¿Puede el seguro negarse a pagar la indemnización tras sufrir un accidente de tráfico?

¿En qué casos puede negarse el seguro a pagar una indemnización a las víctimas de accidente de tráfico?, ¿qué daños tiene que cubrir el seguro?, ¿puedo reclamar al seguro los días que he cobrado menos por estar de baja? El experto en Derecho de daños Agustín Ismael Albert Castejón, nos indica qué hacer ante esta situación.

Introducción

¿Qué es el seguro obligatorio?

Como consecuencia del riego creado por la conducción de un vehículo a motor, nace la obligación legal de asegurar nuestro vehículo para responder de los daños y perjuicios de todo tipo que se pueden causar a terceros como consecuencia de un accidente de circulación.

Este seguro denominado obligatorio cubre unas determinadas coberturas  y hasta un determinado importe.

¿En qué consiste el seguro voluntario?

Además, podemos contratar otro seguro suplementario del anterior denominado voluntario que no solo cubre esos daños a terceros, sino también los daños propios como consecuencia del accidente, siempre que sean consecuencia de un hecho corriente  de la circulación. 

La importancia de saber qué seguro contratar a la hora de hacer la reclamación

Es importantísimo que sepamos qué seguro contratamos, la solvencia de la compañía aseguradora  y las condiciones  generales y particulares contratadas para el éxito de una posterior reclamación, tanto respecto a nuestra aseguradora como contra terceros como consecuencia de un accidente de tráfico.

En ningún caso, tiene derecho a percibir indemnización el conductor   y/o propietario del vehículo causante del accidente, salvo en el caso de haber contratado el seguro que cubra los daños personales  propios, ni los ocupantes del mismo que sean  familiares hasta el tercer grado de aquellos.

Agustín Ismael Albert Castejón, experto en Derecho de daños
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¿Tengo derecho a cobrar una indemnización por un accidente de tráfico? 

Una vez acaecido el accidente de tráfico, debemos preparar y suscribir  una DAA y entregarla de inmediato a nuestra aseguradora.

El objetivo es que la aseguradora atienda nuestra reclamación frente a la otra parte  y se encarguen  de tramitar un expediente de defensa y/o reclamación, según seamos culpables o no en del accidente.

Desde este primer momento la aseguradora se encargaría de responder o reclamar en defensa de  nuestros intereses.

¿Qué se debe incorporar en la DAA?

Es importantísimo confeccionar correctamente la DAA, firmada por los conductores de ambos o de todos los vehículos implicados en el accidente, pues  sirve para  el éxito de nuestra reclamación.

¿Qué información necesito para redactar la DAA?

Es importante recabar para su redacción si fuese necesario del auxilio de la fuerza pública, pues la declaración de responsabilidad que se determine en la misma respecto  uno de los conductores implicados es el presupuesto de la obligación de indemnización para las aseguradoras.

¿Cuándo puedo reclamar una indemnización por un accidente de tráfico?

Por tanto, para cobrar una indemnización debemos de partir de la base de que la  culpabilidad en la causación del accidente sea del conductor del vehículo contrario.

¿Qué daños tiene que cubrir mi seguro tras sufrir un accidente de tráfico? 

Según el tipo de seguro que hayamos contratado la compañía de seguros puede actuar de dos modos:

1. Si se ha contratado un seguro voluntario

La aseguradora nos abonará la indemnización procedente y se reservará el derecho de reclamar la devolución del importe satisfecho al responsable del accidente y abonará además en caso de que seamos los responsables del accidente a la otra parte los daños y perjuicios que se le hayan causado.

2. En el caso de haber contratado el seguro obligatorio

La aseguradora llevará  a cabo todas las actuaciones procedentes para determinar la responsabilidad en el accidente, debiendo abonar a la otra parte, en caso que seamos  culpables del accidente, los daños y perjuicios que se hayan ocasionado.

¿Y si somos los perjudicados?

En caso de ser los perjudicados es la aseguradora la que tiene que iniciar las reclamaciones extrajudiciales procedentes para obtener el resarcimiento de los daños y perjuicios que se nos hayan causado.

Principales motivos por los que la aseguradora no quiere pagar mi indemnización 

El motivo fundamental por el que las aseguradores se niegan a satisfacer  la indemnización procedente es porque seamos los culpables de la colisión.

¿Existe algún otro motivo por el que la aseguradora pueda negarse a pagar la indemnización?

Otro de los motivos de especial importancia por su proliferación en la actualidad es cuando sufrimos un accidente de circulación conduciendo  bajo los efectos del alcohol o de las drogas.

¿No puedo reclamar indemnización si había consumido alcohol antes del accidente?

En muchas ocasiones es independiente el hecho de que exista una tasa de alcohol o drogas en el cuerpo para que la aseguradora pueda desentenderse  de la reclamación que nos corresponde cuando la culpa es clara del otro vehículo, todo ello sin perjuicio de la sanción administrativa o penal que nos pueda corresponder por circular bajo los efectos del alcohol o drogas.

¿Puedo reclamar una indemnización si circulaba sin seguro pero el accidente no ha sido mi culpa?

También rechazan el pago de la indemnización cuando circulamos  sin seguro o sin seguro en vigor. 

¿Cuándo puede una aseguradora negarse a pagar una indemnización por accidente de tráfico? 

Las circunstancias que puede alegar la compañía aseguradora  para denegarnos la indemnización por accidente de tráfico pueden ser muchas, sin perjuicio de su efectiva prosperabilidad, sin perjuicio de lo cual podemos indicar :

1. Que seamos  el conductor o propietario del vehículo que causó el accidente

En este caso no tendremos derecho a indemnización alguna, ni por los daños personales ni por los daños materiales sufridos, salvo que hayamos contratado el seguro voluntario que cubra los daños propios

2. Si somos el tomador del seguro, el propietario del vehículo, el asegurado o familiares de cualquiera de ellos o del conductor del vehículo causante del accidente

En estos casos no tendremos derecho a la indemnización por los daños ocasionados en los bienes materiales de los que seamos titulares.

3. Cuando el vehículo causante del accidente haya sido robado y nos cause daños

Tanto si ocupamos el vehículo robado, desconociendo dicha circunstancia, las indemnizaciones serán abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros en lugar del asegurador de dicho vehículo. 

¿Pueden los ocupantes del vehículo reclamar una indemnización tras sufrir un accidente de tráfico? 

Todos los ocupantes del vehículo que ha sufrido un accidente de circulación tienen derecho a reclamar la indemnización  procedente  por las lesiones y daños materiales que sufran frente al conductor, propietario  y compañía de seguros del vehículo contrario causante del accidente de tráfico. 

¿Tiene derecho a recibir indemnización el conductor propietario del vehículo responsable del accidente?

En ningún caso, tiene derecho a percibir indemnización el conductor   y/o propietario del vehículo causante del accidente, salvo en el caso de haber contratado el seguro que cubra los daños personales  propios, ni los ocupantes del mismo que sean  familiares hasta el tercer grado de aquellos.

¿Tengo obligación de presentar un informe pericial? 

Para reclamar los daños materiales  que hayamos podido sufrir como consecuencia de un accidente de circulación, las compañías aseguradoras se valen de sus propios servicios periciales para la determinación de la indemnización procedente.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la indemnización que propone la aseguradora?

En el caso que no estemos conformes con la indemnización propuesta por la aseguradora podremos acudir a un procedimiento pericial contradictorio previsto en la Ley de Contrato de seguro.

Este se establece precisamente para facilitar el acuerdo entre aseguradora y asegurado a la hora de establecer la indemnización correspondiente derivada de un siniestro. 

¿Quién paga los gastos del perito en un accidente de tráfico? 

Como consecuencia de que nuestra aseguradora es  la que tramita desde el primer momento  con la aseguradora contraria la responsabilidad en el accidente de tráfico, son los propios peritos de éstas los que aportan sus propios profesionales, sin coste alguno. 

¿Puedo elegir mi propio perito?

Como hemos referido anteriormente, salvo que exista una diferencia sustancial entre la determinación  de los daños materiales y/o lesiones que suframos, podremos valernos de nuestros propios profesionales a los que deberemos satisfacerles sus honorarios.

En el caso de que prospere nuestra reclamación, podremos recobrar dichos importes del causante del accidente y de su aseguradora.

¿Cómo reclamar si en el accidente he sufrido lesiones?

En la actualidad, si sufrimos lesiones existe un procedimiento determinado en la Ley 35/2015 en el que el asegurador del vehículo responsable deberá dentro de los tres meses siguientes al accidente de tráfico  ofrecer una oferta motivada especificando todos los conceptos susceptibles de indemnización.

¿Qué documentación he de presentar si he sufrido lesiones en el accidente de tráfico?

En el caso de sufrir lesiones  estamos obligados a someternos a un reconocimiento médico, facilitándonos copia del informe emitido por el médico de la aseguradora contraria. 

He sido víctima de un accidente de tráfico, ¿qué pasa si me niego a someterme al reconocimiento médico?

Si no aceptamos ese reconocimiento impidiendo que se nos realice una valoración médica de lesiones por parte de la compañía aseguradora no podremos acudir a la vía judicial para la reclamación de indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico. 

No estoy de acuerdo con la oferta que me traslada el culpable del accidente de tráfico, ¿qué hago?

Posteriormente, en caso de disconformidad con la oferta motivada que nos trasladen, trámite también obligatorio para la aseguradora contraria, el lesionado podrá:

1. Iniciar un procedimiento de mediación

2. Acudir al Instituto de Medicina Legal, que forma parte de los juzgados y que por tanto será imparcial que valorará las lesiones y entregará informe tanto al afectado como a la compañía aseguradora. 

¿Cuánto cuesta acudir al Instituto de Medicina Legal?

El coste de acudir al Instituto de Medicina Legal será asumido por la compañía aseguradora, no pudiéndose oponer a su pago.

¿Y si el informe indica que las lesiones sufridas son mayores?

Si este informe diera más notoriedad al alcance de nuestras lesiones que los médicos de la aseguradora podemos aspirar a una indemnización mayor, debiendo reiniciar la negociación con la compañía solicitando la indemnización que por él nos corresponde o reclamar directamente en vía judicial basando en él nuestra demanda o denuncia

¿Y si no estoy de acuerdo con el informe emitido por el Instituto de Medicina Legal?

Si no estamos de acuerdo con el informe del Instituto de Medicina Legal podemos encargar un informe privado (cuyo coste correrá de nuestra cuenta) y defenderlo en vía judicial.

Debemos tener en cuenta en cualquier caso que las aseguradoras deben satisfacer un interés elevado si no pagan o consignan el importe mínimo que deban satisfacer desde la fecha del siniestro.

¿Puedo reclamar al seguro los días que he cobrado menos por estar de baja? 

En el caso de que, suframos lesiones de carácter temporal (días de baja), secuelas e incluso incapacidad permanente total y/o absoluta para el ejercicio de la profesión habitual  o de cualquier profesión, podemos reclamar y obtener unas indemnizaciones complementarias a las determinadas en la ley 35/2015.

¿Cómo se calculan las indemnizaciones complementarias?

Estas indemnizaciones complementarias se actualizan anualmente y se calculan en base  a la pérdida y/o disminución de los ingresos provinientes de nuestro trabajo habitual.

Esta pérdida o disminución se calcula  en base a  los ingresos netos obtenidos en el año inmediatamente anterior a la fecha de ocurrencia del accidente o respecto a la media de los obtenidos en los tres años inmediatamente anteriores a dicha fecha, si esta disminución  fuese incluso superior.

Y si soy autónomo, ¿puedo reclamar las pérdidas derivadas del accidente de tráfico?

No solo los autónomos, sino también las empresas dedicadas al transporte, tienen derecho a reclamar no sólo el daño material efectivamente causado en un accidente de tráfico, sino también el daño añadido por la paralización de la actividad desde la fecha del siniestro hasta que aquel sea efectivamente reparado.

¿Cómo reclamar las pérdidas derivadas del accidente de tráfico?

Para ello, normalmente acudiremos  a la vía judicial, pues las aseguradoras son reacias a ofrecer indemnizaciones, pues dichas empresas y profesionales tributan a Hacienda por el sistema de módulos, que no refleja el verdadero perjuicio que se les ocasiona  por esa paralización.

Si tributo por módulos, ¿cómo se calculan las pérdidas derivadas del accidente?

Para ese tipo de empresas, las federaciones y/o agrupaciones profesionales a las que están adheridas, emiten unos informes  en base a indicadores objetivos de las mismas como:

  • El personal asalariado
  • Vehículos disponibles
  • Contratación desatendida
  • Clientela
  • Kilometraje
  • Facturación
  • Descuento de gastos fijos de amortización del vehículo siniestrado etc.

Sin perjuicio de lo anterior, la prosperabilidad de este tipo de reclamaciones y la verdadera cuantificación objetiva del daño, que no la que realmente sufren, se basan en llevanza de una ordenada contabilidad del autónomo o de la empresa.

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