Reclamar pago indemnización por expropiación

Reclamar pago indemnización por expropiación

Reclamar pago indemnización por expropiación: ¿Cuál es el procedimiento para la expropiación? ¿Cómo hacerlo? ¿Cómo se calcula? Pasos para la hacer la reclamación. Fernando Ortega Cano, abogado experto en Derecho Urbanístico, responde a estas preguntas.

Introducción

Una expropiación es un acto administrativo mediante el cual el Estado, el gobierno de la comunidad autónoma o el municipio, obliga a una persona o entidad jurídica a ceder un patrimonio determinado, por motivos de utilidad pública e interés social.

Cuando las administraciones realizan esta especie de compra obligada, están obligados a pagar una indemnización por expropiación a los titulares de los bienes, que en principio debe satisfacer a ambas partes.

La expropiación de un bien por motivo de utilidad pública está contemplada en la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa (LEF), posteriormente actualizada y compatibilizada con la Constitución de 1978.

Un ejemplo típico de expropiación es cuando poseemos un terreno que queda justo por donde va a pasar una carretera o una red eléctrica. En ese caso la Administración procede a declarar mi terreno de utilidad pública, y procede a expropiar, ofreciéndome a cambio una indemnización por expropiación.

¿Cuál es el procedimiento para la expropiación?

La Administración debe cumplir con una serie de pasos cuando emprende una expropiación forzosa. El primero, al abrir el expediente administrativo y hacer la declaración de utilidad pública, seguida por una declaración de necesidad de ocupación, haciendo pública una lista de las propiedades a expropiar.

Una vez que los propietarios afectados son avisados de las intenciones de expropiar por parte de la Administración, disponen de 15 días para introducir alegaciones para impugnar el acto, y para realizar cálculos sobre el valor del patrimonio expropiado.

De acuerdo con la LEF, el expropiador y el expropiado deberán establecer por consenso el justiprecio del patrimonio expropiado. Si la indemnización por expropiación es considerada justa por ambas partes, el expediente de expropiación se dará por concluido y en los siguientes días, o semanas, se abonará el pago al particular expropiado.

¿Qué entidad judicial se encarga de estos casos?

Si el particular se encuentra en desacuerdo con el precio propuesto por el Administrador, ambos deberán acudir al Jurado Provincial de Expropiación, presente en todas las capitales provinciales de España.

El particular deberá presentar una hoja de aprecio del patrimonio que será evaluado por el jurado y que deberá tomar una decisión en un plazo determinado.

Si la decisión del jurado no satisface al particular este podrá recurrir a los tribunales en lo contencioso-administrativo.

¿Cómo se calcula el pago de la indemnización por expropiación?

Para calcular la indemnización por expropiación o justiprecio se debe tomar en consideración el valor en el mercado de los bienes a expropiar, así como de los otros beneficios de los que se verá privado el particular.

CONTACTO

Contacta con el abogado

Ejemplo

Por ejemplo, al expropiar un local comercial o un terreno donde funciona una granja, el justiprecio debe considerar, además del valor del inmueble y el terreno, los ingresos que el particular dejará de percibir en un periodo razonable por la privación de este patrimonio.

De acuerdo con la Ley de Expropiación Forzosa:

“Las tasaciones se efectuarán con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio, sin tenerse en cuenta las plusvalías que sean consecuencia directa del plano o proyecto de obras que dan lugar a la expropiación y las previsibles para el futuro”.

Es decir, que el valor del patrimonio no podrá ser alterado o favorecido por el proyecto que se ejecutará en él y que motiva la expropiación.

¿Qué dice la LEF sobre esto?

La LEF también señala que ninguna infraestructura construida luego de haberse decretado la expropiación se tomará en cuenta a la hora de establecer el justiprecio.

Hay que mencionar que, si se va a acudir ante el Jurado Provincial de Expropiación, la hoja de aprecio que deberá presentar el particular tiene que estar hecha por un perito calificado.

Otro aspecto a destacar, es que al calcular la indemnización solo se tomarán en cuenta valores objetivos. Los valores subjetivos o emocionales no serán considerados en el justiprecio.

¿Cómo reclamar el pago de la indemnización por expropiación?

Una vez establecido el justiprecio, el Administrador tiene hasta seis meses para pagar, a través de un talón nominativo o de una transferencia. Este pago, de acuerdo con el Artículo 49 de la LEF:

“Estará exento de toda clase de gastos, de impuestos y gravámenes o arbitrios del Estado, Provincia o Municipio, incluso el de pagos del Estado”.

Sin embargo, el pago no es automático, y se puede ver retrasado cuando se acude al Jurado Provincial de Expropiación, o cuando la discusión en torno al justiprecio llega a tribunales en lo contencioso-administrativo.

Si el pago no es realizado por la Administración de forma automática es recomendable apoyarse en un abogado. También hay que saber que el retraso en el pago del justiprecio por parte de la Administración genera intereses que deberán ser pagados al particular expropiado.

Pasos para reclamar el pago de la indemnización por expropiación

Como señalamos antes, la Administración tiene establecido por la ley de Expropiación Forzosa un plazo de hasta seis meses para pagar el justiprecio a los particulares expropiados, pero esta norma a menudo se incumple y pueden pasar años antes de que el Estado, la comunidad autónoma o el municipio paguen una indemnización por expropiación.

Una vez que el particular observa que se cumplió el plazo y no se realizó el pago, el paso recomendado es contratar un abogado administrativo y acudir a los tribunales.

Un juez puede obligar a la Administración a asumir su responsabilidad aplicando el recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración (artículo 29).

¿Cuál es el plazo para realizar el pago de la indemnización?

La Ley establece esta vía rápida para obligar a la Administración a pagar el justiprecio y los intereses que se hayan acumulado debido al retraso. También obliga a la Administración a abonar las costas judiciales y a ejecutar el pago en un plazo de tres meses.

Si aún así la Administración se resiste a pagar la indemnización, el particular puede dar otros pasos en los tribunales, como instar incidente de ejecución forzosa de sentencia judicial, que podría llevar a modificaciones presupuestarias, multas y hasta acciones penales contra los funcionarios responsables.

Es probable que antes de llegar a este punto la Administración prefiera pagar la indemnización por expropiación, para evitar males mayores.

¿Quieres contactar con el abogado experto en Derecho Urbanístico Fernando Ortega Cano? Solicitar llamada.

Quizá también te interese:

¿Qué hacer ante una expropiación?

Recurso contra expropiación urgente

¿Cómo legalizar el cerramiento de mi terraza?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *