Recurso contencioso contra sanción administrativa: ¿Qué es? Tipos de recursos contra una sanción administrativa. Requisitos para solicitar un recurso contencioso contra una sanción administrativa. ¿Dónde debo presentar un recurso contencioso contra una sanción administrativa? ¿Cuándo no se admite un recurso contencioso contra una sanción administrativa? A continuación, el abogado experto en Derecho Urbanístico, Fernando Ortega Cano responde a estas preguntas.
Introducción
El recurso contencioso contra una sanción administrativa es parte del proceso de rechazo de una sanción impuesta por la Administración y que consideramos injusta.
Cuando el ayuntamiento, Hacienda, la Jefatura Provincial de Tránsito u otra dependencia administrativa consideran que se cometió una infracción, e imponen una sanción administrativa, el administrado tiene la posibilidad de impugnar la sanción.
Esta impugnación se hace en primer lugar ante el órgano que adelanta el proceso administrativo, y si estas alegaciones son rechazadas, el segundo paso es introducir en tribunales un recurso contencioso contra una sanción administrativa.
¿Qué es un recurso contencioso contra una sanción administrativa?
El recurso contencioso contra una sanción administrativa es una acción o procedimiento judicial al que se acude cuando han fallado todos los recursos contra una sanción administrativa ejercida por dependencias del Estado, el gobierno autonómico o el ayuntamiento.
El recurso contencioso administrativo se encuentra regulado por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, específicamente en los artículos que se encuentran en el Título III, “Objeto del recurso contencioso-administrativo”.
De acuerdo con el artículo 25 de esta ley, este recurso es admisible cuando se han cumplido todos los pasos, como en el caso de la sanción administrativa, y el órgano ante el que se han presentado recursos da por concluida la vía administrativa.
También se puede acudir a este recurso contra una sanción administrativa cuando hay inactividad por parte de la Administración (cuando no resuelven), o cuando comienzan a tomar medidas antes de haber una resolución.
Hay que recordar que cuando no se introduce el recurso potestativo de reposición, el plazo para introducir el recurso contencioso es de un mes.
Fernando Ortega Cano, abogado experto en Derecho Urbanístico.
Tipos de recursos contra una sanción administrativa
Cuando somos objeto de una sanción administrativa son dos los recursos que podemos interponer antes de ir a tribunales: el recurso de alzada y el recurso potestativo de reposición.
-Recurso de alzada
Es el primer recurso que se introduce cuando se considera que una sanción administrativa no está ajustada a derecho. Este recurso tiene como finalidad impugnar la sanción y exigir al Estado que la revoque.
El recurso de alzada se presenta ante el órgano que dictó la sanción: el ayuntamiento, el gobierno provincial o alguna dependencia del Estado. El plazo para presentar este recurso es de un mes, a partir de la notificación de la sanción.
La Administración tiene un mes para responder y pueden pasar tres cosas: que reconozca las alegaciones y la sanción se suspenda; que no responda (significa que rechaza el recurso); o que desestime el recurso y el procedimiento sancionador continúe.
-Recurso potestativo de reposición
Cuando la Administración no responde al recurso de alzada en el tiempo previsto por la ley, se considera que hay silencio administrativo, por lo que el interesado puede interponer un recurso potestativo de reposición, para obligar a la Administración a dar una respuesta.
Se dice que es potestativo porque el afectado, al no obtener respuesta por parte de la Administración, puede acudir directamente a tribunales.
Tanto el recurso de alzada como el recurso potestativo de reposición se pueden llevar a cabo sin la asistencia de un abogado.
-Recurso extraordinario de reposición
Este recurso, como su nombre lo indica, es excepcional, y puede interponerse contra actos administrativos con resolución firme, que en su momento no fueron impugnados en la jurisdicción contencioso administrativa.
A este recurso se puede acceder si se prueba que la sanción administrativa fue errónea, gracias a la aparición de nuevas evidencias, que el procedimiento se haya basado en documentos o testimonios falsos, o cualquier otra circunstancia contemplada en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Requisitos para solicitar un recurso contencioso contra una sanción administrativa
El primer requisito es que haya una notificación o publicación del acto de cese de la vía administrativa. A partir de este momento, el afectado dispone de dos meses para presentar un recurso contencioso contra una sanción administrativa.
Hay que recordar que cuando no se introduce el recurso potestativo de reposición, el plazo para introducir el recurso contencioso es de un mes.
Otra diferencia con los recursos administrativos es que en este caso el afectado debe presentar el recurso acompañado por un abogado. Si no se puede pagar el abogado, se puede pedir al colegio de abogados de su partido judicial que le asigne uno y le preste asistencia legal de forma gratuita.
Si el recurso se está presentando ante un órgano colegiado (tribunales superiores de justicia o audiencia nacional), también es necesario el apoyo de un procurador.
El siguiente paso es presentar el escrito del recurso, señalando cuál es el acto administrativo que se pretende impugnar, y acompañado por las copias y documentos de respaldo.
¿Dónde debo presentar un recurso contencioso contra una sanción administrativa?
El recurso contencioso contra una sanción administrativa se presenta ante un órgano contencioso-administrativo, es decir, ante el tribunal en lo contencioso-administrativo.
Los juzgados de lo contencioso-administrativo, donde se debe presentar este recurso, son los siguientes:
- Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
- Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo
- Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia
- Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
- Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
No olvidar que en las últimas tres salas, además del abogado, el interesado debe contar con la asistencia de un procurador.
¿Cuándo no se admite un recurso contencioso contra una sanción administrativa?
De acuerdo con el artículo 51 de la Ley 29/1998, un juzgado en lo contencioso-administrativo no admitirá el recurso cuando constate:
“a) La falta de jurisdicción o la incompetencia del Juzgado o Tribunal. b) La falta de legitimación del recurrente. c) Haberse interpuesto el recurso contra actividad no susceptible de impugnación. d) Haber caducado el plazo de interposición del recurso”.
El tribunal también podrá no admitir el recurso cuando coincida con el fondo de otros recursos contenciosos que resultaron improcedentes y fueron desestimados con sentencia firme. En estos casos se deberá citar los casos anteriores en los que se basa la inadmisión.
Otra razón para no aceptar el recurso por parte del tribunal puede ser la consideración de que la administración aplicó la sanción administrativa, cumpliendo de forma cabal todos los pasos administrativos.
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