¿Cuánto cuesta una liquidación de bienes gananciales?

¿Cuánto cuesta una liquidación de bienes gananciales?

Liquidación de bienes gananciales: ¿En qué consiste? ¿Cuáles son los bienes gananciales? ¿Cuánto cuesta una liquidación de bienes gananciales? ¿Quién tiene que pagar el precio por realizar una liquidación de bienes gananciales? Factores que afectan al precio de solicitar una liquidación de bienes gananciales. A estas y más cuestiones da respuesta Marcos Baños Flores, abogado experto en derecho de familia.

Introducción

La liquidación de gananciales tiene lugar cuando la sociedad de gananciales ha finalizado. La sociedad de gananciales finaliza cuando se disuelve el matrimonio (divorcio o nulidad), cuando se acuerde judicialmente la separación de los cónyuges o cuando los cónyuges pactan un régimen económico matrimonial distinto (por ejemplo, separación de bienes).

La sociedad de gananciales también puede terminar a petición de uno de los cónyuges ante juzgado cuando el otro cónyuge ha sido declarado judicialmente incapaz o en concurso de acreedores o por no informar sobre la marcha de sus negocios o, incluso, por llevar ambos cónyuges separados más de un año.

¿En qué consiste una liquidación de bienes gananciales?

La liquidación de bienes gananciales está constituida por tres fases: formación del inventario, pago de deudas y reparto del remanente entre los esposos.

El inventario de la sociedad de gananciales estará formado por un activo y un pasivo. Dentro del primero se incluirán todos los bienes y derechos de la sociedad de gananciales como inmuebles, mobiliario y créditos de uno de los cónyuges contra el otro o contra terceros. El pasivo estará formado por las deudas de la sociedad de gananciales con alguno de los cónyuges o terceros a ella.

Hecho el inventario, se debe proceder al pago de las deudas de la sociedad de gananciales con el activo de la misma. Puede ser que no haya dinero en las cuentas bancarias, en tales casos las deudas pueden satisfacerse con la entrega de bienes, si el acreedor lo aceptase. En caso contrario, se procederá a la venta de los bienes gananciales y se pagará la deuda con el producto de la misma..

Finalmente el remanente, después de pagadas las deudas, se repartirá por mitad entre los esposos.

¿Cuáles son los bienes considerados gananciales?

Son bienes gananciales los ingresos del trabajo, los intereses y rentas obtenidos de los mismos y los bienes comprados durante el matrimonio salvo que se pruebe que se compraron con dinero privativo, es decir, con dinero que se tenía antes de contraer matrimonio o conseguido durante el mismo procedente de una donación o herencia. 

También lo son las ganancias procedentes del juego y, en general, cualquier bien existente en el matrimonio, salvo que se acredite que pertenece a uno de los cónyuges.

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Factores que afectan al precio de solicitar una liquidación de bienes gananciales

Los cónyuges pueden solicitar la liquidación de sus bienes gananciales ante el notario o ante la autoridad judicial.

La liquidación ante notario se realiza en un documento público denominado capitulaciones matrimoniales. Una vez que los cónyuges y el notario lo hayan firmado, las capitulaciones matrimoniales deberán ser inscritas en el Registro Civil y en el Registro de la Propiedad, si afectase a bienes inmuebles.

Los cónyuges también pueden solicitar la liquidación de sus bienes gananciales judicialmente. Pueden hacerlo ambos de común acuerdo o uno solo de ellos con el consentimiento posterior del otro o sin el consentimiento. En este último caso el procedimiento será contencioso y ambos cónyuges deberán comparecer en juicio.

Estas tres formas de practicar la liquidación (notarial y judicialmente, bien de común acuerdo o bien contenciosa), constituyen los tres factores que determinan el precio de la liquidación de bienes gananciales.

¿Cuánto cuesta una liquidación de bienes gananciales?

Un precio que es distinto en cada uno de los casos. Con carácter general la liquidación de bienes gananciales realizada notarialmente es más barata que si se acude a los tribunales de justicia.El precio medio en notarías para el otorgamiento de una escritura de capitulaciones matrimoniales con liquidación de gananciales suele rondar los 500 euros, aunque dependerá del volumen del patrimonio ganancial.

En caso de que los cónyuges acudan a los tribunales de justicia debemos distinguir si asisten de mutuo acuerdo o, si por el contrario, la liquidación es contenciosa.

En el primero de los casos los honorarios de abogado y procurador ascenderían a unos 1.500 euros como media. Sin embargo, si la liquidación es contenciosa el importe podría llegar al doble o superarlo si intervienen otros profesionales tales como contadores o peritos. No obstante, debemos tener en cuenta que el precio siempre variará dependiendo del volumen de patrimonio ganancial y la complejidad de la liquidación.

¿Quién tiene que pagar el precio por realizar una liquidación de bienes gananciales?

Lógicamente si ambos cónyuges acuden a una notaría a solicitar la liquidación de sus gananciales, el precio de la escritura en donde se practique la liquidación debe ser satisfecha por los dos cónyuges, sin perjuicio de los pactos a los que lleguen aquellos.

En caso de que la liquidación se haga en el juzgado volvemos a distinguir los siguientes casos para determinar quién debe pagar. Si ambos acuden de común acuerdo el pago de los honorarios de abogado y procurador será por mitad. Es posible que el acuerdo entre los cónyuges haya tenido lugar durante el procedimiento judicial, interviniendo hasta ese momento cada uno con su propio abogado y procurador. 

En tal caso cada cónyuge deberá pagar a su propio letrado y procurador. En las liquidaciones de contenciosas el pago corresponde a quien haya sido condenado en costas por juzgado. No obstante, es frecuente en este tipo de procedimientos que el juzgado no imponga las costas, con lo que cada cónyuge deberá pagar al abogado y procurador que haya contratado. En cuanto a los honorarios de otros profesionales que hayan intervenido, contadores o peritos, el juez puede acordar que ambos cónyuges paguen los honorarios por mitad.

Ejemplo de caso real relacionado con la liquidación de bienes gananciales

¿Es posible compensar la obligación de alimentos que tiene el padre con respecto a sus hijos con la renuncia que hace éste a favor de la madre de la propiedad de la vivienda ganancial incluida en la liquidación de gananciales?

Aunque la cuestión es discutible, ya que podría rechazarse al amparo del art. 151 del Código Civil, lo cierto es que planteado de común acuerdo por los ex cónyuges el juzgado finalmente lo aceptó.

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