¿Has sufrido un accidente de tráfico y no sabes quién es el conductor culpable?, ¿quieres reclamar una indemnización pero no sabes si te corresponde? La abogada experta en Derecho del tráfico vial Marina Concepción Couselo Filgueira, responde a todas nuestras dudas.
Introducción
Un conductor culpable del accidente, no tiene derecho a percibir indemnización por parte del seguro del otro u otros vehículos intervinientes, si es el único culpable en el accidente.
No obstante, si es posible que pueda tener derecho a percibir indemnización de su propio seguro.
¿Qué cubren las pólizas de seguro?
Gran parte de las pólizas de seguro del vehículo, contienen coberturas para el caso de accidente del conductor, con previsión de indemnización en caso de que:
- Se sufran lesiones y tenga que permanecer un tiempo de baja laboral
- Quede alguna secuela como consecuencia del accidente
- Incluso en caso de fallecimiento.
Muchas personas desconocen que sus pólizas contienen estas coberturas y, por ello, no perciben la indemnización por accidente que les corresponde.
El conductor culpable también tiene derecho a reclamar indemnización por accidente si no se considera el único culpable de que se haya producido el accidente de tráfico.
Marina Concepcion Couselo Filgueira, experta en Derecho del tráfico vial.
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Por eso es fundamental asesorarse con un abogado especializado, para que pueda estudiar la póliza de seguro del vehículo y, valorar si tiene derecho a percibir alguna indemnización por accidente, aún siendo el único conductor culpable del mismo.
¿Quién puede reclamar una indemnización por accidente de tráfico?
Cualquier persona que sea víctima de un accidente de tráfico, tiene derecho a percibir indemnización, salvo el que sea el único culpable de haber ocasionado ese accidente y, en este caso, su propio seguro no tenga las coberturas explicadas en el apartado anterior.
De este modo, tanto el conductor como los ocupantes del vehículo tienen derecho a indemnización por accidente de tráfico, al igual que los peatones que resulten lesionados.
¿Los ocupantes del vehículo tienen derecho siempre a indemnización?
Los ocupantes siempre tienen derecho a la indemnización por accidente de tráfico, aunque el conductor del vehículo sea el culpable.
El conductor culpable también tiene derecho a reclamar indemnización por accidente si no se considera el único culpable de que se haya producido el accidente de tráfico.
¿Cómo saber quién tuvo la culpa en un accidente de tráfico?
En los accidentes de tráfico, normalmente intervienen agentes de la Policía Local o de la Guardia Civil.
Estos toman declaración a las personas implicadas en el accidente y a los posibles testigos, y examinan los daños en los vehículos implicados así como los restos que puedan quedar en la calzada.
Además recopilan todas las pruebas que encuentran en el lugar del accidente para hacer un estudio de las mismas y elaborar un atestado en el que concluyen cuál es el vehículo que consideran responsable del accidente.
Importancia de la intervención de los agentes en un accidente de tráfico
Aun cuando los agentes de la autoridad son muy profesionales y hacen un excelente trabajo, también pueden cometer algún error.
En ocasiones, este error se produce, a la hora de valorar las pruebas que obtuvieron en el lugar del accidente, bien porque no tomaron declaración a algún testigo que presenció el accidente, o porque no realizaron cálculos exactos de la velocidad de los vehículos implicados.
¿Y si no estoy de acuerdo con el informe elaborado?
En estos casos es posible contratar a un profesional que haga un informe de reconstrucción del accidente y si es favorable, se puede presentar en el Juzgado para hacer la reclamación de la indemnización que nos corresponde e intentar rebatir las conclusiones del atestado o informe de la autoridad.
¿Qué ocurre si no se ha solicitado la intervención de ningún agente?
Cuando no interviene ningún agente, es muy importante tomar nota de los datos de las personas que pudieron presenciar el accidente, por si es necesario que sean testigos en un posterior juicio.
También es importante tomar fotografías de la posición de los vehículos justo después del accidente y de los restos de los vehículos que puedan haber quedado esparcidos en la calzada, huellas de frenada, etc.
¿Y si aun así existen dudas?
Cuando un conductor tenga dudas acerca de su culpabilidad en el accidente, debe acudir a un abogado especializado para que, examinando las pruebas que haya podido obtener, le asesore acerca de si la culpa del accidente es exclusivamente suya o si puede haber una culpa compartida de los conductores de los vehículos implicados.
De ser así, se podría encargar, si lo considera útil, un informe de reconstrucción del accidente para reclamar la correspondiente indemnización por accidente.
¿Qué es la culpa compartida
Hay culpa compartida en los accidentes de tráfico cuando no podemos achacar la culpa total del accidente a uno solo de los conductores.
A modo de ejemplo…
Un caso muy común, es el accidente que se produce cuando un vehículo accede a la vía procedente, por ejemplo, de un garaje, y sufre un impacto de otro vehículo que circula por la misma vía a mayor velocidad de la permitida.
El vehículo que se incorpora a la circulación tiene culpa porque debe respetar la preferencia de paso de los vehículos que circulan por la vía a la que quiere acceder.
Sin embargo, en este caso, también tendría culpa el vehículo que le golpea porque, de haber circulado a la velocidad permitida en la vía, hubiera podido detenerse antes del impacto.
Hablamos en estos casos de concurrencia de culpas y, hay que determinar un porcentaje de culpa para cada uno de los conductores de los vehículos implicados.
¿Cómo se establece el porcentaje de culpa en estos casos?
Para ello, hay que valorar la gravedad de cada conducta y, cuanta más influencia haya tenido en la producción del accidente, mayor será el porcentaje de culpa.
1. Si reclamamos indemnización solo por daños materiales de los vehículos y no lesiones
En este caso, somos nosotros los que tenemos que demostrar que el conductor contrario es el culpable del accidente, y el Juez determinará el porcentaje de culpa que corresponde a cada conductor.
2. Si reclamamos indemnización por lesiones
En esta situación, se presume que el conductor contrario es el responsable del accidente, y debe abonar la indemnización que corresponda, salvo que demuestre que el accidente se produjo por culpa exclusiva del que reclama las lesiones.
¿Qué cantidad puedo reclamar en caso de culpa compartida?
Las víctimas de los accidentes de tráfico pueden reclamar todos los perjuicios que les haya producido el accidente.
Se reclaman tanto los daños materiales como las lesiones, como se recoge en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
¿Qué incluyen los daños materiales?
Así, reclamaremos los daños que se hayan producido a nuestro vehículo y también los objetos que portamos en el mismo y que resulten estropeados como consecuencia del accidente.
¿Qué puedo reclamar en caso de existir lesiones?
En caso de haber sufrido lesiones, podremos reclamar indemnización por:
- Los días de curación
- Las secuelas
- Gastos sanitarios
- Farmacéuticos
- Otros perjuicios como, por ejemplo la pérdida de ingresos por no haber podido trabajar o por haber percibido ingresos inferiores como consecuencia de la baja laboral derivada del accidente de tráfico.
Siempre debemos guardar los justificantes de los gastos que nos ocasione el accidente para poder justificarlos cuando se reclamen.
¿Cómo calcular la indemnización en caso de culpa compartida?
Una vez que tengamos el cálculo del 100% de la indemnización, debemos aplicar la reducción que corresponda a la concurrencia de culpas, de modo que:
- Si se estima que somos responsables en un 50%, percibiremos el 50% de la indemnización
- Si somos responsables en un 25%, percibiremos el 75% de la indemnización.
¿Y si la víctima reclama únicamente por lesiones?
En el caso de que la víctima reclame únicamente por lesiones y haya concurrencia de culpas, nunca se le aplicará un porcentaje de culpa superior al 75%.
De este modo, una víctima con lesiones, siempre tendrá derecho a reclamar el 25% de la indemnización total que le correspondería y, si la víctima es un menor de 14 años y no conducía ningún vehículo tiene derecho a percibir el 100% de la indemnización, aunque sea el único culpable del accidente.
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