Fichero de morosos: ¿Qué es exactamente? ¿Cómo saber si estoy incluido en uno? ¿Es legal que te incluyan? ¿Cuáles son los requisitos para que te incluyan ? ¿Cómo salir de uno? El abogado experto en Derecho del Consumo, Javier Fuentes Abril, responde a estas preguntas a continuación.
¿Qué es un fichero de morosos?
Los ficheros de solvencia patrimonial, o más comúnmente llamados ficheros de morosos, son unos registros en los que se deja constancia de las deudas por impago que puedan tener tanto particulares como empresas. Sirven tanto como método para controlar la capacidad de endeudamiento como para informar sobre la solvencia y el riesgo de impago en futuras operaciones.
Es por ello que se trata de mecanismos muy útiles para el desarrollo de las operaciones comerciales, pues permiten abaratar el acceso al crédito al dar cierta seguridad de solvencia a las entidades de crédito u otras empresas que podrán conocer con antelación si la operación se lleva a cabo con quien pueda ser catalogado de moroso o, por contra, con alguien que no presente problemas de solvencia económica.
Tenemos que tener presente que si estamos ante una inclusión que se ha realizado de forma incorrecta, podemos tener derecho a que se nos indemnice por los daños causados, entre los que se encuentran la propia vulneración del derecho al honor que implica tal inscripción.
Javier Fuentes Abril, abogado experto en Derecho del Consumo.
¿Cómo saber si estoy incluido en un fichero de morosos?
En nuestro país los ficheros de morosos más utilizados son ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación) y RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas, para personas jurídicas). De esta forma, para poder conocer si estamos incluidos en una lista de morosos, lo más fácil es dirigirnos directamente a estos registros, solicitando que el responsable de dicho fichero de morosos nos facilite esta información.
En el caso de ASNEF, esta solicitud se puede cursar tanto a través de correo electrónico, rellenando un formulario, como por correo ordinario enviado a EQUIFAX IBÉRICA S.L. Apartado de correos 10.546, 28080, Madrid.
A tal solicitud, el referido responsable de uno de los ficheros de morosos más extendido está obligado a dar respuesta indicando si se encuentra incluido en él y, en ese caso, el importe de la deuda, la entidad que ha inscrito esta situación y las entidades que han consultado los datos.
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¿Es legal que te incluyan en un fichero de morosos?
Los ficheros de morosos son totalmente legales y, como decía al comienzo, no sólo es legal el uso de estas bases de datos, sino que llega a ser beneficioso para rebajar los costes generales de financiación al dar mayor certeza a un mercado de por sí incierto.
Sin embargo, aunque estamos ante una práctica totalmente legal, no es legal incluir a alguien en este fichero si no estamos ante una deuda real, no discutida y siempre que no se proceda a la inclusión en tal fichero como medio de coaccionar al deudor.
Esto es así porque si con el uso de este tipo de ficheros lo que se pretende es otorgar mayor seguridad al mercado, es necesario que su contenido sea lo más fiable y preciso posible, de forma que un mal uso provocaría el efecto contrario.
Requisitos para que te incluyan en un fichero de morosos
El Real Decreto 1720/2007 por el que se desarrolla la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Instrucción 1/1995 de la Agencia Española de Protección de Datos recogen los requisitos que deben cumplirse para poder incluir legal y correctamente a un usuario. Estos requisitos son:
- Que se trate de una deuda cierta, vencida y exigible que sea impagada.
- Que exista un requerimiento previo de pago.
- Que la inclusión sea pertinente (contribuya realmente a valorar la solvencia del usuario), exacta y actual.
- Que la inclusión sea comunicada al interesado.
¿Cómo salir de los ficheros de morosos?
Partiendo de que los ficheros de morosos son legales y del fin que se persigue con ellos, así como de los requisitos que hemos expuesto, si la inclusión en él está motivada por una deuda real y que no es discutida, la única forma de salir del fichero de morosos será con el pago de la deuda.
Sin embargo, incluso en estos casos, la inscripción no puede mantenerse por más de 5 años desde que la deuda nació, por lo que si ha transcurrido ese plazo, es posible pedir la eliminación de la inscripción si no lo hace el responsable del fichero previamente.
No obstante, en el caso en que una inscripción no se haya realizado correctamente, respetando los requisitos expuestos, bien porque la deuda es discutida, no se haya comunicado previamente la existencia de la deuda o la inclusión, etc., se puede solicitar también la baja al titular del fichero y, si no se da respuesta en el plazo de 10 días, se puede acudir ante la AEPD para denunciar tal situación.
Finalmente, tenemos que tener presente que si estamos ante una inclusión que se ha realizado de forma incorrecta, podemos tener derecho a que se nos indemnice por los daños causados, entre los que se encuentran la propia vulneración del derecho al honor que implica tal inscripción.
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