¿Cómo se hace el cálculo de indemnización por muerte en accidente de tráfico? ¿Cómo reclamar una indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico? ¿A quién le corresponde pagar una indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico? ¿A quién le corresponde recibir una indemnización por muerte en accidente de tráfico? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Derecho del Tráfico Vial, Juan Antonio de Lemus, te da la respuesta y ofrece su asistencia.
Cálculo de indemnización por muerte en accidente de tráfico
Para determinar si una persona tiene derecho a una indemnización, lo básico es determinar que no sea el responsable del accidente.
Actualmente la legislación indica que uno cobra las indemnizaciones salvo que se demuestre que la culpa no es del fallecido.
Si el accidente no es culpa del fallecido (por culpa entendemos que se haya saltado un stop, que haya infringido un semáforo en rojo o está adelantando en una línea continua) al final de una manera de otra se acaba cobrando por los accidentes de circulación.
Hay posibles indemnizaciones que también se pueden obtener, por ejemplo, si el fallecido tenía contratado:
- Seguros de vida,
- Seguros que tenga de accidentes contratados con el banco con la hipoteca
- Seguros con la tarjeta de crédito
- Etc.
Criterios del cálculo de indemnización por muerte en accidente de tráfico
Para poder determinar la cantidad a indemnizar, se tienen en cuenta
- La edad que puede tener una persona
- Las relaciones familiares que pueda tener
- Los ingresos que tenga una persona (muy importante)
- Las expectativas de ingresos que tengan
Estos ingresos no solo se demuestra a través de la propia declaración de renta, porque también hay unos baremos específicos para amas de casa, estudiantes… donde se les truncan unas expectativas para conseguir ingresos.
Existen índices correctores que aumentan las indemnizaciones y aplican a casos particulares, por ejemplo: si fallecen ambos progenitores y queda el hijo huérfano, si el hijo está incapacitado o tiene una minusvalía legalmente reconocida…
¿Cómo reclamar una indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico?
Para reclamar, lo primero es determinar cuál es la aseguradora del vehículo causante.
En España todos los vehículos tienen la obligación de estar asegurados y, si por cualquier circunstancia no está asegurado, existe un organismo que es el Consorcio de Compensación de Seguros.
El Consorcio de Compensación de Seguros se encarga de indemnizar todos los vehículos que circulan sin seguro.
Si el vehículo siniestrado era extranjero, por ley tiene que tener un seguro en su país. Además, existe una oficina en España que se llama OFESAUTO, donde podemos informarnos de qué compañía española representa la compañía extranjera si no existiese esa compañía en España.
OFESAUTO viene a hacer las mismas funciones que el Consorcio de Compensación de Seguros, pero para vehículos extranjeros.
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Formular reclamación formal contra el seguro tras fallecimiento en accidente de tráfico
Una vez determinada quién es la la compañía aseguradora, debemos formular una reclamación formal consistente en un remitir un burofax, indicando:
- La fecha del accidente
- La matrícula del vehículo causante
- La persona que reclama la redacción de todos los perjudicados que están afectados
La compañía de seguros dispone de un plazo legal de tres meses para contestar. Pasado ese plazo de 3 meses, es cuando se puede iniciar la reclamación judicial.
Aparte, a partir de los 3 meses es cuando incurren en una mora. La mora implica que se pueden reclamar unos intereses superiores al interés legal del dinero, ya que está incrementado el 50% los dos primeros años y a partir del segundo año el 20%.
Todo esto se puede hacer con unas gestiones extrajudiciales previas a la interposición de la demanda.
La compañía tiene la obligación de formular una respuesta motivada, donde puede indicar los importes que se pueden llegar a cobrar, o informando de que no corresponde indemnización.
Existen varios conceptos que se han de tener en cuenta a la hora de poder determinar cuál es el importe correcto a indemnizar: el baremo establece más de 10 o 15 condiciones para determinarlo, con lo cual es importante valorarlo correctamente por un profesional conocedor de todos estos hechos.
¿A quién le corresponde pagar una indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico?
Tiene que pagar la indemnización la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente, pero siempre se ha de tener en cuenta que si existen otros seguros de vida relacionados que no derivan directamente del propio accidente. En estos casos, se pueden reclamar adicionalmente otras cantidades.
Normalmente todas las compañías aseguradoras disponen de un seguro de ocupante que viene a ser un seguro de vida con lo cual, aparte del accidente que se establece y se indemniza en base al baremo, todas las personas en su propia póliza disponen de un seguro de ocupantes por un valor de 6.000 a 7.000 euros, o de 10.000 a 15.000 euros, dependiendo del caso.
En este caso, viene a ser como un seguro de vida, que también se cobra en caso de fallecimiento de la propia persona asegurada.
¿A quién le corresponde recibir una indemnización por muerte en accidente de tráfico?
Las personas que actualmente tienen derecho a percibir una indemnización son:
- El cónyuge viudo
- Los padres
- Los hijos
- Los hermanos y los allegados
Se entiende por allegados a las personas que hayan convivido con una persona durante un cierto tiempo y con una relación prácticamente familiar.
Actualmente cónyuge no quiere decir únicamente que estén casados, sino que las parejas de hecho también se consideran personas a indemnizar y tienen derecho a cobrar siempre y cuando exista relación del entre ellos.
Las indemnizaciones pueden ser muy variadas porque depende de la edad y circunstancias de la persona fallecida, además de las circunstancias y edad del cónyuge, de los hijos, de los padres y de los hermanos y allegados principalmente.
Por ejemplo
Por ejemplo, si son hijos menores, se indemniza con más dinero. Si son hijos mayores, se indemniza con menos dinero.
Otro ejemplo: La indemnización en el caso de una señora fallecida con un marido y dos hijas mayores de 25 años, y seis hermanos que vivían en el momento del fallecimiento de la asegurada, puede alcanzar los 300.000 €.
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