Valor venal de un coche declarado siniestro total

Valor venal de un coche declarado siniestro total

¿Qué es el valor venal de un coche y quién y cómo se calcula? ¿Qué hacer con un coche declarado siniestro total? ¿Y si no estoy de acuerdo? ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el valor venal de mi coche? ¿Y si es el seguro del coche culpable del accidente el que tiene que pagar el valor venal de mi coche? Estas son algunas de las preguntas que más buscadas en internet en relación a esta casuística en el último mes y la abogada experta en Derecho del Tráfico Vial, Marina Concepción Couselo Filgueira, responde a continuación a todas ellas. 

¿Qué es el valor venal de un coche?

El valor venal es el valor de venta de un vehículo en particular en el momento. 

Para determinarlo, hay que tener en cuenta el año de matriculación del coche, su estado de conservación, si tiene alguna mejora, el kilometraje, el historial de mantenimiento y cualquier otra circunstancia que pueda influir en el valor concreto del coche (por ejemplo, si tiene gancho para remolque, etc.).   

Además de para saber el precio de un vehículo, también se utiliza para determinar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y el impuesto sobre el patrimonio.  

¿Cómo se calcula el valor venal?

El cálculo del valor venal debe realizarlo un perito especializado, puesto que así nos aseguramos de que ese cálculo sea fiable. 

Se tendrá en cuenta la antigüedad del vehículo, su kilometraje, su estado de conservación, los accesorios que traiga de serie y los que le hayamos añadido, el historial de reparaciones efectuadas, así como también el resultado general del modelo concreto de coche, ya que hay vehículos cuya duración y resistencia son conocidas, y ello incrementa su valor.  

Es muy común que en las pólizas de seguros “a todo riesgo” las aseguradoras incluyan una cláusula en la que se define lo que se va a considerar el valor venal del coche a los efectos de la póliza, es decir, lo que van a pagar a su asegurado en el caso de que se produzca un siniestro que conlleve que el vehículo sea declarado siniestro total.  

Así, suelen aludir al valor que consta en las tablas GANVAM, Estas tablas son boletines estadísticos, donde se publica el promedio de los valores de venta de coches, camiones y motocicletas. 

Yo no considero fiables los valores de las tablas GANVAM, mi experiencia me demuestra que los valores reflejados están por debajo del valor real de los vehículos, por eso recomiendo asesorarse por un perito especializado en valoración de coches. 

¿Qué hacer con un coche declarado siniestro total?

Lo mejor es contactar con un Centro Automatizado de Tratamiento (CAT). Son las empresas de desguaces, y se encargan de recoger los restos del vehículo, deshacerse de él y gestionar la baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y, normalmente, no tiene coste económico para el propietario del vehículo. Además, valoran y abonan al propietario los restos del vehículo.

 Tras reciclar los restos del vehículo, el CAT entregará el certificado de destrucción, y es importante presentarlo en el Ayuntamiento para que no siga pasando el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

 La documentación que hay que va a pedir el CAT para hacer el trámite es:

-DNI del titular del coche, o documento que acredite su identidad en caso de que sea una persona extrajera.

-La ficha técnica y el permiso de circulación del vehículo.

También interesa presentar el certificado de destrucción que nos entregará el CAT a la aseguradora del coche y dar de baja el seguro. Además, podemos reclamar a la aseguradora que nos devuelva la parte proporcional de la prima de la póliza que hemos pagado y que no vamos a disfrutar por no existir ya el vehículo, es lo que se llama “extorno”.

 La normativa acerca de las obligaciones de la entrega y recogida de los vehículos para su tratamiento, documentación, etc., está contenida en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, publicado en el BOE nº 89, de 14/04/2021.

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¿Se hará cargo el seguro de calcular el valor venal de un coche declarado siniestro total?

Lo normal es que así sea, es decir, que  intervenga un perito designado por el seguro y con su valoración, la aseguradora haga una oferta al propietario del valor venal del coche que está declarado siniestro total. 

Pero, mi consejo, es que el propietario se asesore adecuadamente antes de aceptar esa oferta, porque  normalmente es muy inferior al precio o valor venal real del coche. 

Mi experiencia es que, en la mayor parte de los casos, la oferta inicial del seguro es un 50% menor del valor real y, cuando reclamamos vía judicial, conseguimos el 100% del valor real del coche. 

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el valor venal de mi coche?

Si no estamos de acuerdo con el valor venal ofrecido por el seguro, lo mejor es acudir a un abogado especializado en la materia, para que pueda estudiar el caso concreto, contratar a un perito y tener así conocimiento de cuál es la indemnización que corresponde al propietario por el valor del vehículo que ha sido declarado siniestro total. 

La intervención del perito especializado es imprescindible, para que emita un dictamen informando del valor venal. Una vez tengamos ese informe, hay que remitirlo al seguro solicitando el abono de la indemnización que nos corresponde por el siniestro total. 

En la mayor parte de los casos, la aseguradora incrementa la oferta al recibir el informe pericial pero, si no lo hiciese, se obtienen buenos resultados acudiendo al Juzgado, siempre asesorados por un abogado especializado. 

¿Y si es el seguro del coche culpable del accidente el que tiene que pagar el valor venal de mi coche?

En este caso, podremos conseguir una mejor indemnización si nuestro coche es declarado siniestro total, porque podremos reclamarle al seguro del coche culpable del accidente el valor venal del vehículo con el incremento de un porcentaje que puede ser de un 30%, llamado “valor de afección” y que comprende las molestias de tener que comprar otro vehículo, los gastos de transferencia, etc. 

Así, si el valor venal del coche es de 2.000 euros, con el valor de afección podemos reclamar 2.600 euros. 

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