Indemnización por inclusión en fichero de morosos

Indemnización inclusión fichero de morosos

Indemnización por inclusión indebida en fichero de morosos: ¿Qué es un fichero de morosos? ¿Cuáles son los motivos para la inclusión en un fichero de morosos? ¿Qué hay que hacer si te incluyen en uno indebidamente? ¿Cómo reclamar una indemnización por ello? ¿Cuánto dinero corresponde a esa indemnización? A continuación, el abogado experto en derecho del consumo, Íñigo Serrano Blanco, responde detalladamente a estas preguntas.

Introducción

No pagar un recibo o la cuota de un préstamo puede tener una clara y muy negativa consecuencia: la inclusión en un fichero de morosos. Y, a su vez, esto puede tener dos efectos, el moral y el económico. 

Por un  lado, a nadie le gusta que públicamente le señalen como moroso. Y, por el otro, es posible que estar en estas listas sea un impedimento para llevar a cabo nuevas contrataciones, sean del tipo que sean. No olvidemos que muchas veces las empresas consultan los ficheros de morosos para conocer el historial crediticio de sus futuros clientes.

Para arrojar un poco más de luz sobre este asunto y ayudarte a salir de esta compleja situación, a continuación te lo explicamos todo sobre los ficheros de morosos.

¿Qué es un fichero de morosos?

Los ficheros de morosos son listas que las entidades de crédito consultan antes de conceder un préstamo o una determinada financiación a sus clientes. No hablamos solo de particulares, sino que en estos ficheros figuran también los historiales de las empresas. Aparte, no es extraño que compañías de servicios, como por ejemplo las telefónicas, consulten esta información. 

Por eso, es muy importante tratar de evitar caer en impagos. La última opción ha de ser siempre la devolución de un recibo o ignorar que ha llegado el momento de pagar una cuota mensual. Sin embargo, no siempre es solo culpa de los usuarios la inclusión en un fichero de morosos. A veces, las empresas incluyen indebidamente a sus clientes en estas listas de tan dudoso prestigio. 

Si quieres saber si figuras en algún fichero de morosos, basta con que consultes los tres más importantes de nuestro país: ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito), RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) y CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España). Aunque también es muy consultado, es importante señalar que este último no es estrictamente un fichero de morosos. De lo que se ocupa es de mostrar los datos de las personas con deudas actuales que acumulan un riesgo de más de 1000 euros.

Motivos de inclusión en fichero de morosos

La ley es muy clara al respecto de los motivos que pueden llevar a una empresa a incluir a uno de sus clientes en un fichero de morosos. Se han de dar, conjuntamente, todas estas condiciones:

  • Una deuda exigible, cierta y vencida.
  • Una deuda con una antigüedad inferior a 6 años.
  • Que se haya enviado, por lo menos, un requerimiento previo al deudor.

Si cualquiera de estos requisitos o motivos de inclusión no se cumple, se puede reclamar. Pero hay más: para incluir a alguien en un fichero de morosos es necesario seguir a rajatabla un procedimiento y unos tiempos de espera. Estas acciones, por ejemplo, se considerarían incorrectas o injustas:

  • Comunicar deudas que no llegan a los 4 meses de antigüedad.
  • No comunicar la inclusión al interesado en un plazo máximo de 30 días.

Esta última es una clara obligación de las empresas que incluyen nombres en los ficheros de morosos, pero no siempre la cumplen. Bien por negligencia de la compañía o bien porque falla algún dato de contacto (por ejemplo, la dirección postal), es posible que alguien figure en una lista de morosos y no lo sepa. 

Sea como fuere, cualquier ciudadano tiene derecho a consultar los ficheros de morosos y comprobar si se ha incluido su nombre en alguno de ellos. Y los responsables de estas listas disponen de un mes para facilitarles toda la información que les requieran.

¿Qué hago si me han incluido indebidamente en un fichero de morosos?

Más allá del posible daño económico que puedas sufrir por estar en un fichero de morosos, lo que está claro es que ello supone un innegable daño moral. Por eso, nuestro primer consejo siempre es acudir a la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) para tratar de subsanar esa vulneración del derecho a la protección de los datos personales que supone formar parte de estas listas de forma indebida.

La reclamación ante la AEPD

La AEPD es la máxima autoridad española en materia de protección de datos y se encarga de velar por el cumplimiento de la normativa vigente en este campo. A ella podemos acudir si consideramos que se ha realizado un incorrecto tratamiento de nuestros datos al incluirlos indebidamente en cualquier fichero de morosos. Por supuesto, la AEPD también nos atenderá en caso de que se haya vulnerado algún derecho en este sentido. Por ejemplo, si no se han atendido nuestras solicitudes o si no se han cumplido los plazos establecidos.

El derecho de acceso estará especialmente protegido por parte de la AEPD, y este deberá llevarse a cabo correctamente. Es decir, de forma directa, completa, remota y segura. Igualmente, si procede, el responsable del derecho también deberá garantizar el resto de los conocidos como derechos ARCO. O sea, el derecho de rectificación, el de supresión, el relacionado con la limitación del tratamiento, el de portabilidad y el de oposición.

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Reclamar indemnización por inclusión en fichero de morosos

Nos adentramos ya en el apartado de las reclamaciones por vía judicial. Si efectivamente estamos seguros de que nuestra inclusión en el fichero de morosos es incorrecta, los tribunales están a nuestra disposición para reclamar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.

Concretamente, nos amparamos en la Ley Orgánica 1/1982, que establece que será una intromisión ilegítima el hecho de divulgar información de una persona si ello la difama o empeora su imagen pública. Aparte de la necesaria cancelación y eliminación de los datos personales del fichero, se podrá exigir una indemnización para compensar los daños que ese hecho haya podido causar en el afectado.

Para que te hagas una idea de tus posibilidades de reclamación, estos son los sectores de las empresas que más frecuentemente reciben demandas de este tipo:

  • Telefonía móvil.
  • Servicios de Internet.
  • Videovigilancia.
  • Empresas reclamadoras de deudas.

¿Cuánto dinero dan por la indemnización por la inclusión en un fichero de morosos?

La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que la cuantía de las indemnizaciones relacionadas con el derecho al honor se decide en juicio ordinario. Así pues, tendrás que esperar a la celebración del juicio para saber cuánto dinero te corresponde.

De manera básica, lo que se contempla es la necesidad de restablecer el daño moral que la inclusión indebida en el fichero ha causado sobre el demandante. Pero este no es el único factor a sopesar para fijar la cuantía exacta. También hay que atender a las circunstancias particulares de cada caso.

En este sentido, el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en múltiples ocasiones sobre el asunto. En concreto, lo que sostiene es que al daño moral hay que sumar otro posible efecto negativo de la inclusión del demandante en las listas: el perjuicio económico. Esto es, por ejemplo, la denegación de un crédito o la imposibilidad de contratar una nueva línea de teléfono por figurar en los ficheros.

Además, la gravedad de cada caso va a ser tenida también en cuenta siempre por parte de los tribunales. Nos referimos, por ejemplo, a la diferencia que existe entre que conozcan los hechos el responsable del fichero y algún trabajador más, a que hayan podido tener acceso a los datos un buen número de empresas que han consultado el fichero.

Por último, el juez también tomará en consideración la angustia que el demandante ha padecido durante el proceso por el que trataba de suprimir sus datos del fichero en cuestión.

Ejemplo de indemnización por inclusión en un fichero de morosos

Ya te hemos adelantado que no es posible fijar una cuantía exacta de la indemnización por inclusión indebida en los ficheros de morosos. Sin embargo, son muchos los casos que se han denunciado y han llegado a los tribunales. Y a ellos podemos prestar atención para hablar con más criterio del dinero de la indemnización.

En este caso, la sentencia en primera instancia se dirige contra la entidad financiera Cajamar Caja Rural. Concretamente, se le condena a indemnizar a su cliente con 8000 euros por incluir sus datos en un fichero de morosos, en el que permanecieron un total de dos años. El juez, tal y como hemos visto, consideró que el demandante sufrió dos daños: el moral y el económico.

Sin embargo, el banco decidió recurrir. En segunda instancia, se estableció que no estaba acreditado el daño económico y que, en consecuencia, solo procedía el pago de una indemnización por importe de 2000 euros.

Posteriormente, el demandante lleva su caso al Tribunal Supremo, y es este tribunal el que decide volver a fijar la cuantía de la indemnización en los 8000 euros iniciales. Según el punto de vista de los magistrados del Supremo, la anterior sentencia redujo a 2000 la cuantía de la indemnización de manera injustificada, haciendo que esta pase de ser reparadora a solamente simbólica.

Teniendo la información de este caso representativo en cuenta, podemos partir de cierta base a la hora de intentar averiguar cuál va a ser el importe de la indemnización. Será la misma si las circunstancias son similares, sobre todo las relativas al tiempo que los datos del cliente permanecieron accesibles en el fichero. Y se podrá aumentar o disminuir en función de la variación que sufra ese mismo periodo de tiempo en cada caso.

Déjate ayudar por los expertos

Ahora que ya sabes las consecuencias que puede tener que tu nombre y demás datos personales figuren en un fichero de morosos, actúa. No dejes pasar más tiempo y contacta con especialistas para que te guíen durante los primeros pasos y a lo largo de todo el procedimiento. 

Recuerda que es tu economía y tu honor los que están en juego y tienes derecho a defenderlos como se merecen.

¿Quieres contactar con el experto Íñigo Serrano Blanco? Solicitar llamada.

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