Indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

Indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

¿Es posible reclamar una indemnización por accidente de tráfico sin estar de baja laboral? ¿Cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral? ¿Quién paga la indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado en Derecho del Tráfico Vial, Carlos Jouve Guaita, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Es posible reclamar una indemnización por accidente de tráfico sin estar de baja laboral?

Si, si has sufrido un accidente de circulación, y las lesiones no te impiden trabajar, no es necesario que estés de baja laboral para poder reclamar una indemnización.

El baremo de tráfico, establece 4 tipos de perjuicios por pérdida temporal de calidad de vida, que son muy graves, graves, moderados y básicos, y se otorgan dependiendo de las actividades esenciales y específicas que tengas limitadas como consecuencia de las lesiones.

Por lo tanto, la situación laboral no es un requisito para que te corresponda una compensación económica por haber sufrido lesiones en un siniestro, sino que únicamente puede servir para delimitar la cuantía indemnizatoria que te corresponde.

 Es evidente que si eres estudiante, jubilado, ama de casa o estás en paro,  también tienes derecho a ser indemnizado si sufres lesiones en un siniestro de tráfico.

 Del mismo modo, es comprensible, que si eres muy necesario en el trabajo, te veas obligado a trabajar aun teniendo dolores y limitaciones, y por ello no debes de dejar de ser indemnizado.

¿Cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral?

Para calcular la indemnización por accidente de tráfico sin que tengamos una baja laboral, debemos tener en cuenta las actividades esenciales y específicas que tengas limitadas como consecuencia de las lesiones, para lo que podrá ser interesante conocer el criterio de un médico valorador.

Cuando se pierde temporalmente la autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales de la vida ordinaria, el perjuicio será MUY GRAVE (109,70 €/día en 2.022), siendo un ejemplo estar ingresado en una unidad de cuidados intensivos.

Cuando el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal, el perjuicio será GRAVE (82,28 €/día en 2.022), siendo un ejemplo, la estancia hospitalaria que constituye un perjuicio de este grado.

Cuando el lesionado pierde la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal, el perjuicio será MODERADO (57,04 €/día en 2.022).

El resto de días de recuperación tendrán la consideración de BÁSICOS (32,91€/día en 2.022).

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Reclamar indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

Para reclamar la indemnización, en primer lugar, lo recomendable es que cuentes con profesionales que te guíen durante el procedimiento.

Es necesario que en el accidente se produzcan lesiones, secuelas, y gastos de toda índole que sean demostrables y evaluables económicamente.

 Para ello, es necesario contar con un informe pericial médico que se encargue de valorar y cuantificar nuestras lesiones, secuelas, etc., y el asesoramiento de un Letrado que reclame y cuantifique definitivamente el perjuicio causado.

Una vez tengamos clara la cuantía, realizaremos reclamación previa a la aseguradora del conductor culpable del siniestro, la cual tiene un plazo de 3 meses para contestarnos aceptando o rechazando nuestra reclamación.

 En caso de disconformidad con la oferta realizada con la compañía aseguradora, o si no recibimos respuesta a la misma, el siguiente paso será acudir a los Juzgados de 1ª Instancia en reclamación de dicha indemnización. 

¿Quién paga la indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral?

Como en todos los casos, se deberá analizar la responsabilidad en el siniestro, y ver si el vehículo responsable circula con seguro, y cuál es su compañía aseguradora.

 Lo normal será que la indemnización la abone la compañía de seguros del vehículo responsable del accidente.

 En el caso de que el conductor del vehículo culpable se de a la fuga o no disponga de seguro, se podrá reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros.

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