declarado en concurso de acreedores. También se puede solicitar judicialmente cuando el otro cónyuge no informe regularmente sobre la marcha o rendimientos de sus actividades económicas y, finalmente, cuando los cónyuges lleven separados de hecho más de un año de mutuo acuerdo o por abandono de hogar.

¿Cómo se disuelve la sociedad de gananciales?

Para que tenga lugar la disolución de la sociedad de gananciales en los casos de separación, divorcio  o nulidad matrimonial es preciso la presentación de una demanda judicial. Los requisitos legales exigidos para la interposición de una demanda judicial en materia de separación, divorcio o nulidad matrimonial es que la demanda se formule por abogado y procurador ejercientes. Cuando existan menores o incapacitados también será exigible la presencia del Ministerio Fiscal, cuyo cometido es precisamente salvaguardar los derechos de estos colectivos.

Casos de disolución de gananciales por peligro para el patrimonio ganancial

En los casos en que se solicite la disolución de la sociedad de gananciales porque uno de los cónyuges realice actos que impliquen un peligro para el patrimonio ganancial, por llevar ambos separados de hecho más de un año o por incumplir grave y reiteradamente uno de ellos el deber de informar al otro cónyuge sobre la marcha y rendimientos de su actividad económica, será preciso también presentar demanda judicial con intervención de abogado y procurador. Además, en los casos de disolución de la sociedad de gananciales por declaración judicial de medidas de apoyo patrimonial, ausencia o concurso de acreedores de uno de ellos o haber sido uno de ellos condenado por abandono de familia, será necesario además que se presente la correspondiente resolución judicial.

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Fuera de los casos judiciales, también hemos visto que los cónyuges pueden pactar la terminación de la sociedad por pacto en el documento denominado capitulaciones matrimoniales. Los requisitos para ello es que las capitulaciones matrimoniales, al ser una escritura pública, debe estar autorizada por notario. En dicho documento los cónyuges, estando todavía casados, acuerdan poner fin a la sociedad de gananciales y pactar el comienzo de otro régimen económico matrimonial distinto.

Consecuencias de la disolución de la sociedad de gananciales

Por medio de la disolución de la sociedad de gananciales se pone término a este régimen económico matrimonial. Son dos las consecuencias derivadas de esa finalización:

  1. La primera el comienzo de otro régimen matrimonial, como el régimen de separación de bienes o el régimen de participación. Se exceptúan los casos de disolución de la sociedad de gananciales por disolución del matrimonio, esto es, por muerte, declaración de fallecimiento, divorcio o nulidad del matrimonio. Esto es así por cuanto en todos estos casos el matrimonio ha dejado de existir.
  2. Una segunda consecuencia de la disolución de la sociedad de gananciales es que desde que se declare judicialmente los cónyuges puede practicar la liquidación de la sociedad de gananciales. Se entiende por liquidación de la sociedad de gananciales el reparto por mitad entre ambos cónyuges de todos los bienes y derechos que adquirieron durante el matrimonio y que, por tanto, formaban parte de la sociedad ganancial.

¿Cuánto cuesta disolver la sociedad de gananciales?

A este respecto debemos distinguir, como antes hemos dicho, entre disolución de la sociedad de gananciales por disolución del matrimonio, por petición por uno de los cónyuges ante los tribunales de justicia y, finalmente, disolución de la sociedad de gananciales ante notario a través de capitulaciones matrimoniales.

Precio de disolución de gananciales por divorcio

En el primero de los casos previstos, el divorcio es el que predomina como causa de disolución de la sociedad. A través del divorcio se solicitan las medidas de carácter personal y patrimonial que los cónyuges deben seguir desde el dictado de la sentencia. En este caso la sentencia declarando el divorcio implicará automáticamente la disolución de la sociedad de gananciales. Por tanto el coste económico será el propio de procedimiento de divorcio y no llevará ningún extra económico más.

Ahora bien, el divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contencioso dependiendo si los cónyuges están de acuerdo en la forma de regular su matrimonio una vez que el juez lo declare disuelto. Es por ello que el coste será distinto en caso de un divorcio de mutuo acuerdo -entre unos 500 y 1.000 euros- que uno contencioso –que podría oscilar entre los 1.000 a 2.000 euros. No es preciso que los cónyuges soliciten junto al divorcio la liquidación de la sociedad de gananciales, puesto que se puede solicitar para un momento posterior a la sentencia de divorcio. En tal caso supondrá un nuevo procedimiento judicial cuyo coste dependerá del valor del patrimonio ganancial.

Precio de disolución de gananciales manteniendo el vínculo matrimonial

En los demás casos en que se solicite la disolución de la sociedad de gananciales ante los tribunales de justicia pero manteniendo el vínculo matrimonial, el coste económico en tales casos será normalmente como en el caso de un divorcio. Sin embargo debemos dejar bien claro que el coste de cada procedimiento judicial vendrá determinado por cada abogado y procurador, ya que no hay unas tarifas obligatorias a las que dichos profesionales deban ajustarse con respecto a sus clientes.

Finalmente, cuando los cónyuges han acordado de mutuo acuerdo la disolución de la sociedad de gananciales en capitulaciones matrimoniales, los aranceles notariales en tales casos dependerán de si junto a la disolución de la sociedad se lleva a cabo o no la liquidación de la sociedad. En el primer caso el coste puede ser de unos 150 euros, en el segundo unos 500 euros, aunque dependerá de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio ganancial y del valor que se atribuya a cada uno de ellos.

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